Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (16/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Domingo 16 de noviembre de 2025 El Peruano / Que, mediante el O fi cio N° 00792-2025-OEFA/ ODES-JUN, la O fi cina Desconcentrada de Junín del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), informa que en la jurisdicción de la Municipalidad Distrital Pilcomayo se han generado treinta y un (31) puntos críticos, conforme a la veri fi cación realizada en dicho distrito y cuyos resultados fueron comunicados a la Municipalidad Provincial de Huancayo para que intervenga en el marco de sus competencias; Que, conforme a lo expuesto, se advierte que la problemática identi fi cada está referida a las operaciones de limpieza y barrido de espacios públicos, recolección selectiva, transporte y disposición fi nal de los residuos sólidos municipales que actualmente no se vienen realizando, toda vez que los residuos sólidos municipales que viene generando la población del distrito de Pilcomayo no vienen siendo recolectados por la municipalidad, debido a que no tiene un lugar donde realizar la disposición fi nal de los residuos sólidos municipales, lo que ha ocasionado la generación de puntos críticos en todo el distrito de Pilcomayo, concluyéndose que actualmente existe un cese total de las operaciones de limpieza y barrido de espacios públicos, recolección selectiva, transporte y disposición fi nal de los residuos sólidos municipales; Que, mediante Memorando Nº 01747-2025-MINAM/ VMGA/DGGRS, la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos remite el Informe N° 00401-2025- MINAM/VMGA/DGGRS/DGMRS de la Dirección de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos, que propone declarar en emergencia la gestión y manejo de residuos sólidos en el distrito de Pilcomayo, provincia de Huancayo, departamento de Junín, con respecto a las operaciones de limpieza y barrido de espacios públicos, recolección selectiva, transporte y disposición fi nal de residuos sólidos, por un periodo de sesenta (60) días calendario, por lo que se con fi gura la causal prevista en el literal e) del artículo 125 del Reglamento correspondiendo declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en el referido distrito, por un plazo de sesenta (60) días calendario; Que, asimismo, en el precitado informe se indica que la Municipalidad Distrital de Pilcomayo, en un plazo máximo de siete (7) días hábiles contados desde la emisión de la Declaratoria de Emergencia, debe elaborar un Plan de Acción actualizado, que contemple, entre otras, las actividades que se desarrollarán para atender la problemática identi fi cada, debiendo detallarse los responsables de la ejecución del citado Plan de Acción; Que, en ese sentido, se con fi gura el supuesto para declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en el distrito de Pilcomayo, provincia de Huancayo, departamento de Junín, por la causal de cese total de las operaciones de manejo de residuos sólidos, en el marco de lo establecido en el literal e) del numeral 125.1 del artículo 125 del Reglamento; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos; el Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos; y, la Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1 .- Declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en el distrito de Pilcomayo, provincia de Huancayo, departamento de Junín, por el cese total de las operaciones de manejo de residuos sólidos, por un plazo de sesenta (60) días calendario, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que la Municipalidad Distrital de Pilcomayo elabore un Plan de Acción, el cual contemple, entre otras, las actividades que se desarrollarán para atender la problemática identi fi cada; señalando a los responsables de su ejecución. El citado Plan debe ser remitido a la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos del Ministerio del Ambiente en un plazo máximo de siete (7) días hábiles, contados desde la vigencia de la presente Resolución Ministerial, además de informar semanalmente los avances en la ejecución de las actividades programadas en dicho Plan de Acción. Artículo 3.- Disponer que la Municipalidad Provincial de Huancayo y el Gobierno Regional de Junín, así como las entidades públicas correspondientes, adopten las acciones complementarias que coadyuven a atender la problemática identi fi cada, con la fi nalidad de garantizar la continuidad en el manejo de los residuos sólidos en el distrito de Pilcomayo, provincia de Huancayo, departamento de Junín, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 127 y 128 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278. Artículo 4.- El Ministerio del Ambiente brindará asistencia técnica a la Municipalidad Distrital de Pilcomayo durante el desarrollo de las actividades para la implementación del Plan de Acción al que se hace referencia en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, en el marco de sus competencias. Artículo 5.- La declaratoria de emergencia dispuesta en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no exime de las responsabilidades a que hubiere lugar por la inobservancia de funciones por parte de los servidores civiles de la Municipalidad Distrital de Pilcomayo. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio del Ambiente, el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ANGEL ESPICHÁN MARIÑAS Ministro del Ambiente 2459158-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de funcionaria del Ministerio para participar en evento a realizarse en Brasil RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 338-2025- MINCETUR Lima, 14 de noviembre de 2025 VISTO, el Informe N° 0056-2025-MINCETUR/VMT/ DGPDT/DFCT-PRÑ de la Dirección de Facilitación y Cultura Turística de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico, el Memorándum N° 1438-2025-MINCETUR/VMT/DGPDT de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico y el Memorándum N° 1548-2025-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es la entidad competente para de fi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; tiene responsabilidad en materia de promoción de las exportaciones y negociaciones comerciales internacionales, promueve, orienta y regula la actividad turística con el fi n de impulsar su desarrollo sostenible; Que, el Plan Estratégico Nacional de Turismo - PENTUR 2025, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 231-2016-MINCETUR, establece como una de sus líneas de acción la del fortalecimiento de la conciencia ambiental para la gestión del turismo;