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78 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de octubre de 2025 El Peruano / dispuesto por el numeral 20.1.3 del TUO de la LPAG, el cual mani fi esta que las noti fi cación se podrán realizar mediante publicación en el Diario O fi cial el Peruano o en uno de mayor circulación en el territorio nacional, debe realizarse la publicación correspondiente. Qué, en ese orden de ideas, cuando resulte impracticable otra modalidad de noti fi cación preferente por ignorarse el domicilio del administrado, pese a la indagación realizada, se procederá a realizar la publicación de los actos administrativos de manera excepcional. la misma que conlleva un gasto presupuestal que deberá ser requerido por la GTVT ante la O fi cina de Presupuesto de la Entidad Edil a efectos de materializar la noti fi cación (publicación vía edicto) conforme se detallará en la parte resolutiva del presente ato administrativo. Que, de conformidad a lo establecido por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial del Cusco, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 034-2013-MPC de fecha 19 de diciembre de 2013; SE RESUELVE:Primero.- DECLARAR, EL CUMPLIMIENTO DE LA NOTIFICACIÓN de las cinco (05) RESOLUCIONES GERENCIALES que declaran la CADUCIDAD E INICIO DE NUEVO PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR (PAS) vía edicto a través de la publicación en el Diario O fi cial el Peruano o en uno de mayor circulación en el territorio nacional y en el Portal Web Institucional de la Municipalidad Provincial del Cusco; en conformidad con el orden de prelación de noti fi caciones establecido en el Art 20º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Procedimiento Administrativo General (LPAG) conforme al detalle adjunto RELACIÓN DE RESOLUCIONES GERENCIALES que declaran la CADUCIDAD E INICIO DE NUEVO PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR (PAS): Nº Nº RESOL.NRO. PAPELETACONDUCTOR CODIGO FECHA 1 11479-2025 439563EJORGE LUIS VIRHUEZ ANGLADEM-40 22/02/2023 2 11479-2025 462825EJORGE LUIS VIRHUEZ ANGLADEM-40 20/09/2023 3 11479-2025 481321EJORGE LUIS VIRHUEZ ANGLADEG-29 07/04/2024 4 11479-2025 001552FJORGE LUIS VIRHUEZ ANGLADEG-15 05/06/2024 5 11479-2025 006765FJORGE LUIS VIRHUEZ ANGLADEM-40 16/07/2024 6 11579-2025 005956FRONALDO CASTELLANOS CUYUCHIM-05 12/07/2024 7 11656-2025 453608EJULIO CESAR CHALLCO ABARCAM-02 19/06/2023 8 11688-2025 433412ERICHAR JERILLO SUJLLE M-01 05/12/2022 9 11690-2025 458376ERICHAR JERILLO SUJLLEM-04 20/09/2023 Segundo.- PUBLICAR en el Diario O fi cial el Peruano o en uno de los diarios de mayor circulación, las RESOLUCIONES GERENCIALES que declaran la CADUCIDAD E INICIO DE NUEVO PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR (PAS) ello en aplicación del principio de e fi cacia del acto administrativo y la potestad sancionadora del estado. Tercero.- DISPONER el cumplimiento de la presente resolución a la División de Administración de Infracciones y Sanciones (DAIS), debiendo esta instancia, a través de la Gerencia de Tránsito, Vialidad y Transporte, realizar las acciones necesarias ante las o fi cinas competentes (ofi cina de presupuesto) que permitan materializar las notifi caciones por vía edicto.Regístrese, notifíquese cúmplase. REYNALDO BELLIDO MERIDA Gerente Gerencia de Tránsito, Vialidad y Transporte 2450212-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MEGANTONI Autorizan viaje del Alcalde y de personal de la municipalidad a Francia y España, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 072-2025-CM-MDM/LC Camisea, 20 de octubre de 2025 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MEGANTONI VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de la fecha; el Informe Nº 012-2025-JDC/ATO III-OGPP- MDM-LC; de fecha 14 de octubre de 2025; Informe Nº 581-2025-FFB-RP-OGPP-MDM/LC, de fecha 15 de octubre de 2025, emitido por el Residente del Proyecto; Memorándum Nº 2585-OGPP-MDM/LC-HACE, de fecha 15 de octubre del 2025, emitido por el Jefe de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Legal Nº 1265-2025-MDM/LC-OGAJ/WJA, del 17 de octubre de 2025, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 194 de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por Ley Nº 30305, concordante con el artículo II de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que: “Las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La Autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”; Que, el artículo 39 de la referida Ley, establece que los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos. Asimismo, su artículo 41 establece que los acuerdos son decisiones que toma el concejo municipal concerniente a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, el numeral 11 del artículo 9 de la Ley Nº 27972, señala que: “Corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”; Que, mediante Ley Nº 27619, regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, indicándose en ella que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad. Las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje. Asimismo, dentro los 15 días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público presentará ante el titular del pliego de su institución un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas que establecerá el Reglamento de Ley. Que, mediante Informe Nº 012-2025-JDC/ATO III- OGPP-MDM-LC; de fecha 14 de octubre de 2025, el