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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2025 (01/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Sábado 1 de marzo de 2025 El Peruano / 8.2 Fase de Implementación de las mejoras, la cual comprende lo siguiente: a) Elaboración y aprobación del Plan de Implementación. b) Implementación de mejoras.c) Elaboración del informe de implementación de las mejoras de los procesos identi fi cados y priorizados. Artículo 9.- Mejora continua de la prestación de servicios 9.1 De manera anual, las EPS identi fi can oportunidades de mejora en la prestación de los servicios, con el propósito de optimizar su desempeño. La implementación de los SGC empieza dentro de los primeros quince (15) días hábiles del mes de enero de cada año, iniciando con la Fase de Identi fi cación de los procesos sujetos a implementación de los SGC, conforme a lo establecido en el presente Reglamento. 9.2 El Directorio evalúa continuamente la e fi cacia de los SGC mediante la revisión de implementación del Plan de Implementación, lo que permite monitorear el desempeño de los procesos y servicios. Artículo 10.- Fortalecimiento de capacidades en el ciclo de mejora continua El OTASS fortalece las capacidades de las EPS en todas las fases de la implementación de los SGC, conforme a los plazos establecidos en las “Consideraciones para la implementación progresiva de los Sistemas de Gestión de Calidad para las Empresas Prestadoras de Servicios de Agua Potable y Saneamiento”, con la fi nalidad de contribuir a la mejora de la gestión y administración de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento. Artículo 11.- Incentivos para la implementación de las normas de calidad El MVCS, en el ámbito de su competencia, promueve la aplicación de los SGC, con la fi nalidad de alcanzar la mejora de la calidad de los servicios de agua potable y saneamiento. Las EPS que implementen los SGC son priorizadas para: a) La condonación íntegra o parcial del capital de las deudas subrogadas, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1359, Decreto Legislativo que establece medidas para el saneamiento fi nanciero sobre las deudas de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento, y su reglamento, o norma que lo sustituya. b) Transferencias fi nancieras condicionadas, en el marco del esquema de fortalecimiento de capacidades para la mejora de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento. c) Otros supuestos que se dispongan por resolución ministerial. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Emisión de normas complementarias El MVCS, mediante Resolución Ministerial, aprueba la normativa complementaria necesaria para la aplicación e implementación del presente Reglamento. Segunda.- Aplicación a prestadores excepcionales Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento, referidas a las EPS, se aplican a los prestadores regulados en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final del TUO de la Ley del Servicio Universal. Tercera.- Normas Técnicas Peruanas aprobadas por Inacal El Inacal facilita la difusión y el acceso a las EPS y al público en general a la relación de Normas Técnicas Peruanas adoptadas de las normas ISO 9000, ISO 9001 e ISO 9004, que hayan sido aprobadas por dicha entidad.Cuarta.- Certifi cación en normas de los Sistemas de Gestión de Calidad Las EPS pueden realizar las acciones necesarias para contratar a una empresa certi fi cadora acreditada por el Inacal, que se encargue de la certi fi cación de las normas de SGC, sin que ello implique la solicitud de recursos adicionales. 2376332-3 Designan Directora de la Oficina de Planeamiento y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 058-2025- VIVIENDA Lima, 27 de febrero de 2025 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la Ofi cina de Planeamiento y Modernización de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora JESSICA PAOLA VILCHEZ VILLANUEVA, en el cargo de Directora de la O fi cina de Planeamiento y Modernización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2376010-1 Modifican la R.M. N° 064-2019-VIVIENDA, que crea la Comisión Sectorial de naturaleza temporal encargada de elaborar y presentar la(s) propuesta(s) para el ejercicio de la subrogación facultativa, regulada en el Reglamento del Título III del Decreto Legislativo N° 1359, que establece medidas para el saneamiento financiero sobre las deudas de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento, aprobado mediante D.S. N° 017-2018-VIVIENDA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 059-2025- VIVIENDA Lima, 28 de febrero de 2025 VISTOS: La Nota N° 104-2025-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento (DGPRCS), el Informe