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61 NORMAS LEGALES Viernes 16 de mayo de 2025 El Peruano / ENRIQUE FLORES ZAVALA y del Gerente de Promoción de Desarrollo Social y Económico, Ing. PEDRO ORTEGA QUISBERTY o de otro funcionario que sea designado por Gerencia Municipal, para que participen en representación de la Municipalidad Provincial de Ilo en la XIII Reunión del Comité de Integración y Desarrollo Fronterizo Perú- Chile (CIDF), a llevarse a cabo los días 24 y 25 de abril de 2025 en la ciudad de Arica-Chile. Artículo Segundo.- APROBAR la asignación del monto correspondiente a los comisionados para coberturar los gastos de pasajes y viáticos, considerando que la partida se producirá el día 23 de abril de 2025 a las 12.00 p.m. y el retorno el día 25 de abril de 2025, por la noche. Artículo Tercero.- DISPONER que los comisionados presenten al Concejo Municipal, dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a su retorno, un informe detallado donde describan las acciones realizadas y resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaría General y la Sub Gerencia de Informática la publicación del presente Acuerdo de Concejo de acuerdo a Ley y en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Ilo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HUMBERTO JESÚS TAPIA GARAY Alcalde 2393004-1 Disponen el embanderamiento general de inmuebles por aniversario de la creación política de la Provincia de Ilo DECRETO DE ALCALDÍA Nº 02-2025-MPI Ilo, 21 de abril de 2025CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 28607, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades. Que, el 26 de mayo del 2025 la Provincia de Ilo celebra el Quincuagésimo Quinto Aniversario de su Creación Política, es por ello que con motivo de resaltar dicha celebración se requiere la participación de la población e instituciones públicas y privadas a fi n de demostrar su espíritu cívico patriótico. Para resaltar tan importante conmemoración, es necesario el embanderamiento general de los inmuebles de la Provincia de Ilo. Estando a lo expuesto, en uso de las facultades que confi ere la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; SE DECRETA: Artículo Primero.- Disponer el EMBANDERAMIENTO GENERAL de todos los inmuebles (viviendas, locales comerciales e instituciones públicas y privadas) de la Provincia de Ilo, desde el 01 de mayo del 2025, hasta el día 31 de mayo del 2025, como acto cívico en conmemoración del Quincuagésimo Quinto Aniversario de la Creación Política de la Provincia de Ilo. Artículo Segundo.- Encargar a Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gerencia de Rentas, el fi el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, publíquese y cúmplase.HUMBERTO JESÚS TAPIA GARAY Alcalde 2392995-1MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUELLOUNO Delegan en el Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de Quellouno, la facultad para aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, incluido sus anexos, a propuesta de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto - MDQ, así como aquellas que se requieran en el período de regularización correspondiente al ejercicio fiscal 2025 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 00111-2025 -A-MDQ/LC Quellouno, 24 de abril del 2025EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUELLOUNO. VISTO: La Resolución de Alcaldía N° 00303 - 2024 - A - MDQ/ LC, de fecha 31 de diciembre del 2025; Informe N° 085 - 2025 - SG - MDQ - LC/CASCH, de fecha 20 de marzo del 2025, emitido por la Jefa de la O fi cina de Secretaria General -MDQ; Informe N° 0476 - 2025 - OPP - MDQ - MEIC, de fecha 02 de abril del 2025, emitido por el Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto - MDQ; Informe Legal N° 124 - 2025 - OAJ - MDQ - LC/JCHQ, de fecha 08 de abril del 2025, emitido por el Asesor Jurídico de la Municipalidad - MDQ, sobre delegación de competencias por parte del Titular del Pliego al Gerente Municipal para la aprobación de las Modi fi caciones Presupuestales en el Nivel Funcional Programático durante el ejercicio presupuestal 2025, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad al Artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV, Titulo IV, sobre Descentralización, en concordancia con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, de cuyo contenido se desprende que las Municipalidades son personas jurídicas de derecho público con autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, como parte del principio de e fi cacia, celeridad y simpli fi cación de la actuación de la administración pública, el numeral 74.1) del Artículo 74° de la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, prevé la desconcentración de la titularidad y el ejercicio de la competencia asignada a los órganos administrativos en otros jerárquicamente dependientes de aquellos, siguiendo los criterios establecidos en la Ley; Que, de conformidad con el inciso 20 del Artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en cuyo texto establece; son atribuciones del alcalde: “Delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil y las administrativas en el gerente municipal”, la misma que deberá efectivizarse mediante un acto resolutivo; Que, el numeral 85.1 y 85.3 del artículo 85º del TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, estipula que la titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los órganos administrativos se desconcentran en otros órganos de la entidad, siguiendo los criterios establecidos en la presente Ley. Asimismo, que a los órganos jerárquicamente dependientes se les trans fi ere competencia para emitir resoluciones, con el objeto de aproximar a los administrados las facultades administrativas que conciernan a sus intereses;