TEXTO PAGINA: 48
48 NORMAS LEGALES Jueves 6 de marzo de 2025 El Peruano / FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DEFENSORIAL N° 0002-2025/DP A solicitud de la Defensoría del Pueblo, se publica Fe de Erratas de la Resolución Defensorial Nº 0002-2025/DP. - En el tercer considerando; DICE: “(…) Los gastos serán fi nanciados, con cargo al Pliego Presupuestal de la Defensoría del Pueblo, por la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios, según el siguiente detalle: - Viáticos Internacionales US$ 2,374.00 dólares americanos (equivalente a S/ 8,812.29 Soles aproximadamente).- Pasajes Internacionales US$ 2,700.00 dólares americanos (equivalente a S/. 10,800.00 Soles aproximadamente); (…)”; DEBE DECIR: “(…) Los gastos serán fi nanciados, con cargo al Pliego Presupuestal de la Defensoría del Pueblo, por la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios, según el siguiente detalle: - Viáticos Internacionales US$ 2,700.00 dólares americanos (equivalente a S/. 10,800.00 Soles aproximadamente).- Pasajes Internacionales US$ 2,374.00 dólares americanos (equivalente a S/ 8,812.29 Soles aproximadamente); (…)”; - En el Artículo Segundo; DICE: “Artículo Segundo.- Los gastos serán fi nanciados con cargo al Pliego Presupuestal de la Defensoría del Pueblo, por la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios, según el siguiente detalle: - Viáticos Internacionales US$ 2,374.00 dólares americanos (equivalente a S/ 8,812.29 Soles aproximadamente).- Pasajes Internacionales US$ 2,700.00 dólares americanos (equivalente a S/. 10,800.00 Soles aproximadamente). La presente Resolución no libera ni exonera de impuestos o de derechos, cualquiera sea su clase o denominación.” DEBE DECIR: “Artículo Segundo.- Los gastos serán fi nanciados con cargo al Pliego Presupuestal de la Defensoría del Pueblo, por la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios, según el siguiente detalle: - Viáticos Internacionales US$ 2,700.00 dólares americanos (equivalente a S/. 10,800.00 Soles aproximadamente).- Pasajes Internacionales US$ 2,374.00 dólares americanos (equivalente a S/ 8,812.29 Soles aproximadamente). La presente Resolución no libera ni exonera de impuestos o de derechos, cualquiera sea su clase o denominación.” 2376649-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de Piura para participar en evento académico que se realizará en España UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 003-CU-2025 Piura, 23 de enero de 2025 VISTO: El Expediente Nº 000014-3902-25-2 del 17 de enero de 2025, el Med. Vet. Adrián Guzmán Zegarra, Decano de la Facultad de Zootecnia de la Universidad Nacional de Piura, que contiene el Documento S/N del 12.Dic.2024, Certi fi cado del 12.Dic.2024, O fi cio Nº 0050-2025-D.FAZ- UNP, del 16.Ene.2025, O fi cio Nº 207-AE-URH-UNP-2025, del 21.Ene.2025, Informe Nº 70-2025-OCAJ-UNP, del 22.Ene.2025, O fi cio Nº 041-OCRI-UNP-2025, del 04.Feb.2025, Informe Nº 0199-2025-UP-OPYPTO-UNP, del 28.Feb.2025; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, prescribe: “(…) Cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes (…)”; Que, mediante Ley Nº 13531 del 03.Mar.1961, fue creada la Universidad Nacional de Piura, cuya sede está ubicada en el Distrito de Castilla, Departamento de Piura, cuyos fi nes se encuentran estipulados en el Artículo 8º del Estatuto de la Universidad Nacional de Piura, Aprobado en Sesión Plenaria de Asamblea Estatutaria del 13.Oct.2014 (Ley Nº 30220 - Ley Universitaria); Que, el Artículo 8º de la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, prescribe: “(…) La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable (…)”; asimismo, los numerales 8.4 Administrativo, implica la potestad autodeterminativa para establecer los principios, técnicas y prácticas de sistemas de gestión, tendientes a facilitar la consecución de los fi nes de la institución universitaria, incluyendo la organización y administración del escalafón de su personal docente y administrativo y 8.5 Económico, implica la potestad autodeterminativa para administrar y disponer del patrimonio institucional, así como para fi jar el destino de sus recursos propios directamente recaudados, mani fi esta los regímenes de su autonomía; Que, en atención al Documento S/N de fecha 12 de diciembre de 2024, que presenta la M.V. Graciela Isabel Choquehuanca Alonso, Docente del Dpto. Académico Salud Animal de la Facultad de Zootecnia, se dirige al Director del Departamento de Sanidad Animal de la FAZ, con la fi nalidad de solicitarle la licencia con goce de haber y el apoyo económico para poder cubrir pasajes, alimentación, hospedaje y viáticos por cuarenta y cinco (45) días (del 25 de febrero al 10 de abril del 2025), para asistir a la parte práctica del programa MASTER OFICIAL UNIVERSITARIO EN ENDOSCOPIA Y CIRUGÍA DE MÍNIMA INVASIÓN EN PEQUEÑOS ANIMALES (CEYCMI), impartido en el Centro de Cirugía de Mínima Invasión “Jesús Usón”, de Cáceres, como Centro Universitario Adscrito a la Universidad de Extremadura - España que vengo realizando, el cual se llevará a cabo desde el día 03 de marzo al 04 de abril del 2025 en el “Centro de Cirugía de Mínima Invasión Jesús Usón” ubicado en la ciudad de Cáceres – España. Que, mediante el Certi fi cado de fecha 12 de diciembre de 2024, emitido por el Centro de Cirugía Mínima Invasión, señala que la Dª. Graciela Isabel Choquehuanca Alonso, está matriculada en esta actividad formativa, en su 9ª edición, correspondiente al curso académico 2024-2025, comprendido entre septiembre de 2024 y junio de 2025, y cuya parte práctica se realiza en el “Centro de Cirugía de Mínima Invasión” desde el día 03 de marzo de 2025 hasta el día 04 de abril de 2025. Que, mediante el O fi cio Nº 0050-2025-D-FAZ-UNP, del 16.Ene.2025, el Decano de la Facultad de Zootecnia, se dirige al Titular del Pliego de la Universidad Nacional de Piura, con la fi nalidad de transcribirle textualmente lo siguiente: (…) que, en atención al documento de la referencia, el director del Dpto. Acad. de Salud Animal, comunica el acuerdo adoptado en sesión ordinaria, del 16 de diciembre del 2024, que por unanimidad acordó: “SOLICITAR AL SEÑOR DECANO SOMETA A CONSEJO DE FACULTAD LA SOLICITUD DE LA MED, VET. GRACIELA ISABEL CHOQUEHUANCA ALONSO, PARA ASISTIR A LA PARTE PRÁCTICA DEL “MASTER