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65 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de octubre de 2025 El Peruano / Artículo 21.- Régimen de la noti fi cación personal 21.1 La noti fi cación personal se hará en el domicilio que conste en el expediente, o en el último domicilio que la persona a quien deba noti fi car haya señalado ante el órgano administrativo en otro procedimiento análogo en la propia entidad dentro del último año. […] 21.3 En el acto de noti fi cación personal debe entregarse copia del acto noti fi cado y señalar la fecha y hora en que es efectuada, recabando el nombre y fi rma de la persona con quien se entienda la diligencia. Si ésta se niega a fi rmar o recibir copia del acto notifi cado, se hará constar así en el acta, teniéndose por bien noti fi cado. En este caso la noti fi cación dejará constancia de las características del lugar donde se ha notifi cado. 21.4 La noti fi cación personal, se entenderá con la persona que deba ser noti fi cada o con su representante legal, pero de no hallarse presente cualquiera de los dos en el momento de entregar la noti fi cación, podrá entenderse con la persona que se encuentre en dicho domicilio, dejándose constancia de su nombre, documento de identidad y de su relación con el administrado. […] En el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales mediante Casilla Electrónica 1 (en adelante, Reglamento) 1.7. El artículo 14, sobre la noti fi cación de los pronunciamientos, contempla que: Todas las partes de los procesos jurisdiccionales electorales y no electorales son noti fi cadas con los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas. En caso de que los sujetos antes mencionados no cuenten con casilla electrónicas electrónica o en caso de que esta se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal electrónico institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente de su publicación, en los vínculos que se indican a continuación: <https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/bandeja/ fi ltros>, para expedientes jurisdiccionales de procesos electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla del respectivo proceso electoral (ejemplos: ERM, EG, EMC, CPR, etc.). <https://consultaexpediente.jne.gob.pe>, para expedientes jurisdiccionales de procesos no electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla JNE. De manera excepcional, en los expedientes no vinculados a procesos electorales, la parte procesal que no ha iniciado dicho expediente ante el JNE, que no tenga casilla electrónica, solo el primer pronunciamiento podrá ser noti fi cado –por única vez– en formato papel en el domicilio registrado en el documento nacional de identidad. Segundo.- ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO 2.1. De la revisión del expediente, se evidencia que se trata de una solicitud de convocatoria de candidato no proclamado por la no juramentación de don Fermín Ccama; por tanto, corresponde a este órgano colegiado determinar si la convocatoria al acto de juramentación y asunción del cargo fue debidamente noti fi cada a este, según las reglas previstas en el TUO de la LPAG. 2.2. Así, se observa lo siguiente: a) Mediante la Noti fi cación N° 005-12, del 26 de diciembre de 2024, dirigida a don Fermín Ccama, en la misma fecha, se corre traslado de la Convocatoria a Sesión Extraordinaria N° 001-2025/MDM para el 7 de enero de 2025.b) En la Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal N° 001-2025-MDM/CM, del 7 de enero de 2025, se llevaría a cabo la juramentación de don Fermín Ccama como regidor del Concejo Distrital de Macari, provincia de Melgar, departamento de Puno. c) Con el Acta de inconcurrencia al acto de juramentación al cargo de regidor del Concejo Distrital de Macari, correspondiente a don Fermín Ccama, se deja constancia de la inasistencia de este a la citada sesión extraordinaria, por lo que no se hizo posible su juramentación. 2.3. En atención a lo desarrollado en el considerando anterior, debe dejarse sin efecto la credencial que se le otorgó a don Fermín Ccama y convocar a don Florencio Francisco Mamani Ancasi, identi fi cado con DNI N° 02275676, candidato no proclamado por la organización política Reforma y Honradez por Más Obras, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Macari, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2023- 2026, de acuerdo con lo estipulado en los artículos 34 y 35 de la LEM (ver SN 1.3. y 1.4.). 2.4. Dicha convocatoria se realiza de conformidad con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 25 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de San Román, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.5. La noti fi cación de la presente resolución debe diligenciarse según lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Fermín Samuel Ccama Casas como regidor del Concejo Distrital de Macari, provincia de Melgar, departamento de Puno, emitida a fi n de que complete el periodo de gobierno municipal 2023-2026, por no haber juramentado ni asumido dicho cargo. 2.- CONVOCAR a don Florencio Francisco Mamani Ancasi, identi fi cado con DNI N° 02275676, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Macari, provincia de Melgar, departamento de Puno, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculta como tal. 3.- PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales mediante Casilla Electrónica, aprobado con la Resolución N° 117-2025-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. BURNEO BERMEJO MAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYTORRES CORTEZOYARCE YUZZELLI CLAVIJO CHIPOCO Secretaria General 1 Aprobado mediante la Resolución N° 117-2025-JNE, publicada el 19 de abril de 2025 en el diario oficial El Peruano. 2450257-1