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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2025 (07/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de mayo de 2025 El Peruano / Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Penales a cargo de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargada, en adición a sus funciones, de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, Ofi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2396620-10 Nombran fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Ica RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1339-2025-MP-FN Lima, 5 de mayo de 2025 VISTO Y CONSIDERANDO: Los o fi cios Nºs. 000480 y 000670-2025-MP-FN- PJFSICA, de fechas 20 de febrero y 17 de marzo de 2025, cursados por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ica, mediante los cuales se eleva la propuesta en terna para cubrir la plaza de fi scal provincial en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chincha, la misma que se encuentra vacante. A través de los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, se establece que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. Según el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley Nº 31718, los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. El artículo 65 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley Nº 31718, establece que el fi scal llamado a cubrir provisionalmente una plaza superior es aquel que ocupe el puesto más alto en el cuadro de méritos de su nivel, como consecuencia del proceso de evaluación del desempeño parcial. En defecto de ello, el nombramiento se realiza respetando el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. El Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia, ha manifestado que la “(...) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (...)” (STC Nº 2770-2010-PA/ TC); y, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia del 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido y a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la fi nalidad de coadyuvar a la labor fi scal y alcanzar el Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la capacidad resolutiva de casos fi scales requeridos por la sociedad”, encontrándose vacante la plaza propuesta, se hace necesario emitir el resolutivo correspondiente a fi n de nombrar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo; en atención al marco normativo antes citado, previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y considerando el informe Nº 00045-2025-MP-FN-OREF-PEFC, de fecha 21 de abril de 2025. Asimismo, se tiene a bien considerar lo señalado en el o fi cio Nº 000480-2025-MP-FN-PJFSICA, de fecha 20 de febrero de 2025, a través del cual la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ica, comunica que no se presentaron fi scales adjuntos provinciales titulares del Distrito Fiscal de Ica a la convocatoria para ocupar la plaza señalada en el primer párrafo, por lo que la terna elevada se conformó con los postulantes inscritos. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada con el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Norma Edith Manrique Alan, fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal del Callao, y su designación en la Séptima Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Callao, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N os 2191-2017-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 28 de junio de 2017 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente. Artículo Segundo .- Nombrar a la abogada Norma Edith Manrique Alan, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Ica, designándola en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chincha, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Callao e Ica, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Penales a cargo de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargada, en adición a sus funciones, de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2396620-11 Nombran fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Ayacucho RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1340-2025-MP-FN Lima, 5 de mayo de 2025 VISTO Y CONSIDERANDO: El o fi cio Nº 000795-2025-MP-FN-PJFSAYACUCHO, de fecha 27 de febrero de 2025, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ayacucho, mediante el cual se eleva la propuesta en terna para cubrir la plaza de fi scal provincial provisional en la Sexta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huamanga, la misma que se encuentra vacante. A través de los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, se establece que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. Según el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel