NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (06/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 76
TEXTO PAGINA: 75
75 NORMAS LEGALES Sábado 6 de setiembre de 2025 El Peruano / PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TARMA Ordenanza Municipal que aprueba la Formulación y Actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA - 2025 de la Municipalidad Provincial de Tarma ORDENANZA MUNICIPAL Nº 018-2025-CMT Tarma, 22 de agosto de 2025EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TARMA POR CUANTO: El Acuerdo de Concejo Nº 098-2025-CMT de fecha 22 de agosto de 2025; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado mediante Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con lo dispuesto en los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, el Artículo 195º estipula que los Gobiernos Locales son competentes para Crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a Ley; Que, el Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades prescribe que: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley. Las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia (…)” ; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que tiene por fi nalidad establecer el régimen jurídico aplicable para que la actuación de la Administración Pública sirva a la protección del interés general, garantizando los derechos e intereses de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y jurídico general y consolida las modi fi caciones en materia de simpli fi cación administrativa aplicable para los procedimientos administrativos; Que, el Numeral 40.1 del Artículo 40º Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS señala que: “Los procedimientos administrativos y requisitos deben establecerse en una disposición sustantiva aprobada mediante decreto supremo o norma de mayor jerarquía, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, por Resolución del titular de los organismos constitucionalmente autónomos (…)”. Por su parte el Numeral 40.3 establece que: “Los procedimientos administrativos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobados para cada entidad, en el cual no se pueden crear procedimientos ni establecer nuevos requisitos, salvo lo relativo a la determinación de los derechos de tramitación que sean aplicables de acuerdo a la normatividad vigente” ; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1203, se crea el Sistema Único de Trámites (SUT) como herramienta informática para la elaboración, simpli fi cación y estandarización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), así como el repositorio o fi cial de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, con su correspondiente información sustentatoria, formulados por las entidades de la Administración Pública; Que, mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, se aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), cuyo Artículo 12º señala que el Sistema Único de Tramites (SUT) es la herramienta informática regulada por el Decreto Supremo Nº 031-2018-PCM, de implementación obligatoria de todas las entidades del estado que permite registrar, integrar y optimizar los procesos para la elaboración, aprobación y publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), mejora la e fi ciencia y oportunidad de los procedimientos administrativos y servicios exclusivos y, con ello, la calidad del servicio al ciudadano; Que, mediante Informe Técnico Nº 000003-2025-ODI- OGPP/MPT la O fi cina de Desarrollo Institucional sustenta la formulación, actualización, modi fi cación del TUPA, al cual otorga la conformidad la O fi cina General Planeamiento y Presupuesto mediante Informe Nº 000481-2025-OGPP/MPT y presentan el proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad, documento elaborado de acuerdo los lineamientos de elaboración del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA aprobado mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP y que fue creado mediante la herramienta informática del SUT, mediante Expediente 03.32.1307-004-2025; Que, mediante Informe Nº 000179-2025-OGA/MPT la Ofi cina General de Administración otorga la conformidad de los costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite, e igualmente mediante Informe Legal Nº 000595-2025-OGAJ/MPT la O fi cina General de Asesoría Jurídica determina la conformidad del sustento legal de los mismos; Que, mediante Dictamen Nº 006-2025-CAPP/MPT la Comisión de Regidores de Administración, Plani fi cación y Presupuesto dictamina por Mayoría proponer al Pleno del Concejo la Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA 2025 de la Municipalidad Provincial de Tarma que cuenta con noventa y tres (93) Procedimientos Administrativos, ciento sesenta y dos (162) Procedimientos Estandarizados, seis (6) Servicios Exclusivos; y, la Aprobación de los Derechos de Trámite; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Numeral 8 del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal de Tarma con el voto por UNANIMIDAD aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA FORMULACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS TUPA - 2025 DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TARMA Artículo Primero.- APROBAR, la Formulación y Actualización de los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad compilados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA - 2025 de la Municipalidad Provincial de Tarma, cuyo Anexo 1 forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal, conformado por noventa y tres (93) Procedimientos Administrativos, ciento sesenta y dos (162) Procedimientos Estandarizados y seis (06) Servicios en Exclusividad. Artículo Segundo.- APROBAR, los Derechos de Trámite y Formularios Estandarizados de los