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16 NORMAS LEGALES Jueves 13 de noviembre de 2025 El Peruano / se asignó al Pliego 040 MIDIS la suma de S/ 11 066 511,00, del cual corresponde al programa Wasi Mikuna la suma de S/ 8 853 209,00 para fi nanciar el traslado de los alimentos con el apoyo de las Fuerzas Armadas; sin embargo, siendo que el costo total por la 5 entregas de alimentos supera el monto asignado al citado programa, por ello, presentan un dé fi cit por fi nanciar por la suma de S/ 4 158 150,45; Que, mediante Memorando N° D001304-2025- MIDIS-OGPPM la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe N° D000407-2025-MIDIS-OP de la O fi cina de Presupuesto, en virtud al cual, en el marco de sus competencias y funciones estrictamente presupuestales, emite opinión técnica favorable de disponibilidad presupuestal para efectuar la Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 4 158 151,00 (CUATRO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO CINCUENTA Y UNO CON 00/100 SOLES), del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Unidad Ejecutora 007: Programa Nacional de Alimentación Escolar Wasi Mikuna, al Pliego 026: Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes, en el marco de lo señalado en los numerales 71.2 y 71.3 del artículo 71 de la Ley N° 32185; Que, en virtud de los fundamentos expuestos por la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna, la Dirección General de Articulación de las Prestaciones Sociales, la opinión técnica favorable de la O fi cina de Presupuesto, las conformidades de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y, del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, corresponde la emisión del dispositivo legal que autorice la Transferencia Financiera del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Unidad Ejecutora 007: Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna, hasta por la suma de S/ 4 158 151,00 (CUATRO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO CINCUENTA Y UNO CON 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes, en el marco de lo dispuesto en el numeral 71.2 del artículo 71 de la Ley N° 32185; Con el visado del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Dirección General de Articulación de las Prestaciones Sociales, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la O fi cina de Presupuesto; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y la Resolución Ministerial N° D000254-2025-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera Autorizar una transferencia fi nanciera del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Unidad Ejecutora 007: Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna, hasta por la suma de S/ 4 158 151,00 (CUATRO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO CINCUENTA Y UNO CON 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú; para los fi nes señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial y en el marco de lo dispuesto por los numerales 71.2 y 71.3 del artículo 71 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025.Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fi scal del Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Unidad Ejecutora 007: Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna, según Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Limitación al uso de recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos conforme a lo dispuesto en el numeral 71.4 del artículo 71 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025. Artículo 4 .- Acciones administrativas Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Unidad Ejecutora 007: Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna, para que realice las acciones administrativas que correspondan. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LESLY NADIR SHICA SEGUIL Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 2458010-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Aprueban la actualización de los Topes Máximos de Capacidad Anual para la emisión de los Certificados de Inversión Pública Regional y Local - Tesoro Público (CIPRL), aprobados por Decreto Supremo N° 132-2025-EF, para Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales DECRETO SUPREMO Nº 252-2025-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, tiene por objeto impulsar la ejecución de proyectos de inversión de impacto regional y local, con la participación del sector privado, mediante la suscripción de convenios de inversión con entidades públicas del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales, y Universidades Públicas; Que, la Segunda Disposición Complementaria y Final de la citada Ley, establece disposiciones para el cálculo del monto máximo de los Certi fi cados de Inversión Pública Regional y Local – Tesoro Público (CIPRL), emitidos al amparo de la norma antes referida; Que, mediante Decreto Supremo Nº 132-2025-EF se aprobaron los Topes Máximos de Capacidad Anual (TMCA) para la emisión de los Certi fi cados de Inversión Pública Regional y Local - Tesoro Público (CIPRL) para Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales y las Universidades Públicas; Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 29230, incorporada por la Ley Nº 32460, establece que , excepcionalmente, para la