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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (05/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de noviembre de 2025 El Peruano / DECRETA: Artículo 1. Modi fi cación de los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos Modi fi car los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos establecidos en el Decreto Supremo N° 006-2025-EF, Decreto Supremo que establece los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos en los pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales, los gobiernos locales, así como en las empresas y los organismos públicos de los gobiernos regionales y los gobiernos locales y dicta otra disposición, en el presupuesto institucional de diversos gobiernos regionales y gobiernos locales, así como de una empresa y de diversos organismos públicos de los gobiernos locales, conforme a lo detallado en el Anexo I “Modi fi cación de los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos para fi nanciar gasto corriente en el presupuesto institucional de diversos gobiernos regionales, establecidos en el Decreto Supremo N° 006-2025-EF”, en el Anexo II “Modi fi cación de los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos para fi nanciar gasto corriente en el presupuesto institucional de diversos gobiernos locales, establecidos en el Decreto Supremo N° 006-2025-EF” y en el Anexo III “Modi fi cación de los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos para fi nanciar gasto corriente en el presupuesto institucional de una empresa y de diversos organismos públicos de los gobiernos locales, establecidos en el Decreto Supremo N° 006-2025- EF”, respectivamente, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2. Responsabilidad Los Titulares de las entidades bajo el alcance del presente Decreto Supremo, son responsables de su adecuada implementación, así como del uso de los recursos comprendidos en el mismo, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 3. Publicación Los Anexos I, II y III, señalados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco. JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ Presidente de la República DENISSE AZUCENA MIRALLES MIRALLES Ministra de Economía y Finanzas 2455327-1 Decreto Supremo que aprueba nueva escala remunerativa para los servidores de apoyo a la función fiscal y administrativo del Ministerio Público, sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728 DECRETO SUPREMO Nº 241-2025-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, en el marco de lo establecido por los artículos 1 y 2 de la Ley N° 32263, Ley que autoriza la actualización de la escala remunerativa para los servidores del Ministerio Público sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Formación y Promoción Laboral, se dispone la actualización de la escala remunerativa para los servidores del Ministerio Público sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Formación y Promoción Laboral; para tal efecto, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, para que en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario, contados desde la entrada en vigor de la citada norma, realice el estudio técnico correspondiente, a efectos de plantear la nueva escala de ingresos para el personal de apoyo a la función fi scal y administrativo del Ministerio Público sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Formación y Promoción Laboral; Que, el artículo 3 de la referida Ley N° 32263 establece que concluido el estudio técnico, y en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario contados desde la entrada en vigor de la citada norma; se procede a la aprobación de la nueva escala remunerativa para el personal de apoyo a la función fi scal y administrativo del Ministerio Público sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728. La nueva escala es aprobada mediante decreto supremo por el Ministerio de Economía y Finanzas a solicitud del pliego Ministerio Público; Que, de acuerdo con los artículos 4 y 5 de la citada Ley, se exonera al Ministerio Público de lo establecido en los artículos 6 y 9 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; asimismo, autoriza al Pliego 22: Ministerio Público, durante el año fi scal 2025, a efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático para la implementación de la nueva escala de ingresos, sin demandar recursos adicionales del Tesoro Público; Que, mediante O fi cio Nº 0035-2025-EF/53.07, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas remite al Gerente Central de la O fi cina General de Potencial Humano del Ministerio Público el Informe Nº 0018-2025- EF/53.07, el cual contiene el estudio técnico elaborado a efectos de plantear la nueva escala de ingresos para el personal de apoyo a la función fi scal y administrativo del Ministerio Público sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728, dentro del plazo previsto por el artículo 2 de la Ley N° 32263; Que, a traves del O fi cio N° 329-2025-MP-FN, el Ministerio Público remite al Ministerio de Economía y Finanzas la propuesta de la nueva escala remunerativa para los servidores de apoyo a la función fi scal y administrativo del Ministerio Público sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728; adjuntando, para tal efecto el O fi cio N° 002116-2025-MP-FN-GG-OGPLAP de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto del Ministerio Público que contiene el Informe Nº 000794-2025-MP-FN-OPRES de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto de la referida entidad, a través del cual señala que el fi nanciamiento de la mencionada escala remunerativa es viable para año fi scal 2025, con cargo a los saldos determinados por la O fi cina General de Potencial Humano; Que, mediante Memorando N° 4327-2025-EF/53.04, que adjunta el Informe N° 4005-2025-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, determina el costo para la implementación de la nueva escala remunerativa para los servidores de apoyo a la función fi scal y administrativo del Ministerio Público, sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728; y, emite opinión favorable sobre la aprobación de la nueva escala remunerativa; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar una nueva escala remunerativa para los servidores de apoyo a la función fi scal y administrativo del Ministerio Público sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 32263; así como, derogar el Decreto Supremo N° 409-2019-EF, Aprueban consolidación, escala de ingresos y determinación de carga social para los trabajadores del Ministerio Público sujetos al Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 728, a excepción del artículo 3, el cual determina que el cuarenta por ciento (40%) de la escala de ingresos de los servidores del Ministerio Público se encuentra afecto a carga social;