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171 NORMAS LEGALES Sábado 7 de junio de 2025 El Peruano / Que, con Memorándum N° 0109-2025/GM-MPC recepcionado el 24 de enero del 2025, el Gerente Municipal, remite los actuados a fi n de que sea derivado a la Comisión de Desarrollo Social y de Participación Vecinal de la MPC. Que, con Informe N° 219-2025-OGSG-MPC recepcionado el 27 de enero del 2025, la O fi cina General de Secretaria General, remite los actuados a la Comisión de Desarrollo Social y de Participación Vecinal para el dictamen correspondiente y posteriormente sea elevado al Pleno de Concejo Municipal, Que, mediante Dictamen N° 001-2025-CODSYPV- MPC, recepcionado el 10 de febrero del 2025, la Comisión de Desarrollo Social y Participación Vecinal, concluye: que resulta procedente derivar el proyecto de ordenanza que establece procedimientos para organizar el Registro Municipal de Organizaciones Sociales para la Participación Ciudadana en la Provincia de Cañete, y se eleven los actuados al ilustre concejo municipal de la Municipalidad Provincial de Cañete, para su deliberación y determinación del proyecto de ordenanza. Que, estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Artículo 9° y del Artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, por UNANIMIDAD y con la dispensa de trámite de su lectura y aprobación del Acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE PROCEDIMIENTOS PARA ORGANIZAR EL REGISTRO MUNICIPAL DE ORGANIZACIONES SOCIALES PARA LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN LA PROVINCIA DE CAÑETE TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Objetivo La presente Ordenanza establece los procedimientos y requisitos para Organizar el Registro Municipal de organizaciones sociales y su inscripción, así como sus actos posteriores en el Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS); a nivel distrital, a los que tienen presencia en el distrito de San Vicente; y nivel provincial, a los que tienen presencia en la Provincia de Cañete. Artículo 2º.- Alcance La presente ordenanza lo aplicarán los órganos o unidades orgánicas de la Municipalidad Provincial de Cañete. Artículo 3º.- Principios Los procedimientos contemplados en la presente ordenanza, consideraran los siguientes principios: 3.1 Principio de presunción de Veracidad.- Se presume que los documentos y declaraciones presentados de acuerdo a los procedimientos regulados por la presente ordenanza responden a la verdad de los hechos que afi rman, con carácter de declaración jurada. De presentarse pruebas en contrario se anula el acto registrado. 3.2 Principio de Publicidad e Información.- El (RUOS), es público, en consecuencia, es accesible a todos los ciudadanos y Organizaciones Sociales. El acceso a la información contenida en el (RUOS), se solicita sin expresión de causa, de acuerdo a las normas vigentes sobre transparencia y acceso a la información pública. La Sub Gerencia de Participación Ciudadana publicará y actualizará en la pagina web de la municipalidad Provincial de Cañete la información sobre las Organizaciones Sociales registradas del Distrito de San Vicente y de la Provincia de Cañete. 3.3 Principio de Impulso de Parte.- Es Organizar el registro, así como cualquier otro posterior se realiza a solicitud de los/as representantes de las Organizaciones Sociales. 3.4 Principio de Celeridad.- Los órganos y las unidades orgánicas de la Municipalidad Provincial de Cañete ajustarán su actuación a fi n que el procedimiento regulado por la presente ordenanza se realice sin dilaciones y en el tiempo previsto. 3.5 Principio de Legalidad.- La cali fi cación de la legalidad del título, comprende la certi fi cación de los requisitos formales propios del documento, la capacidad de los otorgantes y la validez del acto jurídico inscribible. 3.6 Principio de Especialidad.- Por cada organización social se abre un libro o partida registral independiente. 3.7 Principio de Tracto Sucesivo.- Ninguna inscripción, salvo la primera, se extiende sin que esté inscrito o se inscriba el derecho de donde emana. Artículo 4º.- Concepto de Organización Social.- Se entiende por Organización Social toda forma organizativa de organizaciones naturales, jurídicas o de ambas, inscritas o no en los Registros Públicos, que se constituyen sin fi nes lucrativos, políticos, partidarios, gremiales, ni confesionales por su libre decisión, bajo las diversas formas contempladas en la ley o de hecho, que a través de una actividad común persiguen la defensa y promoción de sus derechos, de su desarrollo individual o colectivo y el de su colectividad. La presente ordenanza es orientadora y ordenadora, no encasilla, ni encuadra o restringe en una clasi fi cación, la diversidad social existente. Cualquier otra forma organizativa que se adecúe a la naturaleza del registro puede ser incluida. TÍTULO II DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES Artículo 5º.- Tipos de Organización Social Para los efectos de aplicación de la presente ordenanza se considera organización Social a: 5.1 Organizaciones Vecinales Aquellas que reúnen a los vecinos en sus respectivas agrupaciones de vivienda, previo informe de la Sub Gerencia de Control Urbano y Catastro de la Municipalidad Provincial de Cañete. Pueden adoptar las siguientes denominaciones. a). Asociación de Pobladores. b). Asociación de vivienda.c). Cooperativa de viviendasd). Asociación y/o junta de propietarios.e). Junta o comité vecinal.f). Comité cívico.g. Comité de gestión de parques y otros establecimientos en la Ley Orgánica de Municipalidades, que no se encuentren comprendidas en alguna de las organizaciones sociales señaladas en los incisos anteriores. 5.2 Organizaciones Sociales de Base Aquellas que desarrollan actividades de apoyo alimentario a las familias de menores recursos económicos de conformidad con la Ley N° 25307. Pueden entre otras denominaciones, adoptar las siguientes: a). Clubes de Madres b). Comités de Vaso de Leche c). Comedores Populares Autogestionarios d). Cocinas Familiares. e). Centros Familiares.f). Centros Maternos Infantiles 5.3 Organizaciones Temáticas Aquellas que desarrollan actividades especí fi cas y especializadas en un tema de políticas públicas y/o composición generacional de sus miembros. Aquí se ubican las siguientes organizaciones: a). Organizaciones Culturales. b). Organizaciones de Niños, Niñas y adolescentes.c). Organizaciones Juveniles. d). Organizaciones de Personas Adultas Mayores.