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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2025 (22/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Jueves 22 de mayo de 2025 El Peruano / Formulación, revisión, aprobación y publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Gobierno regional de Cusco”; Que, con Informe Legal No 1381-2024-GR CUSCO/ ORAJ, del 26 de diciembre del 2024, por el cual la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión, en relación a la propuesta de Modi fi car la Ordenanza Regional del TUPA del GORE Cusco, el mismo que concluye en forma favorable para su modi fi cación, conforme al siguiente detalle: “MODIFICAR EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO APROBADO CON O.R. Nº117-2016-CR/GRC.CUSCO, INCORPORANDO CINCO (05) PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y CUATRO (04) SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD ESTANDARIZADOS NUEVOS QUE ESTARAN A CARGO DE LA GERENCIA REGIONAL AGRICULTURA”; por lo que recomienda que el referido proyecto sea elevado al Consejo Regional para su aprobación. Que, mediante Informe Nº 00035-2025-GR CUSCO- CRC/SCR/COSS-MAMS de fecha 10 de marzo de 2025, el asesor del Consejo Regional de Cusco (Abg. Marco Antonio Medina Sonco), previo análisis factico y jurídico concluyen que el presente expediente cumple con los requisitos establecidos en el artículo 104º del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante Ordenanza Regional No 248-2024-CR/GRC; conforme al siguiente detalle: Proyecto de Ordenanza Regional que propone: “MODIFICAR EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO APROBADO CON OR Nº117-2016-CR/GRC.CUSCO, INCORPORANDO CINCO (05) PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y CUATRO (04) SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD ESTANDARIZADOS NUEVOS QUE ESTARAN A CARGO DE LA GERENCIA REGIONAL AGRICULTURA”, conforme a los argumentos esgrimidos en el presente informe; Que, en la Tercera sesión extraordinaria de la Comisión Ordinaria de Administración, Trabajo y Promoción del Empleo, Seguridad Social Y Bienestar del Consejo Regional de Cusco, frente a los diferentes Informes Técnicos y Legales esgrimidos decide de manera democrática aprobar por unanimidad emitir el Dictamen Nº 09-2025-GR CUSCO-CRC/COATPESSB por el cual aprueban la Ordenanza Regional que propone: “MODIFICAR EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO APROBADO CON ORDENANZA REGIONAL Nº117-2016-CR/GRC.CUSCO, INCORPORANDO CINCO (05) PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y CUATRO (04) SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD ESTANDARIZADOS NUEVOS QUE ESTARÁN A CARGO DE LA GERENCIA REGIONAL DE AGRICULTURA.”, siendo remitido al Pleno del Consejo Regional con el O fi cio Nº 023-2025-GR CUSCO-CRC/ COATPESSB, para su debate correspondiente; Que, por lo expuesto y estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, y por el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco; con el voto nominal en mayoría de los Consejeros Regionales y con la dispensa del trámite de lectura de acta, se; HA DADO LA SIGUIENTE ORDENANZA.Artículo Primero.- MODIFICAR, el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA del Gobierno Regional de Cusco, INCORPORANDO cinco (05) Procedimientos Administrativos Estandarizados y cuatro (04) Servicios Prestados en Exclusividad Estandarizados al Texto Único de Procedimiento Administrativo – TUPA del Gobierno Regional de Cusco conforme al anexo Nº 01 adjunto a la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DISPENSAR a la presente Ordenanza Regional, del trámite de lectura y aprobación del acta.Artículo Tercero.- DISPONER, que la o fi cina competente, publique la presente Ordenanza en el diario ofi cial el peruano y en el portal de transparencia del Gobierno Regional de Cusco. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la entidad. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Cusco para su Promulgación. GIL CLINTON TRIVEÑO ALVIS Presidente del Consejo RegionalPeríodo Legislativo 2025 POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Cusco, a los 23 días del mes de abril del año dos mil veinticinco WERNER MÁXIMO SALCEDO ÁLVAREZ Gobernador Regional delGobierno Regional de Cusco * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. 2395268-1 GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Ordenanza Regional que modifica el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Lambayeque ORDENANZA REGIONAL N° 000009-2025-GR. LAMB/CR [515296779 - 143] Chiclayo, 15 de mayo del 2025EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL LAMBAYEQUE; POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Lambayeque, en Sesión Ordinaria de fecha 16 de abril del 2025, aprobó la Ordenanza Regional que modi fi ca el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Lambayeque aprobado mediante Ordenanza Regional N° 005-2018-GR.LAMB/CR. CONSIDERANDO: Que, los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley N° 27680 y Ley N° 30305, establecen, respectivamente, que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, en concordancia con, el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, se establece que los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia (…); Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, preceptúa que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas. El inciso a) del