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15 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de noviembre de 2025 El Peruano / Nº 000404-2025-DGPA-VMPCIC-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código PPROV-012-SDPCICI DDC LAM/MC-2025 WGS84, los cuales se publican en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (https://www.gob.pe/cultura )para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSE ALDAVE SERNA Director de la Dirección Generalde Patrimonio Arqueológico Inmueble 2454488-1 DEFENSA Decreto Supremo que modifica el Decreto Supremo N° 08 GU/AG, que crea la Condecoración “Orden Militar Francisco Bolognesi” DECRETO SUPREMO N° 012-2025-DE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 08 GU/AG del 22 de julio de 1985, se crea la Condecoración “Orden Militar Francisco Bolognesi” en el Ejército del Perú, estableciéndose en su artículo 5 que dicha condecoración, en los grados de Cruz y Gran Cruz, será otorgada por Resolución Suprema; asimismo, en su artículo 6 se establece que, para los grados de Comendador, O fi cial y Caballero, tal condecoración será otorgada por Resolución Ministerial; Que, por Resolución Ministerial N° 0377-2019-DE/SG del 25 de marzo de 2019, se dispuso que el Comandante General del Ejército asuma la función de Canciller de la Orden de las condecoraciones correspondientes al ámbito de su competencia, por el solo hecho de asumir el cargo antes mencionado; Que, de conformidad con el numeral 72.2 del artículo 72 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el e fi ciente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia. Asimismo, el numeral 85.2 del artículo 85 de la citada norma dispone que los órganos de dirección de las entidades se encuentran liberados de cualquier rutina de ejecución, de emitir comunicaciones ordinarias y de las tareas de formalización de actos administrativos, con el objeto de que puedan concentrarse en actividades de planeamiento, supervisión, coordinación, control interno de su nivel y en la evaluación de resultados; Que, se observa la necesidad de modi fi car el Decreto Supremo N° 08 GU/AG, facultando al Ministro de Defensa y al Comandante General del Ejército del Perú, en la condición de Canciller de la Orden, para otorgar la Condecoración “Orden Militar Francisco Bolognesi”, con el objeto de descentralizar las tareas administrativas que conlleva el otorgamiento de la mencionada condecoración; Que, en virtud al numeral 41.2 del artículo 41 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece disposiciones para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2025-PCM, la presente norma se considera excluida del alcance del AIR Ex Ante por la materia que comprende la modi fi cación del Decreto Supremo N° 08 GU/AG; En uso de las atribuciones conferidas en el inciso 24 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, concordante con lo establecido en el artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;DECRETA: Artículo 1.- Objeto El presente Decreto Supremo tiene por objeto modi fi car el Decreto Supremo N° 08 GU/AG del 22 de julio de 1985, que crea la Condecoración “Orden Militar Francisco Bolognesi” en el Ejército del Perú. Artículo 2.- Modi fi cación del Decreto Supremo N° 08 GU/AG Modifícase el artículo 5 del Decreto Supremo N° 08 GU/AG del 22 de julio de 1985, que crea la Condecoración “Orden Militar Francisco Bolognesi” en el Ejército del Perú, de acuerdo al siguiente texto: “Artículo 5.- La Condecoración “Orden Militar Francisco Bolognesi”, en todos los grados previstos en el presente Reglamento, es otorgada por el Comandante General del Ejército del Perú, en su condición de Canciller de la Orden, mediante Resolución de la Comandancia General del Ejército del Perú.” Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Defensa. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA ÚNICA. - Derogación Derógase el artículo 6 del Decreto Supremo N° 08 GU/ AG del 22 de julio de 1985, que crea la Condecoración “Orden Militar Francisco Bolognesi” en el Ejército del Perú. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco. JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ Presidente de la República CÉSAR FRANCISCO DÍAZ PECHE Ministro de Defensa 2455327-3 Decreto Supremo que modifica el artículo 2 del Decreto Supremo N° 015-69-MA, que crea la Condecoración “Orden Gran Almirante Grau” DECRETO SUPREMO N° 013-2025-DE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 015-69-MA, de fecha 13 de agosto de 1969, se crea la Condecoración de la “Orden Gran Almirante Grau” en la Marina de Guerra del Perú, estableciéndose en su artículo 2 que la condecoración será otorgada por Resolución Suprema; Que, por Decreto Supremo N° 003-2010-DE, de fecha 29 de marzo del 2010, se modi fi ca el artículo 2 del Decreto Supremo N° 015-69-MA, estableciendo en su artículo 1 que la Condecoración de la “Orden Gran Almirante Grau”, en los grados de “GRAN CRUZ ESPECIAL” y “GRAN CRUZ”, serán otorgadas por Resolución Suprema. Los otros grados de la referida condecoración serán otorgadas por Resolución Ministerial”; Que, por Resolución Ministerial N° 0377-2019-DE/ SG, de fecha 25 de marzo del 2019, se dispone que el Comandante General de la Marina asuma la función de Canciller de la Orden de las Condecoraciones que corresponde al ámbito de su competencia por el solo hecho de asumir el cargo antes mencionado; Que, de conformidad con el numeral 72.2 del artículo 72 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado