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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MAYO DEL AÑO 2025 (08/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 84

84 NORMAS LEGALES Jueves 8 de mayo de 2025 El Peruano / “Nuevos paradigmas de Sostenibilidad para Ciudades Latinoamericanas Inclusivas e Inteligentes” del proyecto Erasmus Polis, que se desarrollará en la Universidad de la Serena, en la ciudad de La Serena, Chile, del 19 al 23 de mayo del 2025. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el viaje autorizado en el artículo precedente, se ejecutarán de acuerdo a la siguiente información presupuestal, debiendo a su retorno efectuar la rendición de cuenta debidamente documentada, conforme a disposiciones y normas vigentes: MONTO TOTAL • Mtr. Arq. INÉS DEL CARMEN JIMÉNEZ GARCÍA S/ 2 300,00 • Dra. Arq. KEILY NORKA MEDINA BEJAR S/ 2 300,00• Mtr. Arq. GUISELLA DE LOS MILAGROS BUSTAMANTE BECERRA S/ 2 300,00 Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, de conformidad a las normas vigentes. Regístrese, comuníquese y archívese.JAVIER LOZANO MARREROS Rector MARTIN PAUCARA ROJAS Secretario General ANEXO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 14858-2025- UNJBG CENTRO DE COSTO109.05.15.10.14-NUEVOS PARADIGMAS DE SOSTENIBILIDAD PARA CIUDADES LATINOAMERICANAS INCLUSIVAS E INTELIGENTES META 0291 FTE. FTO. Y RUBRO 4-13 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS TIPO DE RECURSO 21 CATEGORÍA DEL GASTO5- GASTOS CORRIENTES MONTO VIATICO INTERNACIONAL S/.2 300,00 (*) Clasificador 2.3.2 1.1 2 BENEFICIARIOMTR. ARQ. INÉS DEL CARMEN JIMÉNEZ GARCÍA (INV. PRINCIPAL) MONTO VIÁTICO INTERNACIONAL S/.2 300,00 (*) Clasificador 2.3.2 1.1 2 BENEFICIARIODRA. ARQ. KEILY NORKA MEDINA BEJAR (CO INVESTIGADOR) MONTO VIÁTICO INTERNACIONAL S/.2 300,00 (*) Clasificador 2.3.2 1.1 2 BENEFICIARIOMTR. ARQ. GUISELLA DE LOS MILAGROS BUSTAMANTE BECERRA (CO INVESTIGADOR) (**) MONTO TOTAL VIÁTICOS6 900,00 DETALLE DE LA COMISIÓNA FIN SU PARTICIPACIÓN EN EL TALLER “NUEVOS PARADIGMAS DE SOSTENIBILIDAD PARA CIUDADES LATINOAMERICANAS INCLUSIVAS E INTELIGENTES” DEL PROYECTO ERASMUS POLIS, QUE SE DESARROLLARÁ EN LA UNIVERSIDAD DE LA SERENA, EN LA CIUDAD DE LA SERENA, CHILE, DEL 19 AL 23 DE MAYO DEL 2025. Nota: (*) La asignación económica para el exterior es atención al monto referencial del documento de la referencia 2); asimismo en su programación fi nanciera aprobado R.R. N° 14496-2025-UNJBG se tiene programado en el mes 17 el monto total de S/8 400,00 soles. (**) Mediante R.C.U N° 22609-2025-UNJBG, se aprueba el nombramiento excepcional (...) con vigencia a partir del 01 de marzo del 2025. 2390558-1MINISTERIO PÚBLICO Nombran fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Moquegua RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1358-2025-MP-FN Lima, 7 de mayo de 2025 VISTO Y CONSIDERANDO: El o fi cio Nº 001667-2025-MP-FN-FSNCEDCF, de fecha 7 de abril de 2025, cursado por el Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, mediante el cual se eleva la propuesta en terna para cubrir la plaza de fi scal adjunto provincial en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Moquegua, la misma que se encuentra vacante. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. El Tribunal Constitucional, en reiterada jurisprudencia, ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/ TC); y, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido y a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la fi nalidad de coadyuvar a la labor fi scal y alcanzar el Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la capacidad resolutiva de casos fi scales requeridos por la sociedad”, encontrándose vacante la plaza propuesta, se hace necesario emitir el resolutivo correspondiente a fi n de nombrar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo; en atención al marco normativo antes citado, previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y considerando el informe Nº 0047-2025-MP-FN-OREF-DACP, de fecha 29 de abril de 2025. Por lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al abogado Jorge Ricardo Romero Wiracocha, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Moquegua, designándolo en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Moquegua. Artículo Segundo.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Moquegua, Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, O fi cina de Registro