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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (10/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Martes 10 de junio de 2025 El Peruano / CUL TURA Aprueban el Plan Anual de Estímulos Económicos para el Libro y el Fomento de la Lectura 2025 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000147-2025-MC San Borja, 9 de junio del 2025 VISTOS: la Hoja de Elevación N° 000016-2025-VMPCIC/MC y la Hoja de Envío N° 000079-2025-VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe N° 000191-2025-DGIA-VMPCIC/MC y la Hoja de Envío N° 000258-2025-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; los Memorandos N° 000676-2025-OGPP-SG/MC y N° 000838-2025-OGPP-SG/MC de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000505-2025-OGAJ-SG/MC y la Hoja de Elevación N° 000287-2025-OGAJ-SG/MC de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado, referidas al patrimonio cultural de la nación, material e inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la nación; Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 022-2019, Decreto de Urgencia que promueve la actividad cinematográ fi ca y audiovisual, se autoriza al Ministerio de Cultura a otorgar estímulos económicos a personas naturales y jurídicas de derecho privado, debidamente constituidas en el país, cuyas actividades se desarrollan en el ámbito de las artes y las industrias culturales; Que, los numerales 9.1 y 9.2 del artículo 9 del Reglamento de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 022-2019, Decreto de Urgencia que promueve la actividad cinematográ fi ca y audiovisual, aprobado por el Decreto Supremo N° 015- 2020-MC, disponen que los estímulos económicos a ser entregados en el marco del referido reglamento se otorgan previa aprobación del Plan Anual de Estímulos Económicos para las Industrias Culturales y Artes, mediante resolución ministerial y a propuesta de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; asimismo, precisa que el precitado plan detalla los concursos, convocatorias públicas, montos máximos a otorgarse como estímulos, listas de espera, entre otras disposiciones de similar naturaleza para la premiación de obras y el fi nanciamiento de proyectos a que se refi eren los estímulos económicos regulados en dicho reglamento; Que, el artículo 11 de la Ley N° 31893, Ley de medidas estratégicas y disposiciones económicas y tributarias para el fortalecimiento y posicionamiento del ecosistema del libro y de la lectura, establece que el Ministerio de Cultura impulsa la realización de proyectos o mecanismos culturales que promuevan la formación, el acceso, la producción y circulación del libro, fomentar la lectura y la escritura entre los agentes del ecosistema del libro y la lectura, a través del otorgamiento de los estímulos económicos concursables en el marco de los montos establecidos en el Decreto de Urgencia 003-2019, Decreto de Urgencia Extraordinario que establece incentivos para el fomento de la lectura y el libro; asimismo, se señala que su fi nanciamiento es con cargo a los recursos establecidos en el artículo 28 de la Ley N° 31053, Ley que reconoce y fomenta el derecho a la lectura y promueve el libro, en concordancia con lo establecido en el artículo 2 y en el numeral 8.1 del artículo 8 del Decreto de Urgencia 003-2019, Decreto de Urgencia Extraordinario que establece incentivos para el fomento de la lectura y el libro; Que, en ese marco normativo, a través del Informe N° 000191-2025-DGIA-VMPCIC/MC y la Hoja de Envío N° 000258-2025-DGIA-VMPCIC/MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes propone la aprobación del Plan Anual de Estímulos Económicos para el Libro y el Fomento de la Lectura 2025, considerando un monto total asignado de S/ 3,741,000 (Tres millones setecientos cuarenta y un mil y 00/100 soles), en base a lo sustentado por la Dirección del Libro y la Lectura mediante los Informes N° 000033-DLL-DGIA-VMPCIC- ESS/MC y N° 000294-2025-DLL-DGIA-VMPCIC/MC, respectivamente; Que, a través de los Memorandos N° 000676-2025-OGPP-SG/MC y N° 000838-2025-OGPP-SG/MC, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite los Informes N° 000048-2025-OPL-OGPP-SG/MC y N° 000062-2025-OPL-OGPP-SG/MC de la O fi cina de Planeamiento, respectivamente, en los cuales se señala que la propuesta cumple con el contenido mínimo para un plan, establecido en la Directiva N° 000001-2025-SG/MC, Directiva para la formulación, modi fi cación, seguimiento y evaluación de documentos temáticos en el Ministerio de Cultura, aprobada mediante Resolución de Secretaria General N° 000090-2025-SG/MC. Asimismo, se remite el Informe N° 000130-2025-OP-OGPP-SG/ MC, por el cual la O fi cina de Presupuesto emite opinión sobre la disponibilidad presupuestal para fi nanciar la implementación del Plan Anual de Estímulos Económicos para el Libro y el Fomento de la Lectura 2025; Que, en ese sentido, resulta pertinente emitir el acto resolutivo correspondiente que apruebe el Plan Anual de Estímulos Económicos para el Libro y el Fomento de la Lectura 2025; Con los vistos del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; la Ley N° 31893, Ley de medidas estratégicas y disposiciones económicas y tributarias para el fortalecimiento y posicionamiento del ecosistema del libro y de la lectura; el Decreto de Urgencia N° 022-2019, Decreto de Urgencia que promueve la actividad cinematográ fi ca y audiovisual; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y, el Decreto Supremo N° 015-2020-MC, que aprueba el Reglamento de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 022-2019, Decreto de Urgencia que promueve la actividad cinematográ fi ca y audiovisual; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan Anual de Estímulos Económicos para el Libro y el Fomento de la Lectura 2025, que en calidad de anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. La presente resolución y su anexo se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABRICIO ALFREDO VALENCIA GIBAJA Ministro de Cultura 2407812-1