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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (09/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Lunes 9 de junio de 2025 El Peruano / Que, en el numeral 4.6 del artículo 4 de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado con Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM/SGP, de fi ne el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es un documento de gestión institucional que compendia y sistematiza de manera comprensible y clara la información de todos los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, incluyendo aquellos que son estandarizados, que deben tramitar los ciudadanos y empresas en las Entidades de la Administración Púbica; Que, el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, Decreto Supremo que aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas; establece que dicha metodología es de uso obligatorio en los procesos de elaboración o modi fi cación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad contenidos en los TUPA, y que tecnológicamente está integrado en el Sistema Único de Trámites (SUT); Que, el numeral 41.1 del artículo 41 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019- JUS, dispone que las entidades están obligadas a incorporar los procedimientos y servicios estandarizados en su respectivo Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), cumpliendo los requisitos establecidos para tal fi n; concordante con el numeral 5.2 del artículo 5 de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado por Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM/SGP, que señala: las entidades de la administración pública deben aprobar o modi fi car su TUPA cuando se requiera incorporar procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad no es estandarizados o estandarizados al TUPA vigente, debido a la aprobación de una ley, decreto legislativo u otra norma de alcance general que disponga el establecimiento o creación de los procedimientos y/o servicios antes referidos; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 015-2021 -GRU-CR los consejeros regionales en Sesión extraordinaria, aprobaron el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Ucayali, conteniendo trecientos ochenta y cuatro (384) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad estandarizados y no estandarizados, cuya Ordenanza fue modi fi cada mediante Ordenanza Regional Nº 008-2023-GRU-CR aprobando el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Ucayali que contiene cuatrocientos treinta y uno (431) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad estandarizados y no estandarizados; Que, mediante DECRETO SUPREMO Nº 080-2024- PCM, publicado el 1 de agosto de 2024 en el diario o fi cial El Peruano, aprueban procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad estandarizados del sector agrario y de riego, cuya tramitación es de competencia de los gobiernos regionales, que incluye las Fichas TUPA y Tablas ASME-VM distribuidas en: un (1) procedimiento administrativo estandarizado y cuatro (4) servicios prestados en exclusividad estandarizados en materia de saneamiento físico legal y formalización de predios rurales, y cuatro (4) procedimientos administrativos estandarizados en materia forestal y de fauna silvestre, con el objetivo de implementar e incorporarlos en el TUPA vigente del Gobierno Regional de Ucayali; Que, acorde al contexto normativo del considerando precedente, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 5.- Incorporación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad estandarizados del sector agrario y de riego en el TUPA de los gobiernos regionales, del Decreto Supremo Nº 080-2024-PCM que aprueba procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad estandarizados del sector agrario y de riego, cuya tramitación es de competencia de los gobiernos regionales, el resultado del trabajo efectuado coordinadamente con la profesional del rol de procesos en el Sistema Único de Trámites-SUT de la Dirección Regional de Agricultura y de la Gerencia Regional Forestal y de Fauna Silvestre; Que, mediante el INFORME Nº 017-2024-GRPP- SGDI/WEMM de fecha 01 de abril de 2024, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional del GOREU, hace de conocimiento al Director Sistema Administrativo III de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional que la Dirección Regional de Agricultura de Ucayali, a través del O fi cio Nº 620-2024-GRU-DRA, remite Tablas ASME y Procedimientos del TUPA de la Dirección de Saneamiento Físico Legal de la Propiedad Agraria – DISAFILPA para su revisión. Por lo que, según la revisión y atención a los documentos de la referencia, en ella se puede visualizar diecinueve (19) Procedimientos y las Tablas ASME de cada procedimiento que corresponde a la Dirección de Saneamiento Físico Legal de la Propiedad Agraria – DISAFILPA, los mismos que son viables y que serán incorporados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Dirección Regional de Agricultura de Ucayali. El Sistema Único de Trámite – SUT, es el repositorio o fi cial de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad de la Dirección Regional de Agricultura de Ucayali, utilice esta herramienta informática web de implementación obligatoria que permite registrar, integrar y optimizar los procesos para la elaboración, aprobación y publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA; Que, el INFORME Nº 055-2024-GRU-GRPP-SGDI de fecha 01 de abril de 2024, el Dr. Adm. Educ. LIMBER PINCHI FASANANDO – Director de Sistema Administrativa III de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional - Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del GOREU, remite al Gerente Regional de Planeamiento y Presupuesto el Informe Nº 017-2024-GRU-GRPP-SGDI/ WEMM, información que debe ser de conocimiento de la Dirección Regional en mención para su implementación por encontrarse viables, los cuales se deben incorporar en el TUPA; Que, mediante INFORME LEGAL Nº 001-2025-GRU- GGR-GRU-GGR-ORAU-ORAJ/TTC, de fecha 02 de enero del 2025, el Director del Sistema Administrativo III de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ucayali, se dirige para informar al Director del Sistema Administrativo IV, que concluye: - Que la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, cumpliendo con su rol de conducción y elaboración del expediente del proyecto TUPA, solicita la aprobación de ocho (08) procedimientos y la eliminación de diecinueve (19) procedimientos; para la cual cumple con presentar los requisitos que establece los lineamientos para la elaboración y aprobación del TUPA. - El Titular de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, ha veri fi cado la base legal de los ocho (08) procedimientos estandarizados, que comprende: un (01) procedimiento administrativo estandarizado, cuatro (04) servicios prestados con exclusividad estandarizado en materia de saneamiento físico legal y formalización de predios rurales y tres (03) procedimientos estandarizados en materia forestal y de fauna silvestre; el cual se acredita con la suscripción del FORMATO B. (Además los procedimientos estandarizados han sido previamente aprobados por el sector correspondiente mediante Decreto Supremo Nº 08-2024-PCM). - Finalmente, previa a la aprobación de la incorporación y eliminación de procedimientos administrativos, la Gerencia General Regional, deberá dar conformidad a la propuesta del TUPA. Asimismo, recomienda que, el Gobernador Regional deberá solicitar al Concejo Regional, la aprobación de la incorporación y eliminación de procedimientos del TUPA del Gobierno Regional de Ucayali, mediante ordenanza regional; Que, mediante el ACUERDO REGIONAL Nº 014-2025 -GRU-CR de fecha 21 de enero del 2025, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, aprobó DERIVAR, a la COMISIÓN DE ASUNTOS LEGALES