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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (06/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 62

62 NORMAS LEGALES Sábado 6 de setiembre de 2025 El Peruano / asimismo, remite al encargado la información validada para su ingreso al Portal de Transparencia del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana; Que, por Informe Nº D00126-2025-GRML/SRAJ, de fecha 22 de agosto de 2025, la Subgerencia Regional de Asuntos Jurídicos opina que corresponde la emisión del acto resolutivo para designar al señor Jorge Louis Arana Romero, como el funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Gobierno Regional Metropolitano de Lima, y como alterno, al Subgerente Regional de Planeamiento y Presupuesto; debiéndose dejar sin efecto la Resolución de Gerencia Regional Nº 118-2023-MML-ALC-GRML-GR, de fecha 09 de agosto de 2023; Que, conforme al numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, procede otorgar e fi cacia anticipada a los actos administrativos cuando lo exija el interés público y no se lesionen derechos de terceros; que, en el presente caso, el impedimento en el ejercicio de funciones del titular reemplazado se produjo materialmente el 20 de agosto de 2025, resultando necesario otorgar e fi cacia anticipada a fi n de garantizar la continuidad del servicio, sin que ello implique afectación de derechos de terceros; Por las consideraciones expuestas, en mérito a las atribuciones conferidas mediante Ordenanza Nº 1029-MML, modi fi cada por la Ordenanza Nº 1140-MML, y contando con el visto bueno de la Subgerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto y de la Subgerencia Regional de Asuntos Jurídicos del Gobierno Regional Metropolitano de Lima; RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto a partir del 20 de agosto 2025, la Resolución de Gerencia Regional Nº 118-2023-MML-ALC-GRML-GR, sin afectar la validez de los actos realizados hasta dicha fecha. Artículo 2.- Designar al señor JORGE LOUIS ARANA ROMERO, con DNI Nº 06804990, como el funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia Estándar del Gobierno Regional Metropolitano de Lima y como alterno, al SUBGERENTE REGIONAL DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 3.- Otorgar e fi cacia anticipada a la presente resolución a partir del 20 de agosto de 2025, de conformidad con el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, por las razones expuestas en la parte considerativa. Artículo 4.- Encargar a la Subgerencia Regional de Administración y Finanzas, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, asimismo, colocar una copia de la presente resolución, en lugar visible del Local Institucional. Artículo 5.- Disponer que las Subgerencias Regionales del Gobierno Regional Metropolitano de Lima, en el término de noti fi cado el presente acto resolutivo, comuniquen los nombres de los Coordinadores responsables de remitir la información de sus áreas, para su revisión y consolidación al funcionario responsable de proporcionar información institucional del Gobierno Regional Metropolitano de Lima, al Portal de Transparencia del Gobierno Regional Metropolitano de Lima. Artículo 6.- Disponer que la Gerencia Regional proceda a noti fi car el presente acto resolutivo al señor Jorge Louis Arana Romero, al Subgerente Regional de Planeamiento y Presupuesto, y a las Subgerencias Regionales del Gobierno Regional Metropolitano de Lima, conforme a ley. Artículo 7.- Encargar al Área de Planeamiento, Estadística e Informática de la Subgerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, gestionar la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Gobierno Regional Metropolitano de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA LUISA EBENTREICH AGUILAR Gerente Regional 2434326-1MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 756-2025-MDEA, que establece beneficios tributarios y no tributarios a favor de contribuyentes del distrito de El Agustino DECRETO DE ALCALDÍA N° 014-2025- MDEA El Agustino, 7 de agosto del 2025 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO VISTOS: El Informe N° 1004-2025-SGRFT-GATR- MDEA, emitido por la Subgerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria; los Informes N° 0279 y N° 0288-2025-GATR-MDEA, emitidos por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; el Memorándum N° 01020-2025-OGAD-MDEA, emitido por la O fi cina General de Administración; el Memorándum N° 210-2025-OGPP/ MDEA, emitido por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 374-2025-OGAJ-MDEA, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica y Estado Civil; y el Memorándum N° 1336-2025-GM-MDEA, emitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, señalan que las municipalidades provinciales y distritales son “Los órganos de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”; Que, el artículo 42 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que, los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, en este contexto, el artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que el alcalde tiene la atribución de defender y cautelar los derechos e intereses de la Municipalidad y de los vecinos, así como de dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; Que, mediante Ordenanza N° 756-2025-MDEA, se aprobó los bene fi cios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de El Agustino, facultándose al señor alcalde para que, mediante decreto de alcaldía, dicte las disposiciones necesarias y complementarias para la correcta aplicación de la mencionada ordenanza, así como para determinar y aprobar las prórrogas de su vigencia de acuerdo a sus atribuciones, conforme lo indica la Segunda Disposición Final de la referida ordenanza; Que, a través del informe de vistos, la Subgerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria propone prorrogar la vigencia de los bene fi cios tributarios y no tributarios para el pago del Impuesto Predial, arbitrios municipales, multas tributarias y multas administrativas; Que, el Informe N° 0279-2025-GATR/MDEA, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, señala que la Ordenanza N° 756-2025-MDEA, aprobó los bene fi cios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de El Agustino y esta fue prorrogada anteriormente, sin embargo, persiste la necesidad de prorrogar los efectos de la ordenanza con e fi cacia anticipada al 01 agosto del presente año, culminando el 31 de agosto del 2025, con la fi nalidad de