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77 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de octubre de 2025 El Peruano / su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 053- 2022-PCM, disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; conforme se describe en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, elaborado por la Unidad de Gestión de Recursos Humanos y validado por los órganos administrativos que han emitido opinión favorable; el cual entrará en vigencia al día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, el Manual de Clasi fi cador de Cargos aprobado por Resolución de Gerencia Municipal Nº 431-2023-GM/MVES de fecha 09 de agosto del 2023 a partir de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, el cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 6.1.11 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, respecto a la presente resolución y de las modi fi catorias posteriores que se realicen al Manual de Clasi fi cador de Cargos aprobado dentro del plazo máximo previsto por la directiva en mención. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, la continuación del trámite de elaboración del CAP Provisional modi fi cado, conforme a la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº150-2021-SERVIR/PE, que formaliza la aprobación de la Directiva Nº006-2021-SERVIR/GDSRH, Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional, en los supuestos que resulten aplicables. Artículo Quinto.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a la O fi cina General de Administración; Unidad de Planeamiento Estratégico y Planeamiento Institucional; la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y demás órganos administrativos de la entidad. Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos el coordinar con la O fi cina de Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Villa el Salvador la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y con la Unidad de Desarrollo Tecnológico, respecto a la publicación de la presente Resolución y anexo en el Portal Web de esta Entidad Edil; así como de gestionar la difusión de la presente Resolución a todas las unidades orgánicas de la entidad; quedando en custodia del expediente administrativo que origina la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS ALBERTO KUYLEN SAMHAN Gerente Municipal (E) 2449941-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO Declaran el cumplimiento de la notificación de 5 resoluciones gerenciales que declaran la caducidad e inicio de nuevo procedimiento administrativo sancionador (PAS) RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 12206-2025- GTVT/MPC Cusco, 20 de octubre de 2025 VISTOS: INFORME Nº 743-2025-MPC-GTVT de fecha 09 de setiembre del 2025 y DICTAMEN Nº 354-2025-MPC/GTVT/AL de fecha 16 de setiembre del 2025; y,CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modi fi cado por la Ley Nº 30305 señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el ARTICULO II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades. Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en el artículo 81º establece las funciones de las municipalidades provinciales en el ámbito de transporte terrestre, servicio público, transporte terrestre urbano e interurbano de su jurisdicción, entre otras, en el marco de las leyes y reglamentos nacionales sobre la materia. Que, mediante INFORME Nº 743-2025-MPC-GTVT de fecha 09 de setiembre el 2025, Wilbert Macedo Sanchez, noti fi cador de la Gerencia de Tránsito, Vialidad y Transporte de la MPC, remite, ciento quince (115) RESOLUCIONES GERENCIALES que declaran la CADUCIDAD, EXISTENCIA DE LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA E INICIO DE NUEVO PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR (PAS), los mismos que no han sido noti fi cados debido a que estos títulos están con domicilio fuera de jurisdicción o con domicilio impreciso, y con el objetivo de dar continuidad y celeridad al procedimiento administrativo sancionador de manera e fi ciente y dentro del marco legal, se proceda con la publicación, para ello adjunto, RELACIÓN DE RESOLUCIONES GERENCIALES que declaran la CADUCIDAD, EXISTENCIA DE LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA E INICIO DE NUEVO PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR (PAS). Que, se tiene que el INFORME Nº 743-2025-MPC- GTVT fue recepcionada por el Área de Asesoría Legal en fecha 12 de septiembre del 2025. Que, el numeral 1.1 del articulo IV del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, aprobado por Decreto Supremo Nº 004 -2019 - JUS, con respecto al Principio de Legalidad, señala: “Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y el derecho, dentro de las facultades que estén atribuidas, y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidas.” Qué, el numeral 1 del artículo 20º del TUO de la LPAG contempla tres formas de noti fi cación, que deben ser aplicadas en orden de prelación; lo que no impide a la autoridad utilizar más de una forma complementaria, siempre que no desnaturalice el orden previsto, si así lo estima conveniente para mejorar las posibilidades de participación de los administrados. Que, en tal sentido, la autoridad se encuentra impedida, bajo sanción de nulidad de la noti fi cación, de suplir una modalidad con otra y modi fi car el orden de prelación establecido en el precitado artículo, que es el siguiente: “Artículo 20. Modalidades de noti fi cación 20.1 Las noti fi caciones son efectuadas a través de las siguientes modalidades, según este respectivo orden de prelación: (…). 20.1.3 Por publicación en el Diario O fi cial el Peruano o en uno de los diarios de mayor circulación en el territorio nacional, salvo disposición distinta de la ley. Adicionalmente, la autoridad competente dispone la publicación del acto en el respectivo Portal Institucional, en caso la entidad cuente con este mecanismo”. Que, por consiguiente al amparo del numeral 18.1 del TUO de la LPAG que señala (…) La noti fi cación del acto será practicada de o fi cio y su debido diligenciamiento será competencia de la entidad que lo dictó (…) que en el presente caso, se RESOLUCIONES GERENCIALES que declara la CADUCIDAD E INICIO DE NUEVO PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR (PAS), remitidas por el Área de noti fi cación de la Gerencia de Tránsito, Vialidad y Transporte de la MPC, que declaran el inicio del nuevo Procedimiento Administrativo Sancionador - PAS, existe la posibilidad latente de que estas al no ser noti fi cadas el inicio del nuevo Procedimiento Administrativo Sancionador, puedan prescribir si su noti fi cación y publicación no se realiza oportunamente; por lo que, conforme a lo