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92 NORMAS LEGALES Jueves 8 de mayo de 2025 El Peruano / Plani fi cación y Finanzas, el Informe N° D000677-2025- MML-OGPF-OPMGF de la O fi cina de Plani fi cación, Modernización y Gestión Financiera, el Informe N° D000418-2025-MML-OGAJ de la O fi cina General de Asuntos Jurídicos, el Memorando N° D000895-2025-MML-GMM de la Gerencia Municipal Metropolitana, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2024- JUS, publicado el 30 de agosto de 2024, se aprueba el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos; Que, el numeral 4.10 del artículo 4 del referido Reglamento, de fi ne a la Publicación de proyectos normativos como la puesta en conocimiento de proyectos normativos a la ciudadanía, con el objeto de recabar sus comentarios, aportes u opiniones, garantizando el principio de transparencia y máxima divulgación, así como el principio de participación ciudadana y/o de los administrados, antes que, en ejercicio de la potestad normativa, se aprueben normas de carácter general que puedan afectar derechos, obligaciones e intereses; Que, el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20 del Reglamento en mención, sobre el contenido de la publicación de proyectos normativos establece que, el plazo para la recepción de los comentarios, aportes u opiniones, no debe ser menor a quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de su publicación, salvo disposición normativa de rango superior que establezca lo contrario. Asimismo, el numeral 20.2 del artículo 20, señala que las entidades de la Administración Pública deben propiciar tanto canales virtuales como físicos para la recepción de comentarios, aportes u opiniones y propiciar la adopción de mecanismos inclusivos para tal fi n, en formatos accesibles, de conformidad con la normativa aplicable; Que, el numeral 21.1 del artículo 21 del citado cuerpo normativo establece que, la publicación de un proyecto normativo se aprueba mediante resolución ministerial o resolución del titular de la entidad de la Administración Pública, la cual se publica en el diario o fi cial. El proyecto normativo y la exposición de motivos se publican en la sede digital de la entidad de la Administración Pública; Que, bajo dicho marco normativo, la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada, hace suyo el Informe N° D000049-2025-MML-GPIP-SPPIP de la Subgerencia de Promoción de la Participación de la Inversión Privada, mediante el cual se propone y sustenta el proyecto de ordenanza que modi fi ca la Ordenanza N° 2682, que regula la ubicación de elementos de la publicidad exterior en la provincia de Lima, así como, se solicita que este proyecto y su exposición de motivos, se publique para recibir comentarios, opiniones y/o aportes de la ciudadanía; Que, con Informe Nº D000155-2025-MML-GFC, la Gerencia de Fiscalización y Control emite opinión favorable respecto a la propuesta normativa, indicando expresamente su conformidad con la incorporación de la medida correctiva de inhabilitación, así como con la modi fi cación del Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas - CISA. Asimismo, cumple con precisar los códigos de infracción correspondientes al subrubro “6.4. Elementos de Publicidad Exterior en bienes de dominio público, a excepción de vías locales del Cercado de Lima”, recomendando la aplicación de la medida correctiva de inhabilitación en los supuestos de instalación indebida o contravención a las disposiciones municipales, con el fi n de suprimir la capacidad comunicativa del elemento infractor y restablecer el orden normativo; Que, por medio del Memorando N° D000480-2025-MML- OGPF, la O fi cina General de Plani fi cación y Finanzas, a través del Informe N° D000677-2025-MML-OGPF-OPMGF de la O fi cina de Plani fi cación, Modernización y Gestión Financiera, otorga opinión favorable para la publicación del proyecto de ordenanza, en el marco de la Política Nacional de Modernización al 2030 la cual contempla como Objetivo Prioritario N° 01: Garantizar que las políticas públicas se sustenten en la información con fi able y que respondan a las necesidades y expectativas de las personas según sus características socioeconómicas, geográ fi cas y culturales; y, Objetivo Prioritario N° 04: Garantizar un gobierno abierto que genere con fi anza en las intervenciones públicas, a través de una comunicación con el Estado y participación ciudadana; Que, mediante Informe N° D000418-2025-MML- OGAJ, la O fi cina General de Asuntos Jurídicos concluye, entre otros, que resulta conforme a la normativa vigente aprobar mediante resolución de alcaldía, la publicación del proyecto de Ordenanza que modi fi ca la Ordenanza N° 2682, que regula la ubicación de elementos de publicidad exterior en la provincia de Lima y su exposición de motivos; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- Publicación del proyecto normativo DISPONER la publicación del proyecto de Ordenanza que modi fi ca la Ordenanza N° 2682, que regula la ubicación de elementos de publicidad exterior y su exposición de motivos, por el plazo de quince (15) días calendario, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.munlima.gob.pe, así como en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano: www.gob.pe; a efectos de recibir comentarios, opiniones y/o aportes, a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano. Artículo Segundo.- Remisión de comentarios, opiniones y/o aportes Los comentarios, opiniones y/o aportes sobre el proyecto de ordenanza y exposición de motivos, a que se refi ere el artículo precedente, deben ser remitidos a través de la Mesa de Partes Virtual: https://apps-e.munlima.gob. pe/sao-001/integracion o Física: Pasaje Acisclo Villarán N° 288-294 - Cercado de Lima, altura de la Plaza Francia, con atención a la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada, y/o al correo electrónico: gianfranco.pun_0@munlima.gob.pe. Artículo Tercero.- Sistematización de comentarios, opiniones y/o aportes ENCARGAR a la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada para que a través de la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria, en coordinación con la O fi cina de Gobierno Digital, reciba, procese y sistematice los comentarios, opiniones y/o aportes de la ciudadanía sobre el proyecto de ordenanza y exposición de motivos, a que se re fi ere el Artículo Primero de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Difusión ENCARGAR a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo, la publicación de la presente resolución de alcaldía en el diario o fi cial El Peruano; así como, a la O fi cina de Gobierno Digital, la publicación de la resolución en el Portal de Transparencia Estándar: www.transparencia.gob.pe; y a la O fi cina General de Comunicaciones y Relaciones Interinstitucionales, la publicación de la resolución, el proyecto de ordenanza y su exposición de motivos, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.munlima.gob.pe y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2396674-1