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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (13/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Jueves 13 de noviembre de 2025 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA RICA R.A. N° 323-2025-MDVR/A.- Autorizan viaje del alcalde y del Gerente de Desarrollo Económico, para participar en evento a realizarse en Chile 71 SEPARATA ESPECIAL CONGRESO DE LA REPÚBLICA R. Leg. N° 004-2025-2026-CR.- Resolución Legislativa del Congreso que aprueba el Reglamento del Congreso de la República del PerúR. Leg. N° 005-2025-2026-CR.- Resolución Legislativa del Congreso que aprueba el Reglamento de la Cámara de Diputados R. Leg. N° 006-2025-2026-CR.- Resolución Legislativa del Congreso que aprueba el Reglamento del Senado SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Res. N° 018-2025-SMV/01.- Modifican el Reglamento de Operaciones en Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima Diario Oficial El Peruano Electrónico (Ley N° 31649) MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Ordenanza N° 572-2025-MDS.- Aprueban el listado de Prioridades de Salud identificadas por el Comité Distrital de Salud de Surquillo PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA LEY Nº 32499 EL PRIMER VICEPRESIDENTE ENCARGADO DE LA PRESIDENCIA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE MODIFICA LA LEY 32185, LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2025, A FIN DE AUTORIZAR EL NOMBRAMIENTO DEL PERSONAL DE LA SALUD CONTRATADO BAJO EL RÉGIMEN DEL DECRETO LEGISLATIVO 1057 Artículo único. Modi fi cación de los artículos 8 y 49 de la Ley 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 Se modi fi ca el literal n) del párrafo 8.1 del artículo 8 y se incorpora el párrafo 49.4 en el artículo 49 de la Ley 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, en los siguientes términos: “Artículo 8. Medidas en materia de incorporación del personal 8.1 Se prohíbe la incorporación del personal en el Sector Público por servicios personales y el nombramiento, salvo en los supuestos siguientes: […] n) El nombramiento de hasta el cien por ciento (100 %) de los profesionales de la salud y de los técnicos y los auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales, a los que hace referencia la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, contratados al 31 de julio de 2022 bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, que se encuentren registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) a la entrada en vigencia de la Ley Nº 31638. Dicho porcentaje incluye el porcentaje autorizado en la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 y en el literal ñ) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024. […] Artículo 49. Financiamiento del nombramiento del personal de la salud contratado e identi fi cado al 31 de julio de 2022 bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 […] 49.4 Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas para realizar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional y programático y en el nivel institucional a favor del Ministerio de Salud y de los gobiernos regionales, previo cálculo del costo diferencial respectivo, para fi nanciar el nombramiento del cien por ciento (100 %) de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales, de conformidad con el literal n) del párrafo 8.1 del artículo 8 de la presente ley. Asimismo, se autoriza, de ser necesario, al Ministerio de Salud y a los gobiernos regionales para efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional y programático a fi n de dar cumplimiento a lo establecido en el presente artículo”.