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35 NORMAS LEGALES Sábado 24 de mayo de 2025 El Peruano / Artículo 2.- Consignación del valor de la Tasación Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Información necesaria para inscribir el área afectada del bien inmueble a favor del Bene fi ciario y orden de levantar toda carga o gravamen que contenga la partida registral 3.1 Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes a través de la Dirección de Disponibilidad de Predios, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial y noti fi cada la consignación a los Sujetos Pasivos, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, a efectos de inscribir el área afectada del bien inmueble expropiado a favor del bene fi ciario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la partida registral respecto del área expropiada del inmueble. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos.Artículo 4.- Inscripción registral del área afectada del bien inmueble a favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, inscriba a favor del Bene fi ciario el área expropiada del bien inmueble, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes a través de la Dirección de Disponibilidad de Predios, noti fi que la presente Resolución Ministerial a los Sujetos Pasivos de la Expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, requiriéndoles la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR SANDOVAL POZO Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN CORRESPONDIENTE AL ÁREA AFECTADA DE UN (01) INMUEBLE, PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO VIAL CONCESIONADO: CARRETERA LONGITUDINAL DE LA SIERRA TRAMO 2: CIUDAD DE DIOS-CAJAMARCA-CHIPLE, CAJAMARCA-TRUJILLO Y DV. CHILETE-EMP. PE-3N N°SUJETO ACTIVO/ BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLEVALOR DE TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES- EMERITA DELGADO RAMIREZ - MARCIAL DELGADO RAMIREZ CÓDIGO: LSNT2-060407-R-0006ÁREA AFECTADA TOTAL: 221.53 m2 (0.0222 ha.)AFECTACIÓN: PARCIAL DEL INMUEBLE 10 017,84LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:Por el Norte:Colinda con la Carretera Longitudinal de la Sierra Norte, en 75.36 m.Por el Este:Colinda con Pasaje Peatonal S/N, en 2.65 mPor el Sur:Colinda con el área Remanente de la Partida N° 02194774, en 75.25 mPor el Oeste: Colinda con la Carretera Longitudinal de la Sierra Norte, en 3.61 m.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL ÁREA AFECTADA VERTICE LADO DISTANCIACOORDENADAS UTM WGS 84 ESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 4.66 737086.6136 9284927.70812 2-3 5.67 737090.9625 9284926.02053 3-4 5.67 737095.9824 9284923.38394 4-5 59.36 737100.6714 9284920.19605 5-6 2.65 737147.7926 9284884.0891 6 6-7 12.1 737146.8653 9284881.6026 7 7-8 19.91 737137.2645 9284888.96068 8-9 19.81 737121.4830 9284901.09759 9-10 8.45 737105.4406 9284912.7230 10 10-11 14.98 737098.5104 9284917.5650 11 11-1 3.61 737085.1786 9284924.3914 PARTIDA ELECTRÓNICA: N°02194774 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chota, Zona Registral N°II –Sede Chiclayo CERTIFICADO DE BUSQUEDA CATASTRAL de fecha 24 de julio del 2024 ( Informe Técnico N° 015130-2024–Z.R.N°II-SEDE-CHICLAYO/UREG /CAT). INFORME N° 00416-2025-DDP/CGPVE de fecha 15 de abril de 2025, suscrito por verificador catastral 2402151-1