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79 NORMAS LEGALES Jueves 8 de mayo de 2025 El Peruano / de Cañete con domicilio en la provincia de Cañete, Departamento de Lima”. Asimismo, a través de la Resolución del Consejo Directivo N° 116-2018-SUNEDU/CD, el Concejo Directivo de la SUNEDU, le otorgó la Licencia Institucional a la Universidad Nacional de Cañete; Que, el artículo 29° de la Ley Universitaria, Ley N° 30220, establece que, aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU), constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector (…). Esta Comisión tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la presente Ley, le correspondan”; Que, mediante Resoluciones Viceministeriales Nº 069-2022-MINEDU y N° 055-2024-MINEDU, se reconformó la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete, integrada por los académicos: Dr. Arnulfo Ortega Mallqui, como Presidente de la Comisión Organizadora; Dra. Marcia Adriana Iberico Diaz, como Vicepresidenta Académica y Dra. Janett Karina Vásquez Pérez, como Vicepresidenta de Investigación; Que, el artículo 60° de la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, concordado con el artículo 13º del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Cañete, establecen que el Rector en el presente caso el Presidente de la Comisión Organizadora es el personero y representante legal de la universidad. Tiene a su cargo y a dedicación exclusiva, la dirección, conducción y gestión del gobierno universitario en todos sus ámbitos, dentro de los límites de la presente Ley y del Estatuto; Que, la Ley N° 27619, tiene como objetivo regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la ley de presupuesto del sector público; y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, estableciendo que dichas autorizaciones deben ser publicadas en el Diario O fi cial “El Peruano”, con anterioridad al viaje; en cuya observancia, los viajes al exterior de los funcionarios y servidores de las universidades públicas deben ser autorizados mediante Resolución de la más alta autoridad respectiva de la entidad; Que, en virtud a ello, con Resolución Presidencial Nº 082-2025-UNDC-CO/P de fecha 01.04.2025, se autorizó el viaje de comisión de servicios de la servidora Marcia Adriana Iberico Diaz, para que participe en la “Conferencia y Exposición Anual de NAFSA 2025”, que se desarrollará del 27 al 30 de mayo de 2025, en la ciudad de San Diego, California, Estados Unidos de Norteamérica; asignándole el monto de S/ 15,103.00 (Quince mil ciento tres y 00/100 soles) para los gastos de alimentación, hospedaje, movilidad, pasajes aéreos e inscripción; asimismo, la Resolución fue publicado el día 05.04.2025 en el Diario “El Peruano”; Que, mediante Informe N° 182-2025-UNDC/VPA de fecha 11.04.2025, la Dra. Marcia Adriana Iberico Diaz, Vicepresidenta Académica solicita la modi fi cación del artículo segundo de la Resolución Presidencial Nº 082-2025-UNDC-CO/P, en el extremo que corresponde al monto que le fue asignado a los gastos de su viáticos para su estadía en la ciudad de San Diego, California, Estados Unidos de Norteamérica del 27 al 30 de mayo del presente año, debiéndole asignar una ampliación presupuestal de S/ 3,500.00 (Tres Mil Quinientos y 00/100 soles), sustentando dicho pedido en la Directiva para el Otorgamiento de Viáticos y Pasajes para Viajes y Reconocimiento de Reembolso por Comisión de Servicios de la Universidad Nacional de Cañete, que fue aprobado mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 130-2025-UNDC/CO; por lo que traslada los actuados a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, para su apreciación presupuestal y trámite correspondiente; Que, cabe precisar que al momento de emitir la Resolución Presidencial Nº 082-2025-UNDC-CO/P de fecha 01.04.2025, los gastos de viáticos que le han sido otorgados a la servidora Marcia Adriana Iberico Diaz, fueron contemplados de acuerdo al numeral 6.3.7 de la Directiva para el otorgamiento de Viáticos y Pasajes para Viajes en Comisión de Servicios y Reconocimiento de Reembolso por Comisión de Servicios de la Universidad Nacional de Cañete que fue aprobado mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 061-2017-UNDC, donde señalaba que para América del Norte le correspondería la suma de $ 220.00 por día; sin embargo, al haberse aprobado una nueva Directiva para el Otorgamiento de Viáticos y Pasajes para Viajes y Reconocimiento de Reembolso por Comisión de Servicios de la Universidad Nacional de Cañete, que fue aprobado mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 130-2025-UNDC/CO de fecha 03.04.2025 y a su vez dejo sin efecto la Resolución de Comisión Organizadora N° 061-2017-UNDC, le correspondería el monto de gastos de su viáticos a la citada servidora de $ 440.00 por día para América de Norte, esto de acuerdo a lo previsto en el numeral 7.2.8 del artículo 7.2, por lo que es necesario actualizar el monto de los viáticos asignados a la servidora Marcia Adriana Iberico Diaz para que pueda viajar a la ciudad de San Diego, California, Estados Unidos de Norteamérica; Que, con Informe N° 402-2025-UNDC/PCO/OPP de fecha 10.04.2025, el Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión presupuestal favorable para la ampliación de los gastos de viáticos, garantizando el fi nanciamiento del viaje de la servidora Marcia Adriana Iberico Diaz, al exterior, señalando que los gastos que se efectuarán serán con cargo al Presupuesto Institucional del año fi scal 2025 del Pliego 547: Universidad Nacional de Cañete, por lo que remite el presupuesto detallado: DESCRIPCIÓNPRESUPUESTO (S/) PASAJES AÉREOS (IDA Y VUELTA) : S/ 6,000.00 VIÁTICOS X 5 DÍAS ($ 440 POR DÍA) : S/ 8,360.00 INSCRIPCIÓN A LA CONFERENCIA Y EXPOSICIÓN ANUAL DE NAFSA 2025: S/ 5,000.00 TOTAL :S/ 19,360.00 Que, a través del Informe Legal N° 146-2025-UNDC/ OAJ-JLOC de fecha 15.04.2025, el Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica considera que se debe aprobar el incremento y actualización del monto de los gastos de viáticos de $440 x 5 días (S/ 8,360.00 soles) de la servidora Marcia Adriana Iberico Diaz, para que participe en la “Conferencia y Exposición Anual de NAFSA 2025”, que se desarrollará del 27 al 30 de mayo de 2025, en la ciudad de San Diego, California, Estados Unidos de Norteamérica, de conformidad al Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, Decreto Supremo que modi fi ca los artículos 5° y 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y a la Resolución de Comisión Organizadora N°130-2025-UNDC/CO; Que, siendo de interés de la Institución y, por ende, para el país, con Memorándum N° 193-2025-UNDC/CO/AOM-P de fecha 21.04.2025, el Presidente de la Comisión Organizadora autoriza la modi fi cación del artículo segundo de la Resolución Presidencial Nº 082-2025-UNDC-CO/P de fecha 01.04.2025, en el extremo que corresponde al monto de los viáticos que va a demandar el viaje de la servidora Marcia Adriana Iberico Diaz en la ciudad de San Diego, California, Estados Unidos de Norteamérica; Que, estando a lo expuesto y de conformidad a las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 18° de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; el Documento Normativo denominado: “Disposiciones para la Constitución y Funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución”, aprobado mediante la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y sus modi fi catorias; Resolución Viceministerial Nº 069-2022-MINEDU, así como en el Estatuto de la Universidad Nacional de Cañete y demás normas concordantes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, la modi fi cación del artículo segundo de la Resolución Presidencial Nº 082-2025-UNDC-CO/P de fecha 01.04.2025, en el extremo que corresponde al monto de los viáticos que va