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47 NORMAS LEGALES Jueves 6 de marzo de 2025 El Peruano / Es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales relacionados con su fi nalidad y funciones; La Gerencia de Operaciones Internacionales tiene entre sus objetivos administrar e fi cientemente las reservas internacionales y velar por el fi el cumplimiento de las obligaciones externas del Banco; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N°27619, su Reglamento, el Decreto Supremo N°047-2002-PCM y sus normas modi fi catorias y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión del 6 de febrero de 2025; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior del señor Marcelo Alejandro Rondoy López, Especialista en Gestión de Portafolios Líquidos de la Gerencia de Operaciones Internacionales, del 7 al 10 de abril de 2025, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América y el pago de los gastos no cubiertos por la entidad organizadora, a fi n de que participe en el evento indicado en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasajes US$ 990,53 Viáticos US$ 1 865,00 TOTAL US$ 2 855,53 Artículo 3°.- Esta resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 2373653-1 DEFENSORIA DEL PUEBLO Autorizan viaje del Defensor del Pueblo a Suiza, en comisión de servicios, y encargan la atención del Despacho Defensorial a la Defensora Adjunta General RESOLUCIÓN DEFENSORIAL N° 0002-2025/DP Lima, 17 de febrero de 2025VISTO:El Informe N° 0073-2025-DP/OGAJ emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y sus antecedentes, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con los artículos 161° y 162° de la Constitución Política del Perú se constituye la Defensoría del Pueblo como Organismo Constitucionalmente Autónomo y se asignan sus funciones mediante la Ley N° 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y sus modi fi catorias; y, mediante Resolución Defensorial N° 0021-2024/DP se aprueba su Reglamento de Organización y Funciones; Que, Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, disponen que las resoluciones que autoricen viajes al exterior de la República serán debidamente sustentadas en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, deberán indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje y el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac, y deberán publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, en ese sentido, con el Informe N° 0073-2025- DP/OGAJ, de fecha 17 de febrero de 2025, en atención a lo comunicado a través de los Memorandos N° 0005-2025-DP/GAB y N° 0088-2025-DP/OGAF, y el Informe N° 0063-2025-DP/OGGDH, la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que “(…) resulta de interés institucional que se emita el acto resolutivo que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, al Defensor del Pueblo del 08 al 13 de marzo de 2025, considerando el itinerario del viaje, inclusive, a la ciudad de Ginebra - Suiza, para participar -como máximo representante de la Entidad- en la Reunión Anual de la GANHRI 2025, cuyo objetivo central será sobre los Derechos Humanos de las Mujeres y las Niñas: La promoción de la igualdad de género y el papel de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos; entre otros. Los gastos serán fi nanciados, con cargo al Pliego Presupuestal de la Defensoría del Pueblo, por la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios, según el siguiente detalle: - Viáticos Internacionales US$ 2,374.00 dólares americanos (equivalente a S/ 8,812.29 Soles aproximadamente).- Pasajes Internacionales US$ 2,700.00 dólares americanos (equivalente a S/. 10,800.00 Soles aproximadamente); precisándose que, por motivos de transporte aéreo a la ciudad de Ginebra, se está considerando el viaje, a partir del día 08 de marzo del 2025 y el retorno de la comisión del servicio el día 13 de marzo del 2025. En ese sentido, en tanto dure la ausencia del Titular, el Despacho Defensorial deberá ser encargado a la Defensora Adjunta General, en cumplimiento de lo establecido en el primer párrafo del artículo 14° del Reglamento de Organización y Funciones vigente.”; Con los visados de la O fi cina General de Gestión y Desarrollo Humano, de la O fi cina General de Administración y Finanzas, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General, y; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7° y los literales d) y q) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado por Resolución Defensorial N° 0021-2024/DP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Defensor del Pueblo, señor Josué Manuel GUTIÉRREZ CÓNDOR, a la ciudad de Ginebra - Suiza del 08 al 13 de marzo de 2025, considerando el itinerario del viaje, inclusive, para participar en la Reunión Anual de la GANHRI 2025. Artículo Segundo.- Los gastos serán fi nanciados con cargo al Pliego Presupuestal de la Defensoría del Pueblo, por la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios, según el siguiente detalle: - Viáticos Internacionales US$ 2,374.00 dólares americanos (equivalente a S/ 8,812.29 Soles aproximadamente).- Pasajes Internacionales US$ 2,700.00 dólares americanos (equivalente a S/. 10,800.00 Soles aproximadamente). La presente Resolución no libera ni exonera de impuestos o de derechos, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo Tercero.- ENCARGAR la atención del Despacho Defensorial a la abogada Rina Karen RODRÍGUEZ LUJÁN, Defensora Adjunta General de la Defensoría del Pueblo, a partir del 08 al 13 de marzo de 2025 y/o en tanto dure la ausencia del Defensor del Pueblo. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Defensoría del Pueblo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSUÉ MANUEL GUTIÉRREZ CÓNDOR Defensor del Pueblo 2376641-1