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65 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de mayo de 2025 El Peruano / de diciembre de 2024, respectivamente; sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada Cinthya Viviana Cóndor Arce, que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer que la O fi cina General de Potencial Humano, de acuerdo a sus atribuciones realice la gestión correspondiente a fi n de que la abogada Cinthya Viviana Cóndor Arce contratada a plazo indeterminado en el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, retorne a desempeñar funciones de acuerdo a la reserva de su plaza como personal administrativo registrado en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA). Artículo Cuarto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2396870-5 Designan fiscal como Coordinadora Nacional de las Fiscalías Superiores de Familia y Provinciales de Familia RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1349-2025-MP-FN Lima, 6 de mayo de 2025VISTOS Y CONSIDERANDO:El artículo 158 de la Constitución Política del Estado, establece que el Ministerio Público es un organismo constitucional autónomo presidido por la Fiscal de la Nación; asimismo, conforme se desprende del artículo 5 de su Ley Orgánica, aprobada por Decreto Legislativo Nº 052, se estructura como un cuerpo jerárquicamente organizado, en virtud del cual los fi scales deben sujetarse a las instrucciones que pudieren impartirles sus superiores, por lo que su autoridad se extiende a todos los funcionarios que lo integran, cualesquiera que sean su categoría y actividad funcional especializada. El artículo 1 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por Decreto Legislativo Nº 052 y sus modi fi catorias, regula que son funciones principales del Ministerio Público la defensa de la legalidad, los derechos ciudadanos y los intereses públicos, la representación de la sociedad en juicio, para los efectos de defender a la familia, a los menores e incapaces y el interés social, así como para velar por la moral pública; la persecución del delito y la reparación civil. Del mismo modo, la mencionada Ley establece que el Ministerio Público es el titular de la acción penal pública, la que ejercita de o fi cio, a instancia de la parte agraviada o por acción popular, si se trata de delito de comisión inmediata o de aquellos contra los cuales la ley la concede expresamente. A lo expuesto y en el marco del proceso de modernización de la gestión pública, se ha establecido como Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la capacidad resolutiva de casos fi scales requeridos por la sociedad”. Estando a ello, resulta fundamental articular las fi scalías superiores de familia y fi scalías provinciales de familia a nivel nacional, a fi n de que se permita ofrecer más y mejores prestaciones a la sociedad en su conjunto, lo cual importa en la intervención del fi scal como ente encargado de conducir los asuntos relacionados con la familia, niños y adolescentes, entre ellos conocer temas como abandono, tutela de derechos de menores, infracciones a la Ley Penal, entre otros, realizando acciones como campañas de sensibilización, concientización e información dirigidas a la ciudadanía. En virtud de ello, surge la necesidad de contar con un coordinador nacional que contribuya a uniformizar los criterios aplicados por las fi scalías de familia, de manera tal que se optimice la predictibilidad de las decisiones fi scales; a mejorar la gestión y utilización de los recursos para garantizar una labor fi scal efectiva y e fi ciente que afi ance la con fi anza de la ciudadanía en el sistema de justicia; y a fortalecer la articulación de funciones entre los distintos despachos fi scales, maximizando el impacto positivo de sus actuaciones y asegurando una respuesta más e fi ciente, coherente y alineada con las demandas sociales. Además, será el enlace directo entre las fi scalías de familia y el Despacho de la Fiscalía de la Nación, actuando como una plataforma para canalizar problemáticas, promover buenas prácticas y elevar propuestas de mejora estructural y operativa. En ese sentido, como autoridad responsable de formular y dirigir las políticas institucionales y teniendo en cuenta lo señalado en los párrafos precedentes, se ha considerado oportuno designar un coordinador nacional de las fi scalías superiores de familia y provinciales de familia. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por los artículos 64 y 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar, en adición a sus funciones, a la abogada Cecilia Gabriela Gonzales Fuentes, fi scal superior titular de familia de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro -designada en la Primera Fiscalía Superior de Familia de Lima -, como Coordinadora Nacional de las Fiscalías Superiores de Familia y Provinciales de Familia. Artículo Segundo.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales a nivel nacional, Gerencia General, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2396870-6 Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Amazonas RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1350-2025-MP-FN Lima, 6 de mayo de 2025VISTO Y CONSIDERANDO:El o fi cio Nº 000921-2025-MP-FN-PJFSAMAZONAS, de fecha 14 abril de 2025, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas, por el cual remite y expresa conformidad a la carta de fecha 7 de abril de 2025, suscrita por la abogada Cynthia Pamela Ayala Lengua, fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, designada en