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42 NORMAS LEGALES Viernes 13 de junio de 2025 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el contenido del Anexo N° 03 denominado “Lista de Servicios Adicionales (no incluidos en Tarifarios)”, aprobado mediante el artículo 2 de la Resolución Ejecutiva N° 047-2021-ITP/DE y modi fi catorias, quedando dicho Anexo conformado por trescientos cuatro (304) servicios adicionales, cuyo detalle obra en el Anexo adjunto el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Disponer que los servicios adicionales contenidos en el Anexo N° 3 modi fi cado por el artículo 1 de la presente Resolución, tienen fecha de vigencia conforme lo señala dicho Anexo o hasta su incorporación en el respectivo Tarifario. Artículo 3°.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información en aplicación del artículo 1 de la presente Resolución, realice las acciones que corresponda en el Sistema de Servicios de Innovación Productiva - SSIPRO, de conformidad con el numeral 9.1 de la Directiva de Esquemas Promocionales. Artículo 4°.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución y su Anexo en la Sede Digital del Instituto Tecnológico de la Producción (https://www.gob.pe/itp), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. KITTY ELISA TRINIDAD GUERRERO Directora Ejecutiva 2408462-1 SERVICIO NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO Modifican relación de Áreas Naturales Protegidas aptas para elaborar o actualizar Planes Maestros en el año 2025, incorporando a la Reserva Nacional de Paracas RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 000017-2025- SERNANP/DDE-SGD San Isidro, 3 de junio del 2025 VISTOS: El Memorando Nº 000423-2025-SERNANP/ DDE-SGD del 30 de mayo de 2025 y el Informe Nº 000517-2025-SERNANP/DDE-SGD del 28 de mayo de 2025 emitidos por esta Dirección y el Memorando Nº 003564-2025-SERNANP/DGANP-SGD del 29 de mayo de 2025 de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas de la institución; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 68 de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas; Que, mediante el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente; ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE), el mismo que se constituye en su autoridad técnico-normativa; Que, el literal g) del artículo 8 de la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, establece que es función del SERNANP, aprobar los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas; Que, asimismo el artículo 20 de la citada Ley, señala que la Autoridad Nacional aprobará un Plan Maestro por cada Área Natural Protegida, el mismo que constituye el documento de plani fi cación de más alto nivel con el que cuenta cada Área Natural Protegida, y que deberá ser elaborado bajo procesos participativos, y revisado cada cinco (5) años; Que, asimismo, acorde a lo señalado en el artículo 37 del Reglamento de la citada Ley, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, establece que los Planes Maestros en lo pertinente, deben incluir estrategias mediante las cuales se implementen los compromisos asumidos por el Estado Peruano en materia de conservación de la diversidad biológica y desarrollo humano; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 202-2021- SERNANP, se aprueban las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros, en las cuales se especi fi can los criterios para la identi fi cación de ANP aptas para entrar en proceso de elaboración o actualización de su Plan Maestro; Que, mediante Resolución Directoral Nº 005-2022- SERNANP-DDE se aprueban los formatos que permitirán la implementación de las Disposiciones Complementarias para el Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros aprobadas mediante Resolución Presidencial Nº 202-2021-SERNANP; Que, mediante Resolución Directoral Nº 000002-2025- SERNANP/DDE-SGD de fecha 27 de enero de 2025, se aprueba la relación de las Áreas Naturales Protegidas aptas para iniciar el proceso de elaboración o actualización de sus respectivos Planes Maestros en el año 2025; Que, a través del Informe Nº 000344-2024-SERNANP/ DDE-SGD esta Dirección indica que la Reserva Nacional de Paracas se ha identi fi cado como ANP apta para iniciar el proceso de elaboración o actualización de su Plan Maestro en el año 2025, en el marco de la Resolución Presidencial Nº 202-2021-SERNANP, y que, dicha Reserva Nacional cuenta con fi nanciamiento y Comisión Ejecutiva del Comité de Gestión vigente; Que, asimismo, la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas mediante Memorando Nº 003564-2025-SERNANP/DGANP-SGD otorga su visto bueno respecto a la incorporación a la Reserva Nacional de Paracas en la relación de ANP aptas para iniciar el proceso de elaboración o actualización de los Planes Maestros correspondientes el año 2025; Con la visación de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con las funciones conferidas en los literales b) y d) del artículo 25 del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM, y en el literal a) del numeral 4.2 del artículo 4 de las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros aprobadas por Resolución Presidencial Nº 202-2021-SERNANP; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car la relación de las Áreas Naturales Protegidas aptas para iniciar el proceso de elaboración o actualización de sus respectivos Planes Maestros en el año 2025, aprobada mediante el artículo 1 de la Resolución Directoral Nº 000002-2025-SERNANP/DDE-SGD, incorporando en dicha relación a la Reserva Nacional de Paracas, establecida mediante Decreto Supremo Nº 1281-75-AG. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la sede digital del SERNANP: https://www.gob.pe/sernanp . Regístrese, comuníquese y publíquese.MARCOS LUIS PASTOR ROZAS Director Desarrollo Estratégico 2409115-1