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57 NORMAS LEGALES Jueves 6 de marzo de 2025 El Peruano / a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento RE- 004-DRE/001 “Emisión de Padrones de Electores para Elecciones Primarias”, primera versión, propuesto por la Dirección de Registro Electoral, que en anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Registro Electoral el cumplimiento de lo dispuesto y a la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización la difusión del contenido de la presente Resolución. Artículo Tercero.- La presente Resolución Jefatural se publica en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional de la entidad (www.gob.pe/reniec) y su anexo en el portal institucional de la entidad (www.gob.pe/reniec). Regístrese, publíquese y cúmplase.CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional 2377591-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA del Gobierno Regional de Cusco ORDENANZA REGIONAL Nº 262-2024-CR/GRC POR CUANTOEl Consejo Regional de Cusco en la trigésimo séptima sesión extraordinaria celebrada el día lunes treinta de diciembre del dos mil veinticuatro, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; y demás Normas Complementarias; CONSIDERANDOQue, el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el Articulo Único de la Ley Nº 30305 señala que los Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales que emanan de la voluntad popular son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Autonomía que es delimitada, por el artículo 8 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización , como el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia, así mismo , la ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en su artículo 2 señala que , los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política administrativa y económica en asuntos de su competencia y constituye un Pliego Presupuestal para su administración económica y fi nanciera; Que, el Articulo 13 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 29053, señala que: “El consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. (…)”. Además, el literal a) del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional. En el Artículo 38º señala que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Una vez aprobadas por el Consejo Regional son remitidas al Gobernador Regional para su promulgación en un plazo de 10 días naturales; y, el Artículo 45º establece que las funciones generales de los Gobiernos Regionales se ejercerán con sujeción al ordenamiento jurídico establecido por la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases de Descentralización y demás Leyes de la República y el Literal a) del Artículo acotado, señala que es función normativa y reguladora del Gobierno Regional, la elaboración y aprobación de normas de alcance regional, regulando los servicios de su competencia en concordancia con el Artículo 4º Literales a) y b) de la Ley Nº 27902, Ley que modi fi ca la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2021-PCM se aprobó procedimientos administrativos estandarizados cuya competencia es de los gobiernos regionales; Que, a través de la Ordenanza Regional Nº 176- 2020-CR/GR CUSCO, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 09 de octubre del año 2020, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Cusco y mediante la Resolución Gerencial General Regional Nº 320-2020-GR CUSCO/GGR, de fecha 02 de octubre del año 2020, se aprueba el plan de implementación del Reglamento de Organización y Funciones, donde se establecen procedimientos y actividades que se tienen que llevar a cabo para dicha implementación, en las cuales está la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos; Que, mediante la Ordenanza Regional Nº 117- 2016- CR/GRC CUSCO, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 11 de febrero del 2017, se aprobó el “Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Gobierno Regional de Cusco”, como instrumento normativo y de gestión que regula el trámite de los usuarios o administrados a través de los servicios que presta el Gobierno Regional de Cusco, la misma que fue modi fi cada a través de la Ordenanza Regional Nº 206-2021-CR/GR CUSCO, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 02 de enero del año 2022, se aprobó la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA del Gobierno Regional de Cusco, como consecuencia de la incorporación de 72 procedimientos administrativos estandarizados, 01 servicio prestado en exclusividad estandarizado y 02 servicios prestados en exclusividad; nuevamente modi fi cada a través de la Ordenanza Regional Nº 215-2022-CR/GR CUSCO, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 2 de septiembre del año 2022, se aprobó la segunda modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA del Gobierno Regional de Cusco, como consecuencia de la incorporación de 88 procedimientos administrativos estandarizados y la eliminación de 30 procedimientos administrativos, fi nalmente, modi fi cada por el Decreto Regional Nº 007-2022-GR CUSCO/GR, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 27 de enero del año 2023, se aprobó la tercera modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA del Gobierno Regional de Cusco, como consecuencia de la eliminación de 208 procedimiento administrativos y 28 servicios prestados en exclusividad, la cuarta modi fi cación del TUPA fue mediante el Decreto Regional Nº 002-2024-GR CUSCO/ GR que aprobó la eliminación de (05) cinco procedimientos administrativos a cargo de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental, la quinta modi fi cación al TUPA fue con Ordenanza Regional Nº 253-2024-CR/GRC mediante el cual se incorporó nueve (09) procedimientos administrativos, cuatro (04) servicios prestados en exclusividad y se modi fi có un (01) procedimiento administrativo a cargo de la Gerencia Regional de Agricultura, fi nalmente la última modi fi cación al TUPA fue con la Ordenanza Regional Nº 254-2024-CR/GRC que aprobó la modi fi cación de nueve (09) procedimientos administrativos, y la incorporación de (03) tres procedimientos administrativos y un (01) servicio