Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2025 (07/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 69

69 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de mayo de 2025 El Peruano / Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal; Que, el artículo 13º de la Ley Ut supra establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en citada Ley y aquellas que le sean delegadas, asimismo, el literal a) del artículo 15° señala que el Consejo Regional tiene la atribución de aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el artículo 39° de acotada Ley, señala que los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes, aprobado con la Ordenanza Regional Nº 003-2015/GOB. REG. TUMBES-CR, en su articulo 3º, numeral 3.2, señala que el Consejo Regional ejerce la función normativa a través de la dación o aprobación, modi fi cación y derogación de normas de carácter regional, que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencia del Gobierno Regional. Dicta Ordenanzas y Acuerdos Regionales de obligatorio cumplimiento; Que, la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la Republica y del Sistema Nacional de Control, en su artículo 20° establece que “Las sociedades de auditoría, para efectos de esta ley, son las personas jurídicas cali fi cadas e independientes en la realización de labores de control posterior externo, que son designadas previo concurso público de méritos, y contratadas por la Contraloría General de la República para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados fi nancieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas. Las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la ofi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican el diario o fi cial El Peruano y el acuerdo del concejo municipal se publica en su página web. El proceso de designación y contratación de las sociedades de auditoría, el seguimiento y evaluación de informes, las responsabilidades, así como su registro, es regulado por la Contraloría General”. Que, mediante O fi cio N° 000028-2025-CG/VGEIC, el Vicecontralor de Gestión Estratégica Integridad y Control de la Contraloría General de la República, deriva al Gobernador Regional de Tumbes, requerimiento de transferencia de la retribución económica e información para la designación y contratación de una sociedad de auditoría para que efectúe la auditoría fi nanciera gubernamental del periodo 2024, de acuerdo al siguiente detalle: 1. Realizar la transferencia de la retribución económica mediante el SIAF, seleccionando el tipo de operación TF (Transferencia Financiera Otorgada), a favor de la Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades RUC 20603348541, de acuerdo al siguiente detalle:ConceptoMonto a Transferir S/ Plazo para efectuar la transferencia 100% retribución económica (incluye IGV) del periodo 2024350,413.00Dentro de los diez (10) días hábiles a partir del día siguiente de la recepción del presente oficio. 2. Efectuar el pago del derecho de designación en la cuenta corriente de la Unidad Ejecutora 002 de la CGR - Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades, N° 00-068-379121 del Banco de la Nación CCI: 018-068- 00006837912174, RUC 20603348541, según el detalle siguiente: ConceptoMonto a Transferir S/Plazo para efectuar la transferencia Derecho de designación por el periodo 2024.17,818.00Dentro de los diez (10) días hábiles a partir del día siguiente de la recepción del presente oficio. Que, con Informe Técnico N° 039-2025/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GRPPAT-SGP-SG, del 24 de enero de 2025, el Sub Gerente de Presupuesto hace llegar el Informe Técnico a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, donde dentro de su análisis indica: - Informa al señor Gerente Regional, la disponibilidad de Crédito Presupuestario, en base a la solicitud suscrita, toda vez que se prevé ordenar un gasto, contratar y/o adquirir una obligación; se muestra la respectiva Secuencia Funcional sobre la cual se deberán afectar las próximas, Obligaciones; Correlativa : 0121 Categoría Presupuestaria : 2 Programa : 9001 Producto/Proyecto : 3999999 Actividad/Al/Obra : 5000006 Función : 03 División Funcional : 006Grupo Funcional : 0012 Finalidad : 0000008 Meta : 00001 Fuente Financiamiento : 1 Recursos Ordinarios Rubro : 00 Recursos ordinarios Monto : S/ 368,231.00 Además, realizó las siguientes recomendaciones: a) Derivar la presente a la O fi cina Regional de Administración para que realice las acciones administrativas que correspondan y continuar con el cumplimiento de la respectiva transferencia solicitada por la Contraloría General de la República, b) Que, el presente acto administrativo, no convalida ningún acto, acciones o gastos que no se ciñan a lo expuesto en los párrafos precedentes, o a la normatividad vigente, c) Remitir el informe para que sea derivado al área responsable de la afectación del gasto, en base a la solicitud suscrita. Que, con O fi cio N° 006-2025/GOB.REG.TUMBES-CR- COPPAT-BRPV, del 13 de febrero de 2025, el Presidente de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Ing. Boris Regino Pardo Vinces, solicita al Jefe de la O fi cina Regional de Asesoría Legal, opinión legal sobre la Aprobación de Transferencia de la Retribución Económica e Información para la Designación y Contratación de una Sociedad de Auditoría, a favor de la Contraloría General de la república, para que efectué la Auditoría Financiera Gubernamental del Periodo 2024 al Gobierno Regional Tumbes; Que, mediante Informe N° 108-2025/GOB.REG. TUMBES-GGR-ORAJ, del 24 de febrero de 2025, el Jefe de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica (e), Mg. Abog. Nick Rojas Prescott, alcanza al Presidente de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, Opinión Legal donde mani fi esta lo siguiente: Primero: Que, corresponde al Consejo Regional emitir el Acuerdo de Consejo Regional que apruebe la transferencia de la retribución económica e información para la designación y contratación de una sociedad de auditoría