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10 NORMAS LEGALES Domingo 27 de julio de 2025 El Peruano / que el monumento arqueológico prehispánico viene siendo objeto de afectación veri fi cada debido a agentes antrópicos, según lo siguiente: - Instalación de postes de madera a manera de cercos perimétricos cercando un área de terreno. - Remoción del terreno como consecuencia del paso de vehículos motorizados (huellas de motos y vehículos de 4 llantas), dichas huellas se ubican en los diferentes sectores de las Pampas. - Habilitación de trochas carrozables que parten las líneas y trapecios arqueológicos. Que, mediante Memorando N° 001069-2025/DDC ICA/MC de fecha 20 de mayo de 2025, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Ica remite a la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble la propuesta de Protección Provisional del Paisaje Arqueológico “Líneas y Geoglifos de Nasca y Palpa, sector Huaraco I, recaída en el Informe de Inspección N° 022-2025-ADPC-SDPCICI-DDC ICAAHC/MC de fecha 13 de mayo del 2025, para su atención; Que, el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que el acto administrativo “puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición de que se les identi fi que de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. Los informes, dictámenes o similares que sirvan de fundamento a la decisión, deben ser noti fi cados al administrado conjuntamente con el acto administrativo”; Que, mediante Informe N° 001070-2025-DSFL-DGPA- VMPCIC/MC de fecha 04 de julio de 2025, sustentado en el Informe N° 000157-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC de fecha 18 de junio de 2025, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal asume la propuesta contenida en el Informe de Inspección N° 022-2025-ADPC-SDPCICI-DDC ICAAHC/MC elaborado por el Lic. Alex Wilfredo Huamani Cruces; y, en consecuencia, recomienda la determinación de la Protección Provisional del Paisaje Arqueológico “Líneas y Geoglifos de Nasca y Palpa, sector Huaraco I”; Que, mediante Informe N° 000275-2025-DGPA- VMPCIC-ARD/MC de fecha 22 de julio de 2025, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble recomienda emitir resolución directoral que determine la Protección Provisional del Paisaje Arqueológico “Líneas y Geoglifos de Nasca y Palpa, sector Huaraco I”; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC; la Resolución Viceministerial N° 000001-2025-VMPCIC-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional del Paisaje Arqueológico “Líneas y Geoglifos de Nasca y Palpa, sector Huaraco I”, ubicado en el distrito de Río Grande, provincia de Palpa, departamento de Ica por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo. Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 022-2025-ADPC-SDPCICI-DDC ICAAHC/MC de fecha 13 de mayo de 2025, así como en el Informe N° 001070-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, Informe N° 000157-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC y el Plano Perimétrico con código PPROV-101-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84, los cuales se adjuntan como Anexos a la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma.Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura Ica, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA -Paralización y/o cese de la afectaciónx Cese de afectación -Señalización xInstalación de un mural de señalización, e hitos de delimitación. -Retiro de estructuras temporales; maquinarias,herramientas, elementosy/o Accesorios:xEl retiro de los cercos perimétricos, retiros de las estructuras precarias de esteras y palos y cierre de los accesos para vehículos. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Ica, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (https://www.gob.pe/cultura ). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Rio Grande, a fi n de que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 022-2025-ADPC-SDPCICI-DDC ICAAHC/MC de fecha 13 de mayo de 2025, así como en el Informe N° 001070-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, Informe N° 000157-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC e Informe N° 000275-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código PPROV-101-MC_DGPA-DSFL-2025 WGS84, las cuales serán publicadas en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (https://www.gob.pe/cultura ) para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN JOSE ALDAVE SERNA Director General Dirección General de PatrimonioArqueológico Inmueble 2422676-1 Determinan la Protección Provisional del Paisaje Arqueológico “Líneas y Geoglifos de Nasca y Palpa, sector Huaraco II”, ubicado en el distrito de Río Grande, provincia de Palpa, departamento de Ica RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000284-2025-DGPA- VMPCIC/MC San Borja, 22 de julio del 2025Vistos, el Informe de Inspección N° 023-2025-ADPC- SDPCICI-DDC ICAAHC/MC de fecha 13 de mayo del 2025,