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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (26/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Jueves 26 de junio de 2025 El Peruano / Que, con la Resolución Directoral N° 000117-2025/ DCIA-DGPA-VMPCIC/MC, se da conformidad al informe de resultados del PEA; Que, de acuerdo al literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, son funciones exclusivas de este ministerio realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, a través del literal a) del artículo 14 de la ley se reconoce la función del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales para declarar el Patrimonio Cultural de la Nación, función que lleva implícita la prerrogativa para disponer el retiro, total o parcial, respecto de los bienes inmuebles prehispánicos que han perdido uno o más de los valores culturales que sustentaron su declaración atribuible a factores naturales o antrópicos; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 del Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por el Decreto Supremo N° 011- 2006-ED, establece que el retiro de la condición de bien cultural ya sea este mueble o inmueble, es de carácter excepcional; Que, el numeral 59.18 del artículo 59 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece la prerrogativa de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble para evaluar y emitir opinión técnica sobre los pedidos de delimitación y retiro de la condición cultural de los bienes inmuebles prehispánicos; Que, las disposiciones que regulan las propuestas para el retiro de la condición cultural de los bienes inmuebles prehispánicos están contenidas en la Directiva N° 001-2023-VMPCIC/MC “Directiva para el retiro excepcional de la condición de patrimonio cultural de la Nación a bienes inmuebles prehispánicos declarados por el Ministerio de Cultura”, aprobada mediante la Resolución Viceministerial N° 00018-2023-VMPCIC/MC; Que, de acuerdo con lo previsto en el literal c) del numeral 6.1.2.1 de la directiva, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, actúa de o fi cio durante el proceso de mantenimiento de la base catastral en el Sistema de Información Geográ fi ca de Arqueológica - SIGDA, al tomar conocimiento que un bien inmueble prehispánico, presenta modi fi caciones o alteraciones en uno o más de sus valores culturales que sustentaron su condición como Patrimonio Cultural de la Nación, atribuibles a factores naturales o antrópicos, ello como resultado de la conformidad al informe de resultado del proyecto de evaluación arqueológica o proyecto de rescate arqueológico; Que, el numeral 6.2.2 de la Directiva señala que en caso de evaluación de o fi cio del retiro excepcional total o parcial de la condición de bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación de los bienes inmuebles prehispánicos, se realizan veri fi caciones técnicas de campo y, de ser el caso, excavaciones restringidas. Corroborada la pérdida de uno o más de los valores culturales que sustentaron la condición de Patrimonio Cultural de la Nación se elabora el informe técnico que sustenta el retiro de la condición cultural; Que, a través del Informe N° 000228-2025-DGPA- VMPCIC/MC, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble propone el retiro parcial de la condición cultural del bien inmueble prehispánico Zona Arqueológica Pueblo Nuevo - Muy Finca - Mochumí ubicado en el distrito de Mochumí, provincia y departamento de Lambayeque; Que, el sustento de la propuesta se encuentra desarrollado, entre otros, en los Informes N° 000065-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC y N° 000089-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC, que contienen los argumentos de orden técnico que sustentan la intervención arqueológica realizada y los alcances de la aprobación de su informe de resultados, el marco técnico legal que lo regula y las implicancias de la intervención arqueológica producida, concluyendo que corresponde técnicamente proceder con el retiro parcial de la condición de Patrimonio Cultural de la Nación del bien inmueble prehispánico Zona Arqueológica Pueblo Nuevo - Muy Finca - Mochumí ubicado en el distrito de Mochumí como resultado de la ejecución del proyecto de evaluación arqueológica descrito; Que, en el Informe N° 000065-2025-DSFL-DGPA- VMPCIC-MDR/MC se indica que el retiro excepcional parcial de la condición cultural del bien inmueble prehispánico Zona Arqueológica Pueblo Nuevo - Muy Finca - Mochumí se sustenta en la intervención que se describe al inicio de esta resolución y resulta viable con fundamento “… en las Actas Informatizadas de Inspección N° 001-2024 PEA MCG/PCIC-LAM/MC de fecha 13 de septiembre de 2024 (primera inspección ocular) y N° 002- 2023 PEA MCG/PCIC-LAM/MC de fecha 17 de septiembre de 2024 (segunda y última inspección ocular) del Lic. Michael Clemente Gonzáles, donde se informa sobre las inspecciones oculares llevadas a cabo en el marco del precitado proyecto; de las cuales se desprende, entre otros aspectos, que, de las 23 unidades de excavación de potencial, no se registró, ni recupero, evidencias arqueológicas muebles e inmuebles, tanto en super fi cie, como en las unidades de excavación …”; Que, además, agrega que “… se emite opinión favorable para el retiro parcial de la condición de Patrimonio Cultural de la Nación de la Zona Arqueológica Pueblo Nuevo - Muy Finca - Mochumí, por una extensión de 2,980.99 m 2 (0.2981 ha.) y un perímetro de 224.12 m. tomando como sustento, los resultados obtenidos por el “Proyecto de evaluación arqueológica con fi nes de potencialidad para el Proyecto Saneamiento Físico Legal de la I.E. N° 10139 Agustín Gavidia Salcedo, Pueblo Nuevo, distrito de Mochumí - Lambayeque - Lambayeque - Código Único de Inversiones 2320339” y Resolución Directoral N° 000117-2025/DCIA-DGPA-VMPCIC/MC de fecha 20 de marzo de 2025. El área de retiro parcial de la Zona Arqueológica Pueblo Nuevo - Muy Finca - Mochumí, se encuentra establecida en el Plano Temático N° PTEM-022-MC_DGPA-DSFL-2025 PSAD56 con un área remanente de 145,678.75 m 2 (14.5679 ha.) y un perímetro de 1895.69 m…”; Que, a través del Informe N° 000089-2025-DSFL- DGPA-VMPCIC-MDR/MC se formulan precisiones en relación al área objeto de retiro, corroborando lo que se indica en el Informe N° 000065-2025-DSFL-DGPA-VMPCIC-MDR/MC, en dicho instrumento, que se traslada con el Memorando N° 001022-2025-DGPA-VMPCIC/MC, se sustenta, además, la falta de necesidad de llevar a cabo otras actuaciones, dado que el área objeto de retiro y que fue, a su vez, objeto de intervención no tiene contenido cultural ninguno; Que, al respecto, se debe traer a colación que de acuerdo con el numeral 2.2 del artículo 2 del Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, las intervenciones arqueológicas con fi nes preventivos, como son los proyectos de evaluación y de rescate arqueológico, tienen el objeto de identi fi car y mitigar el impacto al patrimonio arqueológico como producto de la ejecución de proyectos productivos, extractivos de servicios y/o de infraestructura; Que, en este orden de ideas, los proyectos de evaluación arqueológica comprenden trabajos de reconocimiento arqueológico con el objeto de identi fi car bienes inmuebles prehispánicos y elementos arqueológicos aislados, además, se realizan labores con fi nes de delimitación, descarte, muestreo y potencialidad mientras que, a través de los proyectos de rescate arqueológico se ejecutan trabajos de excavación, registro, recuperación y restitución de las evidencias arqueológicas. De lo anotado, se advierte que con la ejecución de la intervención se puede establecer si el área tiene algún interés cultural o, por el contrario, aquella no contiene elementos susceptibles de protección, siendo esto último lo suscitado en el caso examinado; Que, producto del análisis y de las conclusiones glosadas, se ha elaborado el Plano Temático PTEM-022-MC_DGPA-DSFL-2025 PSAD 56 que gra fi ca el área a retirar, esto es, el área de 2,980.99 metros cuadrados (0.2981 hectáreas) y un perímetro de 224.12 metros correspondientes al bien inmueble prehispánico Zona Arqueológica Pueblo Nuevo - Muy Finca - Mochumí;