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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (26/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 113

113 NORMAS LEGALES Jueves 26 de junio de 2025 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Disponen el embanderamiento general de las viviendas y locales de las instituciones públicas y privadas en la jurisdicción del distrito de San Juan de Miraflores DECRETO DE ALCALDÍA N° 008-2025/ MDSJM San Juan de Mira fl ores, 24 de junio de 2025 LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la misma que radica, conforme al artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que: “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”; Que, el 28 de julio del presente año se celebrará el 204º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú; y es deber nacional rendir tributo a tan signi fi cativa fecha y sus símbolos patrios, al que se une nuestro gobierno local para fortalecer conciencia cívica en nuestros vecinos; De conformidad con los artículos 20°, numeral 6) y 42° de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL de las viviendas y locales de las instituciones públicas y privadas en la jurisdicción del distrito de San Juan de Mira fl ores; a partir del día siguien te de la publicación del presente decreto hasta el 31 de julio de 2025, con motivo de conmemorarse el 204º Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- RECOMENDAR la limpieza y pintado de las fachadas de las viviendas y locales de las instituciones públicas y privadas en la jurisdicción del distrito de San Juan de Mira fl ores, a fi n de brindar la debida prestancia por fi estas patrias. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente decreto en el diario ofi cial “El Peruano”; a la O fi cina de Tecnología de la Información su publicación en la página web de la entidad: www.munisjm.gob.pe; y a la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional su mayor difusión a nivel distrital. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.DELIA NELLY CASTRO PICHIHUA Alcaldesa 2412667-1PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO Aprueban modificación del TUPA de la Municipalidad Provincial de Pisco, aprobado por la Ordenanza Nº 019-2022-MPP DECRETO Nº 007-2025-MPP-ALC Pisco, 3 de junio de 2025 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO VISTO: El O fi cio Nº 0233-2025/INDECOPI-SRB registrado con Exp. Adm. Nº7073 de fecha 03 de abril del 2025, suscrito por el responsable de la Secretaría Técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas de INDECOPI, el Informe Nº517-2025-MPP-OGPPR de fecha 27 de mayo del 2025 de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Racionalización y el Informe Legal Nº 1111-2025-MPP/OGAJ de fecha 28 de mayo del 2025 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N.º 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, concordante con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante ORDENANZA Nº 019-2022-MPP de fecha 01 de setiembre de 2022, se aprobó el TUPA de la Municipalidad Provincial de Pisco, Que, mediante O fi cio Nº 0233-2025/INDECOPI-SRB registrado con Exp. Adm. Nº 7073 de fecha 03 de abril del 2025, la secretaria técnica Regional de Eliminación de Barreras Burocráticas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI ha identi fi cado determinados requisitos, plazos y exigencias contenidas en el Tupa institucional, las cuales podrían contravenir las normas de alcance nacional, asimismo nos invita a ser parte del Programa de eliminación voluntaria de barreras burocráticas; Que, mediante Informe Nº 517-2025-MPP-OGPPR de fecha 27 de mayo del 2025 de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Racionalización, mani fi esta que a fi n de subsanar las observaciones por la Secretaria Regional de Barreras Burocráticas del INDECOPI y conforme a lo sugerido por la o fi cina general de administración tributaria; la unidad de registro y recaudación Tributaria; la división de defensa civil, se presenta el proyecto de modi fi cación del TUPA de los requisitos y plazos de los procedimientos administrativos de la o fi cina general de administración tributaria; unidad de registro y recaudación Tributaria, mencionadas en el ANEXO A y división de defensa civil, en el ANEXO B; Que, el Numeral 44.5 del artículo 44º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 274444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 044-2019-JUS, establece: que una vez aprobado el TUPA toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Decreto de Alcaldía, en el nivel de gobierno local; Que, mediante Informe Legal Nº 1111-2025-MPP/ OGAJ de fecha 28 de mayo del 2025 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, señala que resulta procedente la modi fi cación del TUPA vigente respecto de requisitos y exigencias que podrían ser consideradas barreras