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63 NORMAS LEGALES Jueves 6 de marzo de 2025 El Peruano / P0120110 cuenta con una super fi cie aproximada de 109,454.78 m2 y se encuentra conformada por 26 (Veintiséis) manzanas y 403 (Cuatrocientos tres) lotes. En ese sentido, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro presenta la propuesta de Ordenanza que aprueba la numeración municipal de la Cooperativa de Vivienda Albino Herrera Ltda. 513, así como sus planos. Esta iniciativa va a permitir generar un reordenamiento y planeamiento territorial, facilitar la identi fi cación y ubicación de direcciones; Que, mediante Informe N° 334-2024-MPC/OGAJ de fecha 29 de octubre de 2024, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que la propuesta de Ordenanza Municipal cumple con los requisitos contenidos en la Resolución Directoral N° 011-2021-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU, por lo que emite opinión legal favorable; Que, la Comisión de Población y Desarrollo Urbano, a través del Dictamen N° 004-2025-MPC-SR- COPODUN de fecha 29 de enero de 2025, recomienda al Concejo Municipal Provincial del Callao se apruebe la propuesta de Ordenanza Municipal en cuestión, disponiendo se eleve al Pleno del Concejo para su pronunciamiento; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 inciso 8), así como en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N°27972, el Concejo Municipal, por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA NUMERACIÓN MUNICIPAL DE LA COOPERATIVA DE VIVIENDA ALBINO HERRERA LTDA. 513 Artículo 1.- APROBAR la Numeración Municipal de la Cooperativa de Vivienda Albino Herrera Ltda. 513 del distrito del Callao, la cual se detalla en los siguientes documentos anexos: • “Plano General de la Numeración Municipal para la Cooperativa de Vivienda Albino Herrera Ltda. 513”, con Código de Plano Nº 25-2024/MPC-GDU-SGPUC-PR y Número de Lámina 1/1 • “Plano de Numeración Municipal Exterior para la Cooperativa de Vivienda Albino Herrera Ltda. 513” con escala 1/500, con Código de Plano Nº26-2024/MPC-GDU-SGPUC-PR y Número de Lámina 1/8 al 8/8. • Anexo Nº01 “Numeración Municipal Exterior para Puertas Principales de la Cooperativa de Vivienda Albino Herrera Ltda. 513” • Anexo Nº02 “Numeración Municipal Exterior para Puertas Secundarias de la Cooperativa de Vivienda Albino Herrera Ltda. 513” Artículo 2.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano y demás áreas competentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, así como su inscripción en Registros Públicos y las demás acciones correspondientes con arreglo a Ley. Artículo 3.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo Municipal, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Telecomunicación su publicación y la de sus anexos en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial del Callao (www.gob.pe/municallao). Artículo 4.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla.PEDRO SPADARO PHILIPPS Alcalde GEORGE VICTOR COLLANTES FERNANDEZ Secretario General del Concejo Municipal 2377031-1Ordenanza Municipal que aprueba la Numeración Municipal de la Urbanización INRESA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2025/MPC Callao, 27 de febrero de 2025 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha, el Dictamen N° 005-2025-MPC-SR-COPODUN de fecha 29 de enero de 2025 de la Comisión de Población, Desarrollo Urbano y Nomenclatura, y sus antecedentes; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194 modi fi cado por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 3.4 del artículo 79 de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que son funciones especí fi cas exclusivas de las municipalidades disponer la nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques, plazas, y la numeración predial; Que, mediante la Resolución Directoral N° 011-2021-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU se aprueban los Lineamientos para la Nomenclatura Vial y Numeración Municipal, que tiene por fi nalidad establecer un instrumento técnico que permita mejorar la identi fi cación de lugares, ahorrar tiempo, mejorar la productividad y plani fi car la ciudad; utilizando como herramienta técnica principal el Reglamento de la Norma Técnica para Numeración Municipal y Nomenclatura Vial a los Gobiernos Locales a nivel Nacional, mediante la estandarización de procedimientos, que incluye el registro e identi fi cación de predios; Que, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, a través de los Informes N° 153-2024/MPC-GDU-SGPUC-ECFD de fecha 21 de mayo de 2024, N° 191-2024-MPC- GDU-SGPUC-AEBC de fecha 18 de diciembre de 2024, N° 175-2024-MPC/GDU-SGPUC-CMVA de fecha 19 de diciembre 2024 y N° 978-2024/MPC-GDU-SGPUC de fecha 26 de diciembre de 2024, señala que se ha identi fi cado que la Urbanización INRESA no cuenta con numeración municipal adecuada para los fi nes de ubicación rápida de los predios por parte de propios, visitantes e instituciones públicas y privadas, por lo tanto se han llevado a cabo actividades que van a permitir concretar la Campaña de numeración municipal en la mencionada Urbanización; Que, asimismo, se ha identi fi cado que la zona inscrita en la Partida Registral N° 70201161 cuenta con una super fi cie aproximada de 51,669.40 m2 y se encuentra conformada por 05 (Cinco) manzanas y 144 (Ciento Cuarenta y Cuatro) lotes. En ese sentido, presenta la propuesta de Ordenanza Municipal que aprueba la numeración municipal de la Urbanización INRESA, así como sus planos. Esta iniciativa va a permitir generar un reordenamiento y planeamiento territorial, facilitar la identi fi cación y ubicación de direcciones; Que, mediante Informe N° 015-2025-MPC/OGAJ de fecha 10 de enero de 2025, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que la propuesta de Ordenanza Municipal cumple con los requisitos contenidos en la Resolución Directoral N° 011-2021-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU, por lo que emite opinión legal favorable; Que, la Comisión de Población y Desarrollo Urbano, a través del Dictamen N° 005-2025-MPC-SR-COPODUN