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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (26/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Jueves 26 de junio de 2025 El Peruano / Que, en la parte inferior del atuendo, las autoridades mujeres llevan una amplia pollera en tonalidad guinda que hace alusión a la protección de las familias y la abundancia en la agricultura. Además, para asegurar la sujeción de sus trenzas, las taykas utilizan una q’anachanka de color negro, que se caracteriza por presentar dos terminaciones. El lado derecho se asocia con los cabildos Huancollo (jila yoqalla) y Chambilla (sulka yoqalla) y el lado izquierdo con los cabildos Mucho (jila imilla) y Ayanca (sulka imilla). En el centro de la q’anachanka, se encuentra un tejido distintivo adornado con pequeñas borlas, el cual representa la unidad de los cuatro cabildos de Juli. Esta prenda posee una connotación cultural y simbólica de carácter sagrado para las mujeres; Que, una de las principales funciones de los awkis y las taykas es la administración de justicia. Para el cumplimiento de este fi n disponen de una o fi cina donde se presentan y abordan diversos casos tales como confl ictos relacionados con la propiedad de la tierra, robos y faltas de respeto. Las medidas adoptadas se registran en un cuaderno especí fi co y en ocasiones en el libro de actas correspondiente a la autoridad. Asimismo, se imponen sanciones o multas a los infractores involucrados. Únicamente, los casos muy graves son remitidos, bajo informe, a autoridades externas a la comunidad de lo contrario, se resuelven en asamblea general comunal; Que, según los acuerdos de cada cabildo, hay ciertos casos que no forman parte de la competencia de los awkis y las taykas; estos incluyen situaciones de violencia familiar, disputas sobre los límites de la tierra y casos en los que el ganado invade parcelas o pastos ajenos. Cabe resaltar el principio comunitario que rige en las localidades, según el cual las problemáticas internas no se exponen ante instancias públicas externas, su resolución corresponde exclusivamente al ámbito de la comunidad. Es importante indicar que los awkis y las taykas deben poseer ciertas cualidades fundamentales para la impartición de justicia, tales como: criterio sólido, imparcialidad, capacidad para comprender la gestión de con fl ictos y habilidad para basarse en pruebas concretas; Que, según el Plan de salvaguardia propuesto en el expediente técnico, se identi fi can cuatro amenazas que podrían afectar el desarrollo de la expresión cultural a largo plazo. En primera instancia, se indica que existe un creciente desinterés de la juventud por la organización tradicional de las autoridades originarias. Para ello, se propone como medida de salvaguardia la realización de talleres de capacitación y sensibilización en instituciones educativas de distintos niveles. Por otro lado, se evidencia poca investigación acerca de la expresión cultural. Al respecto, se plantea la publicación de libros y videos, así como la realización de concursos de poesía y cuentos que incentiven una aproximación al sistema de organización tradicional de las autoridades originarias; Que, en tercera instancia, se comenta como amenaza la pérdida de la indumentaria tradicional de los awkis y las taykas. En este escenario, se propone su recuperación a través del desarrollo de talleres de capacitación. Por último, se indica que existe poco interés en conocer y mantener la expresión cultural, por parte de las autoridades distritales, provinciales, regionales y nacionales. Al respecto se plantea como medida la realización de talleres y sensibilización con las autoridades del distrito, la provincia y el departamento. Este es un trabajo que busca desarrollarse de manera conjunta con la Municipalidad Provincial de Chucuito-Juli, la UGEL de Chucuito-Juli, los cuatro cabildos y la Universidad Nacional del Altiplano - Puno, entre otras instituciones y organizaciones; Que, el Sistema de organización de autoridades originarias de los cuatro cabildos (Huancollo, Chambilla, Mucho y Ayanca) del distrito de Juli ubicado en la provincia de Chucuito, departamento de Puno, mantiene viva la memoria histórica asociada a los jilacatas y curacas, autoridades prehispánicas vinculadas a la antigua sociedad Lupaca; fomenta y fortalece el liderazgo y la autonomía de los sistemas de autoridades tradicionales en la región andina; preserva los sentidos de administración de justicia ancestrales del pueblo indígena aimara; y mantiene prácticas culturales dedicadas al cuidado del territorio y los recursos naturales en las comunidades campesinas. Que, en el Informe Nº 000026-2025-DPI-DGPC- VMPCIC-MJD/MC se detallan las características, la importancia, el valor, alcance y signi fi cado del Sistema de organización de autoridades originarias de los cuatro cabildos (Huancollo, Chambilla, Mucho y Ayanca) del distrito de Juli ubicado en la provincia de Chucuito, departamento de Puno, motivo por el cual dicho informe constituye parte integrante de la resolución y se adjunta como anexo, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Con los vistos de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Dirección Desconcentrada de Cultura Puno y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y la Directiva para la declaratoria de las manifestaciones de patrimonio cultural inmaterial y de la obra de grandes maestros, sabios y creadores como Patrimonio Cultural de la Nación y declaratoria de interés cultural, aprobada por Resolución Ministerial N° 338-2015-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al Sistema de organización de autoridades originarias de los cuatro cabildos (Huancollo, Chambilla, Mucho y Ayanca) del distrito de Juli, ubicado en la provincia de Chucuito, departamento de Puno. Artículo 2.- Encargar a la Dirección Desconcentrada de Cultura Puno, en coordinación con la comunidad de portadores, la elaboración cada cinco años de un informe detallado sobre el estado de la expresión, de modo que el registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudiesen surgir en su vigencia y otros aspectos relevantes a efectos de realizar el seguimiento institucional de su desenvolvimiento y salvaguardia de ser el caso. Artículo 3.- Disponer la publicación de la resolución en el diario o fi cial “El Peruano” así como su difusión en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) con el Informe Nº 000026-2025-DPI-DGPC-VMPCIC-MJD/MC. Artículo 4.- Comunicar la resolución y el Informe Nº 000026-2025-DPI-DGPC-VMPCIC-MJD/MC a la Dirección Desconcentrada de Cultura Puno y noti fi carlas a la Municipalidad Distrital de Chucuito y a los Tenientes Gobernadores de los Cabildos de Huancollo, de Chambilla, de Ayanca y de Mucho. Regístrese, comuníquese y publíquese. MOIRA ROSA NOVOA SILVA Viceministra de Patrimonio Culturale Industrias Culturales 2412685-1 DEFENSA Autorizan viaje de personal de la Marina de Guerra del Perú a los Estados Unidos de América, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00750-2025-DE Lima, 20 de junio del 2025 VISTOS:El O fi cio Nº 4924/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú;