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11 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de octubre de 2025 El Peruano / ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PÚBLICO Aprueban solicitud de modificación del Reglamento de Acceso de la Entidad Prestadora Lima Airport Partners S.R.L. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 0005-2025-CD- OSITRAN Lima, 9 de octubre de 2025VISTOS:La Carta N° C-LAP-GALG-2025-0307, recibida con fecha 01 de agosto de 2025, el Informe Conjunto N° 00213-2025-IC-OSITRAN de fecha 19 de setiembre de 2025 elaborado por la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, y la Gerencia de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el inciso c) del artículo 3 de la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, en ejercicio de su función normativa el Ositrán tiene la facultad de dictar en el ámbito y en materia de su competencia, entre otros, normas de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidos a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, de manera concordante, el artículo 11 del Reglamento General del Ositrán, aprobado por Decreto Supremo N° 044-2006-PCM y sus modi fi catorias, establece que la función normativa del Ositrán comprende su facultad para dictar mandatos u otras disposiciones de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, el Reglamento Marco de Acceso a la Infraestructura de Transporte de Uso Público del Ositrán, aprobado mediante Resolución N° 014-2003-CD-OSITRAN y sus modi fi catorias (en adelante, REMA), tiene por objeto establecer las reglas y procedimientos aplicables al derecho de acceso a las facilidades esenciales, y establecer los criterios técnicos, económicos y legales, así como los procedimientos a los cuales deben sujetarse los Mandatos de Acceso y demás pronunciamientos emitidos sobre ese derecho; Que, el artículo 13 del REMA dispone que cada Entidad Prestadora deberá contar con un Reglamento de Acceso aprobado por el Ositrán, con el fi n de entregar a los potenciales Usuarios Intermedios toda la información relevante necesaria para solicitar el Acceso; Que, el artículo 51 del REMA establece el procedimiento a seguir en caso de presentarse modi fi caciones al Reglamento de Acceso de la Entidad Prestadora, para lo cual se deberán observar los artículos 47, 48, 49 y 50 del REMA; Que, el artículo 6 del REMA establece en su literal d) los aspectos que no constituyen objeto de dicha norma, incluyendo entre otros, a la normativa sobre los requisitos legales, técnicos, operativos, administrativos y ambientales que deben cumplir aquellos Usuarios Intermedios que deseen brindar servicios esenciales, establecidos por el órgano sectorial competente; los cuales sí forman parte del contenido mínimo del Reglamento de Acceso de cada Entidad Prestadora, de conformidad con el artículo 14 del REMA; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 023-2004-CD-OSITRAN de fecha 25 de mayo de 2004, se aprobó el Reglamento de Acceso de Lima Airport Partners S.R.L (en adelante, LAP o Concesionario), el cual fue modi fi cado mediante Resoluciones de Consejo Directivo N° 029- 2018-CD-OSITRAN de fecha 07 de marzo de 2018 y N° 0029-2022-CD-OSITRAN de fecha 27 de julio de 2022, y Resolución de Presidencia N° 0087-2024-PD- OSITRAN de fecha 26 de diciembre de 2024 (en adelante, REA); COMUNICADO OFICIAL Informamos a todas las entidades públicas y a nuestros usuarios que con motivo de la conmemoración del Bicentenario de fundación del Diario O fi cial El Peruano, el próximo 22 de octubre de 2025 , el horario de recepción de publicaciones o fi ciales a través del sistema PGA será de 08:00 a 13:00. Los invitamos a tomar las previsiones necesarias para asegurar la correcta gestión y publicación de los documentos correspondientes. Agradecemos profundamente su comprensión y colaboración. Rea fi rmamos nuestro compromiso de seguir ofreciendo un servicio oportuno, con fi able y de calidad al servicio del país. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES