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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MARZO DEL AÑO 2025 (06/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Jueves 6 de marzo de 2025 El Peruano / Artículo 3.- Funciones La Comisión Multisectorial tiene las funciones siguientes: a. Emitir informes técnicos sobre la organización, cédula censal y estrategia operativa de los Censos Nacionales 2025: XIII de Población, VIII de Vivienda y IV de Comunidades Indígenas, proponiendo recomendaciones sobre acciones y medidas que permitan mejorar la ejecución del proceso censal. b. Emitir el informe técnico fi nal sobre el desarrollo y resultados de los Censos Nacionales 2025: XIII de Población, VIII de Vivienda y IV de Comunidades Indígenas. Artículo 4.- Designación de representantes alternos 4.1. Los representantes titulares detallados en el numeral 2.1 del artículo 2 designan a sus representantes alternos, mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial, dentro del plazo máximo de diez (10) días calendario, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Suprema en el diario o fi cial El Peruano. 4.2. El Comité Técnico Interinstitucional sobre Estadísticas de Etnicidad designa a sus representantes, titular y alterno, en el mismo plazo y siguiendo el procedimiento establecido en el numeral precedente. 4.3. Los miembros alternos designados deben ser funcionarios que cuenten con plena capacidad para tomar decisiones en relación a la entidad que representan. Artículo 5.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial está a cargo de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas del Instituto Nacional de Estadística e Informática, encargada de brindar el apoyo técnico y administrativo a la Comisión Multisectorial para el cumplimiento de sus funciones. Artículo 6.- Participación de otras entidades públicas o privadas La Comisión Multisectorial, previo acuerdo de sus integrantes, puede convocar la participación, en calidad de invitados, a representantes de entidades públicas, privadas, gremios empresariales y profesionales de la academia, para que colaboren con el cumplimiento del objeto y funciones de la Comisión Multisectorial. Artículo 7.- Aprobación del reglamento interno7.1. Dentro del plazo de quince (15) días calendario siguientes a su instalación, la Comisión Multisectorial propone su Reglamento Interno al Instituto Nacional de Estadística e Informática para su aprobación, mediante Resolución Jefatural. 7.2. El Reglamento Interno establece la forma en que se realizan las convocatorias a las sesiones, el quórum necesario para su realización, y demás disposiciones para su correcto desarrollo y organización. Artículo 8.- Financiamiento El funcionamiento de la Comisión Multisectorial se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de cada uno de los pliegos que lo conforman. Artículo 9.- Instalación La Comisión Multisectorial se instala en el plazo máximo de quince (15) días calendario, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Suprema en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 10.- Período de vigencia La Comisión Multisectorial tiene un período de vigencia de dieciocho (18) meses contados a partir del día siguiente de su instalación. Artículo 11 .- Publicación La presente Resolución Suprema es publicada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), así como en las sedes digitales de las entidades cuyos titulares la refrendan, el mismo día de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Artículo 12.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro de Defensa, el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro del Interior, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, el Ministro de Educación, el Ministro de Salud, el Ministro de Desarrollo Agrario y Riego, el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, el Ministro de la Producción, la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, el Ministro de Energía y Minas, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministro del Ambiente, el Ministro de Cultura y la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros JUAN CARLOS CASTRO VARGAS Ministro del Ambiente ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN Ministra de Comercio Exterior y Turismo FABRICIO ALFREDO VALENCIA GIBAJA Ministro de Cultura WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHAVEZ Ministro de Defensa ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS Ministro de Desarrollo Agrario y Riego LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de Economía y Finanzas MORGAN NICCOLO QUERO GAIME Ministro de Educación yEncargado del despacho del Ministerio del Interior RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones yEncargado del despacho delMinisterio de Energía y Minas EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos FANNY ESTHER MONTELLANOS CARBAJAL Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables SERGIO GONZALEZ GUERRERO Ministro de la Producción ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2377687-5