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24 NORMAS LEGALES Domingo 27 de julio de 2025 El Peruano / mismo se trans fi ere a los gobiernos regionales y los gobiernos locales hasta en doce (12) cuotas consecutivas mensuales, a partir del mes siguiente de recibir la información de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT); Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 108-2024- EF, Decreto Supremo que aprueba disposiciones para precisar la oportunidad para la distribución del canon a realizarse a partir del periodo fi scal 2024, proveniente del Impuesto a la Renta de los contribuyentes comprendidos en la Ley N° 31940, dispone que la SUNAT, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la fecha de vencimiento del plazo para la presentación de la declaración jurada y regularización del IR de las personas naturales y MYPE comprendidas en la citada Ley N° 31940, remite al Ministerio de Economía y Finanzas la información de los montos del IR de las personas naturales y MYPE comprendidas en la Ley N° 31940, que durante el ejercicio gravable anterior hayan realizado actividad generadora de canon; precisando que dicha información permite calcular el monto de canon proveniente del IR de los mencionados contribuyentes; y, permite al Ministerio de Economía y Finanzas, aprobar mediante Resolución Ministerial los índices de distribución correspondientes; Que, la Única Disposición Complementaria Final del citado Decreto Supremo N° 108-2024-EF, señala que de recibir información complementaria durante el ejercicio fi scal respectivo por parte del Sector al que corresponde la actividad que explota el recurso natural, posteriormente a los tres (3) meses que indica el artículo 6 del Reglamento de la Ley de Canon, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2002-EF; el Ministerio de Economía y Finanzas aprueba los índices de distribución correspondientes mediante Resolución Ministerial; Que, el numeral 52.1 del artículo 52 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que los índices de distribución del Canon Hidroenergético, entre otros, son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Resolución Ministerial sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Presupuesto Público, considerando los criterios establecidos en el marco legal correspondiente; Que, en base a la información proporcionada por el INEI mediante el O fi cio N° 000701-2024-INEI/JEF, por el MINEM con los O fi cios N° 0808-2025-MINEM/ DGE y N° 1020-2025-MINEM/DGE y por la SUNAT con los O fi cios N° 000099-2025-SUNAT/7B0000 y N° 000153-2025-SUNAT/7B0000, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento de la Ley N° 27506; la Dirección General de Presupuesto Público ha realizado los cálculos correspondientes para la determinación de los índices de distribución del Canon Hidroenergético complementario del IR correspondiente al Ejercicio Fiscal 2024; Que, en virtud de lo señalado en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar los índices de distribución del Canon Hidroenergético complementario proveniente del IR correspondiente al Ejercicio Fiscal 2024, así como el número de cuotas a que se re fi ere el literal a) del artículo 7 del Reglamento de la Ley N° 27506; De conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; en la Ley N° 27506, Ley de Canon y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2002-EF; en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; en la Ley N° 31940, Ley que amplía el plazo para la presentación de declaración jurada anual y pago del Impuesto a la Renta (IR) de las personas naturales y de las Micro y Pequeñas Empresas (MYPE); y, en el Decreto Supremo N° 108-2024-EF, Decreto Supremo que aprueba disposiciones para precisar la oportunidad para la distribución del canon a realizarse a partir del periodo fi scal 2024, proveniente del impuesto a la renta de los contribuyentes comprendidos en la Ley N° 31940;SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Aprobar los índices de distribución del Canon Hidroenergético complementario proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2024 a ser aplicados a los gobiernos regionales y gobiernos locales bene fi ciados, conforme al Anexo “Índices de distribución del Canon Hidroenergético complementario proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2024”, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Cuotas El Canon Hidroenergético complementario proveniente del Impuesto a la Renta correspondiente al Ejercicio Fiscal 2024 es distribuido en once (11) cuotas consecutivas mensuales. Artículo 3.- Publicación La presente Resolución Ministerial y su Anexo se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Economía y Finanzas 2423129-1 Designan Directora de la Dirección de Adquisiciones de la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 361-2025-EF/49 Lima, 25 de julio del 2025CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el puesto de Director (a) de la Dirección de Adquisiciones de la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en este contexto, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido puesto; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Gladys Cecilia Gil Candía en el puesto de Directora de la Dirección de Adquisiciones de la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Economía y Finanzas 2423135-1