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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (06/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 73

73 NORMAS LEGALES Sábado 6 de setiembre de 2025 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Convocan a la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas correspondiente al mes de setiembre 2025 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2025/ MDSMP San Martín de Porres, 4 de setiembre de 2025EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO; El Informe Nº 098-2025-GPV/MDSMP de fecha 29 de agosto de 2025 de la Gerencia de Participación Vecinal; Informe Nº 0405-2025/MDSMP-OGAJ de fecha 03 de setiembre de 2025 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, Memorándum Nº 1001-2025-MDSMP/GM de fecha 03 de setiembre de 2025 emitido por la Gerencia Municipal, sobre la Convocatoria a la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, el inciso 9.1 del artículo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, prescribe que la autonomía política es la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes; Que, los artículos 121º y 148º de la Ley Nº 27972 reconocen que los vecinos ejercen el derecho de control mediante la demanda de rendición de cuentas, y que los gobiernos locales están sujetos a principios de transparencia y sostenibilidad fi scal en el manejo de los recursos públicos, lo cual constituye un elemento fundamental para la generación de con fi anza ciudadana en el accionar del Estado; Que, la Ley Nº 31433, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 6 de marzo de 2022, modi fi có diversos artículos de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, entre ellos el artículo 20º, numeral 36, estableciendo como atribución del alcalde convocar, bajo responsabilidad, como mínimo a dos audiencias públicas distritales o provinciales por año, conforme a la circunscripción del gobierno local; asimismo, dicha norma incorporó el artículo 119-A, que regula las Audiencias Públicas Municipales, precisando que: “Las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las di fi cultades que impidieron el cumplimiento de compromisos. Los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la fi nalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva institucional con proyección al cierre del año fi scal”. Que, Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, en su artículo 11º establece que “Los Titulares de Pliego de los gobiernos regionales y gobiernos locales, están obligados a rendir cuenta de manera periódica, ante las instancias del presupuesto participativo, sobre los avances de los acuerdos logrados en la programación participativa, así como del presupuesto total de la entidad”;Que, mediante Informe Nº 098-2025-GPV/MDSMP de fecha 29 de agosto de 2025, la Gerencia de Participación Vecinal, eleva el proyecto de Decreto de Alcaldía, proponiendo el cronograma y los lineamientos de la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas correspondiente al mes de setiembre del presente año; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica a través del Informe Nº 405-2025-OGAJ/MDSMP de fecha 03 de setiembre de 2025, emite opinión favorable al proyecto de Decreto de Alcaldía que convoca a la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del mes de setiembre 2025; Que, mediante Memorándum Nº 1001-2025-MDSMP/ GM d fecha 03 de setiembre de 2025 la Gerencia Municipal, corre traslado de los actuados con la fi nalidad que se emita el acto administrativo que corresponda para aprobar la Convocatoria a la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas; Que, de acuerdo a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 20º, e la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- CONVOCAR a la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas correspondiente al mes de setiembre 2025, conforme se detalla a continuación: Día 25 de setiembre de 2025 Hora Desde las 10:00 a.m. Lugar Auditorio Municipal Artículo Segundo.- APROBAR el cronograma de actividades para la convocatoria de la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas, conforme se detalla a continuación: ACTIVIDAD FECHA Difusión y convocatoriaDel 15 al 22 de setiembre de 2025 Inscripción y registro de participantes - Gerencia de Participación Vecinal de 08.00 horas a 17.00 horasDel 15 al 22 de setiembre de 2025 Inscripción y registro de participantes para el uso de la palabra - Gerencia de Participación Vecinal de 08.00 horas a 17.00 horasDel 15 al 22 de setiembre de 2025 Publicación de inscritos - https://www.gob.pe/ munisanmartindeporres23 de setiembre de 2025 Artículo Tercero.- ESTABLECER los Lineamientos para la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas, de acuerdo a lo que estipula la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, modi fi cada por la Ley Nº 31433, incorporando el artículo 119-A sobre Audiencias Públicas Municipales. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y demás órganos de línea, la difusión y cumplimiento del presente Decreto. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la O fi cina de Desarrollo de Tecnología de la Información y Estadística, la publicación del presente Decreto en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres (www.gob. pe/munisanmartindeporres). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.HERNAN TOMAS SIFUENTES BARCA Alcalde 2435455-1