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35 NORMAS LEGALES Martes 13 de mayo de 2025 El Peruano / Secretario Técnico del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil y de la Comisión Nacional de Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil en el Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, por Resolución Administrativa Nº 000461-2024-CE-PJ, se aprobó el “Plan de Actividades 2025 del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil”, el mismo que en su contenido ha previsto la ejecución del “III Concurso Nacional Interuniversitario de Litigación Oral Civil – 2025”. Segundo. Que, el doctor Ramiro Antonio Bustamante Zegarra, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil remite el Informe Nº 000007-2025-ETII-OC-PJ, elaborado por el Componente de Difusión y Gestión de cambio del mencionado equipo, el cual da cuenta de la ejecución y logros del “II Concurso Nacional Interuniversitario de Litigación Oral – 2024”, cuya fi nalidad fue preparar y formar a los futuros/as abogados/as y jueces/zas del país en la aplicación de la litigación oral en materia civil, habiéndose obtenido resultados satisfactorios, como la consolidación de una formación integral en litigación oral civil para los/as estudiantes universitarios/as, el fortalecimiento de competencias profesionales clave, la promoción de la oralidad procesal y el fomento de la participación de universidades a nivel nacional, con la intervención activa de magistrados, docentes y especialistas; lo cual se ha materializado con la emisión de la Resolución Administrativa Nº 000433-2024-CE-PJ, documento resolutivo que expresa reconocimiento a los ganadores del referido concurso. Tercero. Que, en atención a dicho tenor, resulta pertinente adoptar medidas administrativas, que permitan dar continuidad a actividades que coadyuven al logro de objetivos respecto a la difusión y aplicación de la litigación oral en materia civil, motivo por el cual, a consideración de este órgano de gobierno, se considera viable la ejecución de la actividad denominada “III Concurso Nacional Interuniversitario de Litigación Oral Civil – 2025”. Cuarto. Que, con la fi nalidad de ejecutar la actividad descrita precedentemente, resulta necesario conformar el Equipo de Trabajo Transitorio, que se encargará de velar por la organización (elaboración de casos prácticos, designación de jueces/zas que formaran parte del jurado evaluador, elaboración de bases, entre otros que se requieran), promoción y ejecución del mismo, acogiendo en dicho sentido la propuesta formulada por el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil. Quinto. Que, por otro lado, resulta pertinente autorizar al Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, para que vía colaboración interinstitucional pueda realizar alianzas estratégicas con instituciones educativas y jurídicas, que coadyuven en la ejecución de la actividad en mención, lo cual consideramos repercutirá en una mayor acogida del público objetivo (estudiantes universitarios) a nivel nacional. Sexto. Que, el artículo 82 inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 667-2025 de la vigésima segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 5 de mayo de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la realización del “III Concurso Nacional Interuniversitario de Litigación Oral Civil – 2025”. Artículo Segundo.- Autorizar la conformación del Equipo de Trabajo Transitorio para el “III Concurso Nacional Interuniversitario de Litigación Oral Civil – 2025”, integrado por: - Dra. Jacqueline Chauca Peñaloza, Jueza Superior Titular, presidenta de la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Ica, presidenta del Equipo de Trabajo Transitorio. - Dra. Milagros Núñez Villar, Jueza Superior Titular, presidenta de la Sala Civil de la provincia de San Román de la CSJ de Puno, integrante. - Dr. Jorge Luis Pajuelo Cabanillas, Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra – Ventanilla, integrante. - Dr. Jensen Francisco García Córdova, Juez Superior (P) de la Corte Superior de Justicia de Piura – integrante - Dr. Carlos Enrique Polanco Gutiérrez, Juez Superior (P) de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, integrante. - Dr. Carlos Manuel Leonardo Valdivia Rodríguez, Juez Especializado Civil, coordinador del Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, integrante. - Dra. Olga Fiorella Julia Vásquez Rebaza, Jueza Especializada Civil en la Corte Superior de Justicia de Lima, integrante. Artículo Tercero.- Autorizar al Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, para que vía colaboración interinstitucional pueda realizar alianzas estratégicas con instituciones educativas y jurídicas, que coadyuven en la ejecución del “III Concurso Nacional Interuniversitario de Litigación Oral Civil – 2025”; debiendo dar cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, al fi nalizar el evento, para los fi nes de evaluación y emisión de acto administrativo pertinente. Artículo Cuarto.- Notifi car la presente resolución al Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Centro de Investigaciones Judiciales; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JANET TELLO GILARDI Presidenta 2398591-1 Aprueban la implementación del Proyecto Piloto “Oralidad en los Procesos de Tenencia y Régimen de Visitas” en los órganos jurisdiccionales de familia que vienen operando bajo el modelo de despacho judicial corporativo de la Corte Superior de Justicia de La Libertad Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000165-2025-CE-PJ Lima, 12 de mayo del 2025 VISTO:El O fi cio Nº 000045-2025-CR-PPRFAMILIA-PJ, cursado por el señor Johnny Manuel Cáceres Valencia, Consejero Responsable del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”. CONSIDERANDO:Primero. Que, el señor Consejero Responsable del Programa Presupuestal 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”, mediante O fi cio Nº