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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (26/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Jueves 26 de junio de 2025 El Peruano / de Beijing, República Popular China, del 29 de junio al 05 de julio de 2025, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, son cubiertos con cargo al Presupuesto Institucional 2025 del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosViáticos USD $ 500 (4 días act.+ 1 día instalación)Pasajes Aéreos USD $Monto Total USD $ ANGEL MANUEL MANERO CAMPOS2,500.00 7,455.70 9,955.70 Artículo 3.- Encargar el Despacho de Desarrollo Agrario y Riego al señor SERGIO GONZALES GUERRERO, Ministro de Estado en el Despacho de la Producción, en tanto dure la ausencia del Titular. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Desarrollo Agrario y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Presidente del Consejo de Ministros ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2413290-9 Aprueban el “Lineamiento para el diseño y desarrollo de servicios o plataformas digitales accesibles para personas con discapacidad en las entidades de la Administración Pública” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GOBIERNO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL Nº 001-2025-PCM/ SGTD Lima, 24 de junio de 2025VISTOS: El Memorando Nº D0000359-2024-PCM- SSPRD y el Informe Nº D00008-2025-PCM-SSPRD- AZH de la Subsecretaría de Política y Regulación Digital (SSPRD), el Memorando Nº D000572-2025-PCM- SSTSD y el Informe Nº D000011-2024-SSTSD-GGG de la Subsecretaría de Tecnologías y Seguridad Digital (SSTSD); el Informe Nº D000001-2025-PCM-SSSID-JMC de la Subsecretaría de Servicios e Innovación Digital (SSSID) de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28530, Ley de Promoción de Acceso a Internet para Personas con Discapacidad y de Adecuación del Espacio Físico en Cabinas de Internet, declara de interés social la promoción del acceso al uso de internet y de las tecnologías de la información a las personas con discapacidad y la progresiva eliminación de las barreras físicas y tecnológicas que les impidan su integración a la Sociedad de la Información y su reinserción al mercado laboral; Que, el artículo 4 del citado Decreto de Urgencia Nº 006-2020, que crea el Sistema Nacional de Transformación Digital, dispone que el Sistema Nacional de Transformación Digital, abarca, de manera no limitativa, las materias de gobierno digital, economía digital, conectividad digital, educación digital, tecnologías digitales, innovación digital, servicios digitales, sociedad digital, ciudadanía e inclusión digital y con fi anza digital; Que, según lo dispuesto en los artículos 7 y 8 del Decreto de Urgencia Nº 006-2020, la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, es el ente rector del Sistema Nacional Transformación Digital, constituyéndose en la autoridad técnico-normativa a nivel nacional sobre la materia; y tiene, entre otras, la función de elaborar y aprobar lineamientos, procedimientos, metodologías, instrumentos, técnicas, modelos, directivas u otros para la transformación digital del país; Que, de acuerdo con el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 085-2023-PCM, Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional de Transformación Digital al 2030, la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, como ente rector del Sistema Nacional de Transformación Digital, conduce la Política Nacional de Transformación Digital al 2030 y articula, para tal fi n, con las entidades públicas, organizaciones del sector privado, organismos internacionales, la sociedad civil, la academia y la ciudadanía; Que, la precitada Política Nacional establece como Objetivo Prioritario 1 “Garantizar el acceso inclusivo, seguro y de calidad al entorno digital a todas las personas” buscando la reducción y eventual erradicación de la exclusión digital; medir el avance de inclusión digital por grupos poblacionales; crear alianzas con instituciones públicas, sociales, privadas y académicas en favor de la inclusión digital de todas las personas; Que, asimismo, el literal c) del artículo 80 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM, señala que la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, tiene como función aprobar y supervisar el cumplimiento de normas técnicas, directivas, lineamientos, modelos, metodologías, procedimientos, protocolos, instrumentos, técnicas, estándares y demás disposiciones, en materia de su competencia; Que, el artículo 3 de la Resolución de Secretaría de Gobierno y Transformación Digital Nº 002-2024-PCM/SGTD, dispone que la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital actualiza los “Lineamientos para Accesibilidad a páginas web y Aplicaciones para telefonía móvil para instituciones públicas del Sistema Nacional de Informática”, aprobados por Resolución Ministerial Nº 126-2009-PCM; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 100-2025- PCM de 13 de mayo de 2025, se derogó la mencionada Resolución Ministerial Nº 126-2009-PCM, por lo que resulta necesario aprobar la actualización del Lineamiento para el diseño y desarrollo de servicios o plataformas digitales accesibles para personas con discapacidad en las entidades de la Administración Pública; Que, el Lineamiento tiene como objetivo emitir disposiciones para que las entidades de la Administración Pública incorporen obligatoriamente los criterios de accesibilidad en el entorno digital para el diseño y desarrollo de los servicios o plataformas digitales, a fi n de que todas las personas, independientemente de sus capacidades y habilidades, accedan y hagan uso de los servicios o plataformas digitales en igualdad de condiciones; Que, habiéndose recabado los comentarios, sugerencias y observaciones de las personas interesadas conforme lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 269-2024-PCM de 03 de octubre de 2024, corresponde aprobar el texto de fi nitivo del “Lineamiento para el diseño y desarrollo de servicios o plataformas digitales accesibles para personas con discapacidad en las entidades de la Administración Pública”; Con el visado de la Subsecretaría de Política y Regulación Digital, de la Subsecretaría de Tecnologías y Seguridad Digital, y de la Subsecretaría de Servicios e Innovación Digital de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad; Decreto de Urgencia Nº 006-2020, Decreto de Urgencia que crea el