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8 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de octubre de 2025 El Peruano / NTP-IEC 60076-7:2025 Transformadores de potencia. Parte 7: Guía de carga para transformadores de potencia sumergidos en aceite mineral. 2ª Edición Reemplaza a la NTP-IEC 60076- 7:2016 Artículo 2 .- Dejar sin efecto las siguientes Normas Técnicas Peruanas: NTP-ISO 14066:2017 (revisada el 2022) Gases de efecto invernadero. Requisitos de competencia para los equipos de validación y de verificación de gases de efecto invernadero. 1ª Edición NTP-ISO 14020:2018 Etiquetas y declaraciones ambientales. Principios generales. 3ª EdiciónNTP-ISO 817:2022 Refrigerantes. Designación y clasificación de seguridad. 1ª Edición NTP 251.051:2012 (Revisada el 2017) PISOS DE MADERA. Colocación. Especificaciones. 2ª Edición NTP-IEC 61851-24:2020 Sistema conductivo de carga para vehículo eléctrico. Parte 24: Comunicación digital entre una estación de carga en c.c. de VE y un vehículo eléctrico para el control de carga en c.c. 1ª Edición NTP-ISO 10555-1:2014 (revisada el 2019) Catéteres intravasculares. Catéteres estériles de un solo uso. Parte 1: Requisitos generales. 1ª Edición NTP-ISO 10555-1:2014/MT 1:2019 Catéteres intravasculares. Catéteres estériles de un solo uso. Parte 1: Requisitos generales. MODIFICACIÓN TÉCNICA 1 . 1ª Edición NTP 203.015:1989 (revisada el 2017) FRESAS ENVASADAS EN ALMÍBAR .1ª Edición NTP-IEC 60076-7:2016 Transformadores de potencia. Parte 7: Guía de carga para transformadores de potencia sumergidos en aceite. 1ª Edición Regístrese, comuníquese y publíquese. SORAYA CLAUDIA LASTRA CASAPÍA Directora (d.t) Dirección de Normalización 2447689-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Disponen publicación de proyecto de Resolución Directoral que aprueba los “Lineamientos para la evaluación del impacto vial de la infraestructura complementaria de transporte” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 021-2025-MTC/18 Lima, 10 de octubre de 2025VISTO: El Informe Nº 1347-2025-MTC/18.01, elaborado por la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre regula los lineamientos generales económicos, organizacionales y reglamentarios del transporte y tránsito terrestre, las cuales rigen en todo el territorio de la República; estableciendo, entre otros, que la infraestructura complementaria es la infraestructura de transporte distinta de la vial, necesaria para la prestación del servicio de transporte terrestre en condiciones de seguridad, tales como terminales terrestres, estaciones de ruta, entre otros; Que, el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC (en adelante, el Reglamento), regula el servicio de transporte terrestre de personas y mercancías de conformidad con los lineamientos previstos en la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Que, el numeral 33.1 del artículo 33 del Reglamento, establece que para la prestación del servicio de transporte se debe contar con una adecuada infraestructura física, la misma que comprende, las o fi cinas, los terminales terrestres de personas o mercancías, las estaciones de ruta, los paraderos de ruta, toda otra infraestructura empleada como lugar de carga, descarga y almacenaje de mercancías, los talleres de mantenimiento y cualquier otra que sea necesaria para la prestación del servicio; Que, el Decreto Supremo Nº 010-2022-MTC, Decreto Supremo que modi fi ca el Reglamento en materia de infraestructura complementaria de transporte, establece en su Segunda Disposición Complementaria Final que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, aprueba mediante Resolución Directoral, a propuesta de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, los “Lineamientos para la evaluación del impacto vial de la infraestructura complementaria de transporte”; Que, el artículo 19 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, establece que los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicadas en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso; Que, el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20 del citado Reglamento, establece que el plazo para la recepción de los comentarios, aportes u opiniones, no debe ser menor a quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de su publicación, salvo disposición normativa de rango superior que establezca lo contrario; Que, el numeral 21.1 del artículo 21 del mencionado Reglamento, establece que la publicación de un proyecto normativo se aprueba mediante resolución ministerial o resolución del titular de la entidad de la Administración Pública, la cual se publica en el diario o fi cial, y que el proyecto normativo y la exposición de motivos se publican en la sede digital de la entidad de la Administración Pública; Que, la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial (DPNTRA), mediante Informe Nº 1347-2025-MTC/18.01, sustenta y propone la publicación del proyecto de “Lineamientos para la evaluación del impacto vial de la infraestructura complementaria de transporte”, por cuanto es una norma de carácter general que puede afectar derechos, obligaciones e intereses, a efectos de que sea puesta en conocimiento de la ciudadanía, con el objeto de recabar sus comentarios, aportes u opiniones, garantizando el principio de transparencia y máxima divulgación, así como el principio de participación ciudadana y/o de los administrados; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC; el Decreto Supremo Nº 010-2022-MTC, que modi fi ca el Reglamento en materia de infraestructura complementaria de transporte; el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado