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13 NORMAS LEGALES Lunes 3 de marzo de 2025 El Peruano / Aprueban el “Plan de Trabajo 2025 de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena” Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000079-2025-CE-PJ Lima, 28 de febrero del 2025 VISTO:El O fi cio N° 000021-2025-JMCV-CE-PJ cursado por el señor Consejero Johnny Manuel Cáceres Valencia, en su condición de Consejero Responsable de la Justicia de Paz y Justicia Indígena. CONSIDERANDO:Primero. Que, la O fi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz y a la Justicia Indígena, es el órgano de línea del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial encargado de la formulación, plani fi cación, gestión, ejecución y evaluación de las actividades que ejecuta el Poder Judicial para el desarrollo y fortalecimiento de la Justicia de Paz en el país, con arreglo a las políticas y planes que apruebe el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a su propuesta; así como de diseñar, promover, impulsar y sistematizar las acciones de coordinación entre la jurisdicción ordinaria, la jurisdicción de paz, la jurisdicción especial, acorde con lo establecido por el artículo 149 de la Constitución Política del Estado. Segundo. Que, el señor Consejero Johnny Manuel Cáceres Valencia, en su condición de Consejero Responsable de la Justicia de Paz y Justicia Indígena, mediante O fi cio N° 000021-2025-JMCV-CE-PJ, remite a este Órgano de Gobierno el Plan de Trabajo 2025 de la Ofi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, en el que se detallan las actividades a desarrollar durante el presente año judicial. Tercero. Que el mencionado plan de trabajo propone llevar a cabo actividades orientadas al fortalecimiento de los Juzgados de Paz y de los jueces y juezas de paz. Esto incluye, por un lado, el desarrollo de conocimientos y capacidades de estos operadores, con el objetivo de garantizar un servicio de administración de justicia efi ciente y adecuado para la población. Asimismo, contempla el fortalecimiento logístico y la mejora de la capacidad institucional de los Juzgados de Paz, contribuyendo así a enaltecer la imagen del Poder Judicial a nivel nacional. Cuarto. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por lo que siendo así y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente la aprobación del referido documento; con cargo a la disponibilidad presupuestal. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 327-2025 de la décima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 24 de febrero de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el “Plan de Trabajo 2025 de la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena”; con cargo a la disponibilidad presupuestal. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial emita las medidas pertinentes, para la ejecución del referido plan de trabajo.Artículo Tercero.- Publicar la presente resolución y el documento aprobado, en el Portal Institucional del Poder Judicial (www.pj.gob.pe), para su difusión y cumplimiento. Artículo Cuarto.- Notifi car la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, O fi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz y a la Justicia Indígena, Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JANET TELLO GILARDI Presidenta 2376304-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Disponen la publicación del proyecto de Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, y de su exposición de motivos RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000021-2025-JN/ ONPE Lima, 1 de marzo de 2025VISTOS: El Informe N° 000107-2025-GSFP/ONPE de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios; el Proveído N° 000337-2025-GG/ONPE; y el Informe N° 000076-2025-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:La O fi cina Nacional de Procesos Electorales (en adelante, la ONPE) es un organismo constitucionalmente autónomo, que cuenta con personería jurídica de derecho público interno y goza de atribuciones en materia técnica, administrativa, económica y fi nanciera, siendo la autoridad máxima en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Mediante la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas y sus modi fi catorias (en adelante, la LOP), se encarga a la ONPE, entre otros, la fi scalización del cumplimiento del uso del fi nanciamiento público directo; la veri fi cación y el control externos de la actividad económica- fi nanciera de las organizaciones políticas; la supervisión de la información fi nanciera de los aportes, ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña electoral de las organizaciones políticas y personas candidatas; y la distribución de la franja electoral; En atención a lo anterior, con fecha 31 de enero de 2025, se publicó en el diario o fi cial El Peruano la Ley N° 32254, “Ley que modi fi ca la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas, a fi n de restituir el fi nanciamiento privado de personas jurídicas y dictar disposiciones para el empleo del fi nanciamiento público”; A mayor ahondamiento, la precitada ley modi fi ca los artículos 29, 30 y 31 de la LOP, referidos al