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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (26/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Jueves 26 de junio de 2025 El Peruano / el O fi cio Nº 01343-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal Nº 01208-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante correo electrónico, la Especialista en Logística Militar del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar a la Embajada de los Estados Unidos de América en el Perú informa a la Marina de Guerra del Perú, la realización, entre otros, del Curso para Asesores Alistados de Grado Superior – SENIOR ENLISTED ADVISOR (SEA), a llevarse a cabo del 11 de julio al 25 de setiembre de 2025. Asimismo, comunica la disponibilidad de dos (2) vacantes para el citado curso; Que, con O fi cio Nº 4924/51, la Marina de Guerra del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Técnico 1º Int. Luis Ángel PALPAN MOLINA, identi fi cado con CIP Nº 02970478 y DNI Nº 20053625 y del Técnico 1º Mot. Luis Alberto SEMINARIO CARLIN, identi fi cado con CIP Nº 00994480 y DNI Nº 18153789, para que participen en el referido curso, a realizarse en el Instituto de Cooperación para la Seguridad del Hemisferio Occidental (WHINSEC), en Fort Benning, Georgia, Estados Unidos de América, del 11 de julio al 25 de setiembre de 2025; asimismo, considerando el itinerario de los vuelos internacionales, solicita autorizar su salida del país el 10 de julio y su retorno el 26 de setiembre de 2025, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público; Que, a través del citado documento, la Institución Armada remite el Informe Legal Nº 35-2025/OAL-DGE, la Hoja de Gastos Nº 116-2025, la Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 128-2025, así como las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000001 y Nº 0000000052 que garantizan el fi nanciamiento correspondiente; Que, en la Exposición de Motivos anexada al expediente se señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por cuanto proporcionará herramientas para desarrollar el razonamiento crítico, el pensamiento creativo y la capacidad para tomar decisiones en un foro profesional conjunto, multinacional y multiservicio, a fi n de analizar los problemas basándose en la información disponible, llegar a soluciones y decisiones lógicas con una rapidez razonable, comunicando los razonamientos y las decisiones de manera oral y por escrito, para garantizar una ejecución adecuada; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, mediante el O fi cio Nº 01343-2025-MINDEF/ VPD-DIGRIN e Informe Técnico Nº 265-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior referida en los considerandos precedentes; Que, mediante el Informe Legal Nº 01208-2025-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica;De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Técnico 1º Int. Luis Ángel PALPAN MOLINA y del Técnico 1º Mot. Luis Alberto SEMINARIO CARLIN, para que participen en el Curso para Asesores Alistados de Grado Superior – SENIOR ENLISTED ADVISOR (SEA), a realizarse en el Instituto de Cooperación para la Seguridad del Hemisferio Occidental (WHINSEC), en Fort Benning, Georgia, Estados Unidos de América, del 11 de julio al 25 de setiembre de 2025, así como autorizar su salida del país el 10 de julio y su retorno el 26 de setiembre de 2025. Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos: Lima - Atlanta/Georgia (Estados Unidos de América) - LimaClase económicaUS$ 1,996.74 x 2 personas (Incluye Importe TUUA) US$ 3,993.48 Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero: US$ 5,091.13/31 x 21 días (jul.) x 2 personas US$ 6,897.66US$ 5,091.13 x 1 mes (ago.) x 2 personas US$ 10,182.26US$ 5,091.13/30 x 25 días (set.) x 2 personas US$ 8,485.22 Total a pagar: US$ 29,558.62 Artículo 3.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El personal naval autorizado más antiguo debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6.- El citado personal naval revistará en la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú, por el periodo que dure la misión de estudios en el exterior. Artículo 7.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2412341-1