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32 NORMAS LEGALES Domingo 15 de junio de 2025 El Peruano / 2º Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la Dra. Edelmira del Rosario Mendoza Púa y el Dr. Ebor Fairlie Frisancho deberán presentar a su jefe inmediato superior un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. 3º Encargar a la Secretaría General, a la Dirección General de Administración y a la O fi cina de Abastecimiento la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Facultad de Ciencias Administrativas asumir el pago del servicio de publicación. 4º Encargar a la Dirección General de Administración, a las O fi cinas Generales de Plani fi cación, de Recursos Humanos y a la Facultad de Ciencias Administrativas, el cumplimiento de la presente Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.JERI GLORIA RAMÓN RUFFNER DE VEGA Rectora ELSA ASCENCIÓN MARCHINARES MAEKAWA Secretaria General 2409230-1 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Establecen la inclusión de diversos grupos prioritarios para la aplicación del voto digital en las Elecciones Generales 2026 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000093-2025-JN/ ONPE Lima, 13 de junio de 2025VISTOS: el Informe Nº 000219-2025-GOECOR/ONPE de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional; la Hoja de Elevación Nº 000046-2025-GG/ONPE de la Gerencia General; así como el Informe Nº 000301-2025-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: La O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) es un organismo constitucionalmente autónomo y es la máxima autoridad en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo, de acuerdo con el artículo 1 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales; Por Decreto Supremo Nº 039-2025-PCM, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 26 de marzo de 2025, la Presidencia de la República convocó a Elecciones Generales el día domingo 12 de abril de 2026, para la elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, así como de los senadores y diputados del Congreso de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino. Asimismo, se precisó que, en caso de que ninguno de los candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República obtuviese más de la mitad de los votos válidos, la segunda vuelta se realizaría el 7 de junio de 2026; De acuerdo con el primer párrafo de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32270, Ley que modi fi ca la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones, a fi n de incorporar el voto digital, la ONPE queda autorizada para determinar el ámbito de aplicación del programa piloto del voto digital, priorizando a la población electoral de peruanos residentes en el extranjero, de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú, de las comunidades campesinas, de los pueblos indígenas, así como a otras que, por su naturaleza, considere pertinente; En concordancia con ello, conforme a la Única Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento del Voto Digital, aprobado mediante la Resolución Jefatural Nº 000065-2025-JN/ONPE, para las Elecciones Generales 2026, los grupos prioritarios para la aplicación del voto digital son establecidos por la ONPE en aplicación de la Ley Nº 32270; En observancia de la normativa descrita, mediante la Resolución Jefatural Nº 000069-2025-JN/ONPE, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 1 de mayo de 2025, se estableció la inclusión de ocho (8) grupos prioritarios para la aplicación del voto digital en las Elecciones Generales 2026; Con posterioridad, mediante el informe de vistos, la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional presenta ante la Gerencia General otra propuesta de grupos poblaciones a priorizar para el voto digital en las Elecciones Generales 2026, en adición a los establecidos en la Ley Nº 32270 y en la Resolución Jefatural Nº 000069-2025-JN/ONPE. Esta propuesta incluye a: a) el personal de la Superintendencia Nacional de Migraciones; b) el personal de la Defensoría del Pueblo y c) el personal del Ministerio de Relaciones Exteriores; En líneas generales, la propuesta se justi fi ca en la labor que cumplen los servidores de las referidas entidades estatales durante el proceso electoral y, en especí fi co, en el día de la jornada electoral; labor que puede suponer que afronten di fi cultades para desplazarse a sus respectivos locales de votación para ejercer su derecho al sufragio; Mediante el documento de vistos, la Gerencia General eleva la propuesta a la Jefatura Nacional a fi n de que se apruebe mediante resolución jefatural; Por lo anterior, corresponde emitir la resolución jefatural que incluya a los grupos prioritarios detallados previamente para la aplicación del voto digital en las Elecciones Generales 2026; De conformidad con lo dispuesto en los literales g) y q) del artículo 5 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales; en la Única Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento del Voto Digital, aprobado mediante la Resolución Jefatural Nº 000065-2025-JN/ONPE; así como en los literales m), r) y y) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 000125-2024-JN/ONPE; Con el visado de la Secretaría General y la Gerencia General, así como de las Gerencias de Organización Electoral y Coordinación Regional, y de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Establecer la inclusión para la aplicación del voto digital en las Elecciones Generales 2026 de los siguientes grupos prioritarios: a) el personal de la Superintendencia Nacional de Migraciones; b) el personal de la Defensoría del Pueblo; y,c) el personal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo Segundo.- Poner el contenido de la presente resolución en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil. Artículo Tercero.- Publicar el contenido de la presente Resolución Jefatural en el diario o fi cial El Peruano y en la web o fi cial de la ONPE ubicada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano www.gob.pe/onpe y en el portal de Transparencia de la Entidad, dentro de los tres días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS Jefe 2409592-1