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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO 2025 (20/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 62

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Jueves 20 de marzo de 2025 El Peruano / VISTOS; el Informe Nº 00019-2025-MINAM/ VMDERN/DGCCD/DACCD de la Dirección de Adaptación al Cambio Climático y Deserti fi cación; el Informe Nº 00066-2025-MINAM/VMDERN/DGCCD y el Memorando Nº 00215-2025-MINAM/VMDERN/DGCCD de la Dirección General de Cambio Climático y Deserti fi cación; el Memorando Nº 00265-2025-MINAM/ VMGA/DGPIGA de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental; el Memorando Nº 00195-2025-MINAM/VMDERN del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Informe Nº 00091-2025-MINAM/SG/OGPP/OPM y el Informe Nº 00106-2025-MINAM/SG/OGPP/OPM de la Ofi cina de Planeamiento y Modernización; el Memorando Nº 00241-2025-MINAM/SG/OGPP y el Memorando Nº 00280-2025-MINAM/SG/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Modernización; el Informe Nº 00194-2025-MINAM/SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, esta entidad es el organismo del Poder Ejecutivo rector del sector ambiental, que desarrolla, dirige, supervisa y ejecuta la política nacional del ambiente; Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, establece que el Ministerio del Ambiente es la autoridad nacional en materia de cambio climático y la autoridad técnico-normativa a nivel nacional en dicha materia en el marco de sus competencias; monitorea y evalúa la implementación de la gestión integral del cambio climático en los tres niveles de gobierno, promoviendo la participación del sector público, de los agentes económicos y de la sociedad civil, a fi n de fortalecer la gestión integral del cambio climático y al desarrollo sostenible en armonía con la naturaleza; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, señala que el Ministerio del Ambiente, en coordinación con la autoridad competente del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, dispone la incorporación del análisis del riesgo climático y vulnerabilidad, así como la identi fi cación de medidas de mitigación y adaptación al cambio climático en la evaluación de los proyectos de inversión sujetos al Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental; Que, de acuerdo con la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 013-2019-MINAM, la autoridad nacional en materia de cambio climático, en coordinación con las autoridades sectoriales correspondientes, emite lineamientos para la incorporación de la gestión de riesgo en un contexto de cambio climático, que incluye la gestión del riesgo ante los efectos del cambio climático, así como la identi fi cación de las medidas de mitigación y adaptación al cambio climático, en los proyectos sujetos al Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, teniendo en cuenta la normativa vigente sobre pueblos indígenas u originarios, enfoque intercultural y de género; Que, de acuerdo con el numeral 3.7. de la Sección 3 de la “Guía para la elaboración de la Estrategia de Manejo Ambiental en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA)”, aprobada por la Resolución Ministerial Nº 267-2023-MINAM, en la elaboración de la Estrategia de Manejo Ambiental (EMA), según corresponda, se deben diseñar medidas de adaptación que hagan más resilientes al proyecto ante los efectos adversos relacionados con la ocurrencia de peligros asociados, entre otros, al cambio climático, así como las medidas de mitigación que contribuyan a la reducción nacional de Gases de Efecto Invernadero; dichas medidas son diseñadas en el Plan de Manejo Ambiental y el Plan de Contingencia de la EMA del estudio ambiental; Que, según los numerales 5.1. y 5.3 de la Sección 5 “Planes y Programas de la EMA” de la precitada Guía, la identi fi cación de las medidas de mitigación y adaptación al cambio climático y su inclusión en los proyectos sujetos al SEIA, se realiza conforme a los lineamientos que establezca el Ministerio del Ambiente; Que, según el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales, serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados; Que, asimismo, de acuerdo con el numeral 19.1 del artículo 19 y el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso; por un plazo no menor de quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de su publicación, salvo disposición normativa de rango superior que establezca lo contrario; Que, el literal c) del artículo 67 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM, señala que la Dirección General de Cambio Climático y Deserti fi cación tiene la función de proponer y aprobar, cuando corresponda, lineamientos, documentos metodológicos, guías, procedimientos, entre otros instrumentos orientadores de carácter nacional para la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, la adaptación frente a los efectos del cambio climático, la lucha contra la deserti fi cación y la sequía, y promover su implementación, en coordinación con las entidades competentes; Que, a través de los Informes Nº 00019-2025-MINAM/ VMDERN/DGCCD/DACCD, Nº 00066-2025-MINAM/VMDERN/DGCCD y el Memorando Nº 00215-2025- MINAM/VMDERN/DGCCD, la Dirección General de Cambio Climático y Deserti fi cación propone y sustenta la publicación del proyecto “Lineamientos para la identi fi cación e incorporación de medidas de adaptación y mitigación al cambio climático en los proyectos de inversión sujetos al Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental” así como la Resolución Ministerial que los aprueba, a fi n de ser puesto en conocimiento del público para recibir las opiniones y sugerencias de los interesados; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Dirección General de Cambio Climático y Deserti fi cación, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático; el Decreto Supremo Nº 013-2019-MINAM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático; el Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales; el Decreto Supremo Nº 009- 2024-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos; la Resolución Ministerial Nº 267-2023-MINAM, que aprueba la “Guía para la elaboración de la Estrategia de Manejo Ambiental en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA)”; y, la Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de “Lineamientos para la identi fi cación e incorporación de