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15 NORMAS LEGALES Jueves 13 de noviembre de 2025 El Peruano / Autorizan transferencia financiera del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Unidad Ejecutora 007: Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° D000297-2025- MIDIS San Isidro, 12 de noviembre del 2025VISTOS:El Informe N° D000407-2025-MIDIS-OP emitido por la O fi cina de Presupuesto; el Memorando N° D001304- 2025-MIDIS-OGPPM emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000625-2025-MIDIS-DGAPS emitido por la Dirección General de Articulación de las Prestaciones Sociales; el Proveído N° D008028-2025-MIDIS-VMPS emitido por el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; y el Informe N° D000958-2025-MIDIS-OGAJ emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura básica; asimismo, se establece que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad; Que, mediante Resolución Ministerial N° D000201- 2024-MIDIS se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, de conformidad con la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; Que, el literal a) del numeral 71.1 del artículo 71 de la Ley N° 32185, dispone la asignación de recursos en el Pliego Ministerio de Defensa hasta por la suma de S/ 11 066 511,00 (ONCE MILLONES SESENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS ONCE Y 00/100 SOLES), para fi nanciar el apoyo que brindan las Fuerzas Armadas (FFAA) al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para el traslado de alimentos en el marco del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; y para la ejecución de operativos de pago de las subvenciones a cargo del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres – JUNTOS y del Programa Nacional de Asistencia Solidaria - PENSIÓN 65; Que, el numeral 71.2 del artículo 71 de la Ley N° 32185 dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales que soliciten el apoyo de las Fuerzas Armadas (FFAA) y/o de la Policía Nacional del Perú (PNP) para el transporte aéreo, terrestre, y/o acuático (incluye mar, ríos y lagos), de pasajeros y/o de bienes, valores y/o suministros y equipos, entre otros, que permitan un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan autorizadas para realizar transferencias fi nancieras a favor del pliego Ministerio de Defensa y/o Ministerio del Interior, según corresponda, para fi nanciar los gastos asociados al apoyo prestado, y en el caso del apoyo prestado por el Ministerio de Defensa, solo si el gasto certi fi cado por el apoyo que brinden supera los montos asignados en los literales a) y b) del numeral precedente, de corresponder. Previamente a la realización de las referidas transferencias, el Ministerio de Defensa, a través de su o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, informa al Ministerio de Economía y Finanzas que los recursos asignados en el presente artículo son destinados a servicios de apoyo realizados y/o por realizar, asociando los costos operativos con dichos servicios;Que, el numeral 71.3 del artículo 71 de la Ley N° 32185 señala que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 71.2 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo del Consejo Regional se publican en el diario ofi cial El Peruano, y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su sede digital; asimismo, en el numeral 71.5 del artículo 71 precitado se señala que los gastos que irroguen los servicios de apoyo que brinden las Fuerzas Armadas (FFAA) y la Policía Nacional del Perú (PNP) a otras entidades, se fi nancian con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Defensa, del Ministerio del Interior, y de las entidades receptoras de los servicios de apoyo, según corresponda, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. La entidad pública que trans fi ere es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes para los cuales fueron entregados los recursos; Que, mediante el O fi cio Múltiple N° 01197-2025-MINDEF/SG la Secretaría General del Ministerio de Defensa informa entre otros, al MIDIS que, mediante O fi cio N° 02605-2025-MINDEF/VRD-DGPP, la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Defensa ha informado al Ministerio de Economía y Finanzas el cumplimiento de la certi fi cación del Crédito Presupuestario, en el marco del numeral 71.2 del artículo 71 de la Ley N° 32185; en ese sentido, con el fi n de garantizar la continuidad del apoyo aéreo hasta el cierre del presente año conforme lo dispone la indicada norma, solicitó a las entidades remitir su proyección de los vuelos que requerirán de setiembre a diciembre del 2025; Que mediante O fi cio N° 03652-2025-MINDEF/ VRD-DGPP, la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Defensa solicita que se autorice la transferencia fi nanciera por el monto de S/ 4 158 150,45 (CUATRO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO CINCUENTA CON 45/100 SOLES) a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú, en base al requerimiento presentado por la Fuerza Aérea, referido a la ejecución de las cinco entregas de alimentos previstas en las localidades de Imaza 2, Purús y Yurúa de los departamentos de Amazonas y Ucayali, correspondientes, que se sustenta con la programación de vuelos efectuado por el Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna; Que, mediante O fi cio N° D000642-2025-MIDIS/WM- DE la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna solicita que se efectúen las gestiones correspondientes para realizar la Transferencia Financiera a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa hasta por la suma de S/ 4 158 150,45 (CUATRO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO CINCUENTA CON 45/100 SOLES), que corresponde a la 4ta y 5ta entrega de alimentos del ítem Imaza 2 de Amazonas, y en los ítems Purús y Yurúa de Ucayali, en el marco de lo dispuesto en el numeral 71.2 del artículo 71 de la Ley N° 32185; asimismo, la UE 007 Programa Nacional de Alimentación Escolar Wasi Mikuna mediante O fi cio N° D000765-2025- MIDIS/WM-DE e Informe N° D000517-2025-MIDIS/WM-UPPM de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna señala que cuenta con los recursos presupuestales disponibles por la suma de S/ 4 158 151,00 para efectuar la citada transferencia fi nanciera, en el marco del artículo 71 de la Ley N° 32185; Que, mediante Informe N° D000625-2025-MIDIS- DGAPS, la Dirección General de Articulación de las Prestaciones Sociales señala que conforme a la conciliación de vuelos ejecutadas hasta la tercera entrega y los costos de vuelos proyectados (4ta y 5ta entrega) para el año fi scal 2025, representa un costo total de S/ 13 011 359,45, y considerando que en el marco del literal a), del numeral 71.1 del artículo 71 de la Ley N° 32185,