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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (09/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Lunes 9 de junio de 2025 El Peruano / del Consejo Regional de Ucayali, el Expediente Nº 01043843 de fecha 09 de enero del 2025 que contiene la solicitud de la aprobación e incorporación y eliminación de procedimientos administrativos – TUPA del Gobierno Regional de Ucayali, para su evaluación por las razones expuestas; Que, con fecha 14 de febrero del 2025, mediante OPINIÓN LEGAL Nº 001-2025-CR-SCR/EGM-AL, el Asesor Legal del Consejo Regional de Ucayali concluye, que la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, cumplió con elaborar el expediente del TUPA, en la que se solicita la aprobación de ocho procedimientos, así como la eliminación de diecinueve procedimientos, por lo que cumple con los requisitos para la elaboración y aprobación del TUPA; por lo que, mediante o fi cio Nº 00258-2025-GRU-CR-SCR, fechada al 14 de febrero del 2025; Que, mediante el DICTAMEN Nº 001-2025-GRU- CR-CAL de fecha 21 de febrero del 2025, la COMISIÓN DE ASUNTOS LEGALES del Consejo Regional de Ucayali, acordó: APROBAR, la incorporación de un (1), procedimiento administrativo estandarizado y cuatro (4) servicios prestados en exclusividad estandarizados en materia de saneamiento físico legal y formalización de predios rurales; así como tres (03) procedimientos administrativos estandarizados en materia forestal y fauna silvestre en el documento de gestión institucional Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA del Gobierno Regional de Ucayali. APROBAR los derechos de tramitación, los requisitos, plazos, silencio administrativo, formularios, recursos impugnativos de reconsideración y apelación de un (1) procedimiento administrativo estandarizado y cuatro (4) servicios prestados de exclusividad estandarizados en materia de saneamiento físico legal y formalización de predios rurales; así como tres (03) procedimientos administrativos estandarizados en materia forestal y fauna silvestre en el documento de gestión institucional Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de Ucayali. APROBAR, la eliminación de diecinueve (19) procedimientos administrativos no estandarizados del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente del Gobierno Regional de Ucayali, de los cuales, ocho (08) fueron eliminados por duplicidad con los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad estandarizados incorporados y once (11) por no cumplir con el principio de legalidad. Y, ESTABLECER que la presente Ordenanza Regional, es parte de la Ordenanza Regional Nº 015-2021-GRU-CR y Ordenanza Regional Nº 008-2023-GRU-CR; Que, mediante ACUERDO REGIONAL Nº 023- 2025-GRU, de fecha 27 de febrero del 2025, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali aprobó el DICTAMEN Nº 001-2025-GRU-CR-CAL de fecha 21 de febrero del 2025, recaído en el ACUERDO REGIONAL Nº 014-2025-GRU-CR, fecha al 21 de enero del 2025, referente al OFICIO Nº 005-2025-GRU-GR de fecha 08 de enero de 2025 remitido por el Gobernador Regional de Ucayali, respecto a la aprobación de incorporación y eliminación de procedimientos administrativos – TUPA del Gobierno Regional de Ucayali, mediante ORDENANZA REGIONAL; Que, en consecuencia, resulta necesario que la Ordenanza Regional que modi fi ca el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de Ucayali, sea aprobado, por el Consejo Regional de Ucayali; Que, el literal o) del artículo 21º la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Gobernador Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los Acuerdos del Consejo Regional; Que, de conformidad con las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, artículo 9º y 10º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modi fi cado por las Leyes Nº 27902 y Nº 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria de fecha 27 de febrero del 2025, aprobaron por mayoría la siguiente:ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Artículo Primero.- APROBAR, la incorporación de un (1) procedimiento administrativo estandarizado y de cuatro (4) servicios prestados en exclusividad estandarizados en materia de saneamiento físico legal y formalización de predios rurales, así como, de tres (3) procedimientos administrativos estandarizados en materia forestal y de fauna silvestre en el documento de gestión institucional Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA del Gobierno Regional de Ucayali; los cuales, como Anexo es parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR, los derechos de tramitación, los requisitos, plazos de atención, silencio administrativo que corresponde, formularios y recursos impugnativos de reconsideración y apelación de un (1) procedimiento administrativo estandarizado y cuatro (4) servicios prestados en exclusividad estandarizados en materia de saneamiento físico legal y formalización de predios rurales, así como, de tres (3) procedimientos administrativos estandarizados en materia forestal y de fauna silvestre. Artículo Tercero.- APROBAR, la eliminación de diecinueve (19) procedimientos administrativos no estandarizados del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente del Gobierno Regional de Ucayali, de los cuales, ocho (8) fueron eliminados por duplicidad con los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad estandarizados incorporados y once (11) por no cumplir el Principio de Legalidad, los cuales, como Anexo es parte de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ESTABLECER, que la presente ORDENANZA REGIONAL es parte de la ORDENANZA REGIONAL Nº 015-2021-GRU-CR y ORDENANZA REGIONAL Nº 008-2023-GRU-CR. Artículo Quinto.- DISPENSAR, a la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta para proceder a su correspondiente implementación. Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, la respectiva implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Séptimo.- AUTORIZAR, a la SECRETARÍA GENERAL, en coordinación con la O fi cina Regional de Administración y la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, la publicación impresa de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”; así como, la publicación de la presente Ordenanza Regional y su Anexo Único en el Portal Web del Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Web institucional: www.gob.pe/regionucayali. Artículo Octavo.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ucayali, para su promulgación. En Pucallpa a los 27 días del mes de febrero del año dos mil veinticinco. JAIME OBDULIO GARCÍA FERNÁNDEZ Presidente Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali a los 31 días del mes de marzo del año dos mil veinticinco. MANUEL GAMBINI RUPAY Gobernador Regional * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. 2397541-1