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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (07/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 176

TEXTO PAGINA: 168

168 NORMAS LEGALES Sábado 7 de junio de 2025 El Peruano / Que, la Séptima Disposición Transitoria y Final, establece que la ordenanza acotada entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y tendrá una vigencia de 90 días calendario, siendo que su publicación se realizó el día 23.12.2024; Que, asimismo, la Octava Disposición Transitoria y Final de la norma, faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, amplíen el listado de vías descritas en el Anexo I de la presente Ordenanza y que corresponden a su ámbito de aplicación, así como emita normas complementarias y reglamentarias para su mejor aplicación, y, asimismo, pueda disponer la prórroga de la vigencia de la presente Ordenanza; Que, a través del Decreto de Alcaldía N°004-2025-MSS publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 21.03.2025, se dispone prorrogar por un periodo de noventa (90) días calendarios la vigencia de la Ordenanza Nº 716-MSS - Ordenanza de Regularización para el Otorgamiento de Licencias de Funcionamiento Temporales en Zonas Comerciales Consolidadas del distrito de Santiago de Surco; asimismo, se amplia el listado de vías descritas en el Anexo I de la Ordenanza Nº 716-MSS - Ordenanza de regularización para el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento temporales en zonas comerciales consolidadas del distrito de Santiago de Surco; Que, a través del Informe N° 684-2025-SGCAITSE- GDE-MSS de fecha 27.05.2025, la Subgerencia de Comercialización y Anuncios e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones, proponer la emisión del Decreto de Alcaldía que prorroga al 30 de agosto del 2025 la vigencia de la Ordenanza N° 716-MSS que de Regularización para el Otorgamiento de Licencias de Funcionamiento Temporales en Zonas Comerciales Consolidadas del Distrito de Santiago de Surco, y aprobar la ampliación del listado de vías conforme se consigna en el Anexo I de su propuesta, que formará como parte integrante de la Ordenanza precitada; Que, la Gerencia de Desarrollo Económico, con el Memorándum N° 293-2025-GDE-MSS de fecha 29.05.2025, considera oportuna y viable la propuesta presentada por la Subgerencia de Comercialización y Anuncios e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edifi caciones, en consecuencia, hace suyo el Informe N° 684-2025-SGCAITSEGDE-MSS, preciándose que no es necesario requerir los informes técnicos de la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa, así como de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, toda vez que por la esencia y naturaleza del objeto del proyecto normativo no resultan pertinentes; Que, con el Memorándum N° 2433-2025-GPP-MSS de fecha 30.05.2025, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, rati fi ca su opinión favorable a la Ordenanza materia de ampliación, a través del Memorándum N° 5110- 2024-GPP-MSS el mismo que acotó su alineamiento a la misión y visión del Distrito y a los planes municipales (Plan de Desarrollo Local Concertado, Plan Estratégico Institucional y Plan Operativo Institucional); Que, a través del Informe N° 387-2025-GAJ-MSS de fecha 02.06.2025, la Gerencia de Asesoría Jurídica, es de la opinión, que es procedente prorrogar hasta el 30 de agosto de 2025 la vigencia de la Ordenanza N° 716-MSS que Regula el Otorgamiento de Licencias de Funcionamiento Temporales en Zonas Comerciales Consolidadas del Distrito de Santiago de Surco; Que, la Gerencia Municipal, a través del Memorándum N° 812-2025-GM-MSS de fecha 03.06.2025, considerando lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, la Gerencia de Desarrollo Económico y la Subgerencia de Comercialización y Anuncios e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones, solicita se emita el Decreto de Alcaldía que amplie hasta el 30 de agosto de 2025 la vigencia de la Ordenanza N° 716-MSS que Regula el Otorgamiento de Licencias de Funcionamiento Temporales en Zonas Comerciales Consolidadas del Distrito de Santiago de Surco, y apruebe la ampliación del listado de vías consignadas en el Anexo de la misma, lo que permitirá a más establecimientos comerciales poder integrarse al mercado laboral formal; De conformidad con las facultades señaladas en el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de agosto de 2025 la vigencia de la Ordenanza N° 716-MSS - Ordenanza de Regularización para el Otorgamiento de Licencias de Funcionamiento Temporales en Zonas Comerciales Consolidadas del distrito de Santiago de Surco. Artículo Segundo.- AMPLIAR el listado de vías descritas en el Anexo I de la Ordenanza N° 716-MSS - Ordenanza de regularización para el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento temporales en zonas comerciales consolidadas del distrito de Santiago de Surco, conforme se consigna en el Anexo I del presente Decreto de Alcaldía y que se incorporará a la referida Ordenanza N° 716-MSS, con la denominación de “Anexo Ampliatorio de Vías”. Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Económico y a la Subgerencia de Comercialización y Anuncios e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edifi caciones, el cumplimiento del presente decreto de alcaldía, así como a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgación y difusión de sus alcances. Artículo Quinto.- Encargar a la Secretaria General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco (www.munisurco.gob.pe) y en el Portal de Transparencia Estándar (www.transparencia.gob.pe). POR TANTO Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS BRUCE MONTES DE OCA Alcalde ANEXO I ANEXO AMPLIATORIO DE VIAS • AA.HH. JOSE MARIA EGUREN (PARQUE ALTO) • AA.HH. LOS VIÑEDOS DE SURCO• AA.HH. MANUEL MEDINA PAREDES - PARQUE BAJO • AA.HH. RODRIGO FRANCO• AA.HH. SAN CARLOS (PARQUE BAJO)• ASOCIACIÓN DE VIVIENDA HONOR Y LEALTAD• ASOCIACIÓN DE VIVIENDA LAS VIÑAS DE SAN ANTONIO • ASOCIACIÓN DE VIVIENDA SAN JOSE (PARQUE BAJO) • ASOCIACIÓN DE VIVIENDA TEJADITA PARQUE BAJO - SURCO • ASOCIACIÓN PRO VIVIENDA LOS SAUCES (PARQUE BAJO) • ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS LAS PALMAS (PARQUE BAJO) • ASOCIACIÓN VILLA MERCEDES• CALLE PAOLO VERENESE• CALLE SANDRO BOTTICELLI• FUNDO PARQUE ALTO• FUNDO PARQUE BAJO• JIRÓN LINO MENDOZA BEDOYA• JIRÓN NELSON GUIA GONZALES• PUEBLO JOVEN MARIA PARADO DE BELLIDO (PARQUE BAJO) • URB. DINASTIA DE SURCO • URB. EL TOTORAL • URB. EL ESTANQUE DE TEJADITA• URB. LOS JARDINES DE SURCO• URB. SANTA ELENA (PARQUE BAJO)• URB. TEJADITA 2406849-1