NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (06/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 76
TEXTO PAGINA: 61
61 NORMAS LEGALES Sábado 6 de setiembre de 2025 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Dejan sin efecto a partir del 20 de agosto 2025, la Resolución de Gerencia Regional N° 118-2023-MML-ALC-GRML-GR, y designan funcionario responsable y alterno de la elaboración, y actualización del Portal de Transparencia Estándar del Gobierno Regional Metropolitano de Lima RESOLUCIÓN DE GERENCIA REGIONAL Nº 134-2025-MML-ALC- GRML-GR Lima, 29 de agosto de 2025VISTOS:La Resolución de Gerencia Regional Nº 118-2023- MML-ALC-GRML-GR; el Memorando Nº D000576-2025- GRML/SRPP; el Informe Nº D000447-2025-GRML/ARH; el Informe Nº D00126-2025-GRML/SRAJ; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº2511-2022, emitida con fecha 17 de noviembre de 2022, y publicada en el diario ofi cial El Peruano con fecha 22 de noviembre de 2022, se fortaleció el nivel regional de la Municipalidad Metropolitana de Lima ejercido por el Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana, actualizando su cali fi cación y las funciones de su competencia, constituyendo un órgano desconcentrado de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a quien en adelante se le denominará Gobierno Regional Metropolitano de Lima; Que, el citado dispositivo legal dispone en su artículo 2, que, a partir de su vigencia, toda referencia al Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana (PGRLM), entiéndase efectuada al Gobierno Regional Metropolitano de Lima (GRML); Que, el Gobierno Regional Metropolitano de Lima es un órgano desconcentrado de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con autonomía económica, fi nanciera, técnica y administrativa; está a cargo del pliego presupuestal Nº465; encargado de coordinar, organizar y gestionar las condiciones necesarias para el e fi ciente desarrollo del proceso de transferencia y recepción de funciones y competencias sectoriales del Gobierno Nacional hacía la Municipalidad. Asimismo, cuenta con las atribuciones para ejercer las funciones regionales producto de esta transferencia, según corresponda; Que, el artículo 2, inciso 5 de la Constitución Política del Perú, establece que toda persona tiene derecho: “A solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. Se exceptúan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional”; Que, el artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, establece que la indicada Ley tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 1.3 del artículo 1 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por el Decreto Supremo Nº 007- 2024-JUS, dispone que son obligaciones de la máxima autoridad de la entidad: “Designar al/a la funcionario/a responsable de la implementación y actualización del Portal de Transparencia Estándar, o delegar esta facultad de designación en el/la secretario/a general o quien haga sus veces. Esta designación puede recaer en un/a funcionario/a o cargo concreto, quien preferentemente debe tener conocimientos sobre la materia. Opcionalmente, las entidades pueden designar al/a la funcionario/a o funcionarios/as suplentes”; Que, el numeral 3.6 del artículo III del citado Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, contempla la siguiente de fi nición de Funcionario/a responsable del Portal de Transparencia Estándar: Funcionario/a o servidor/a público/a designado/a por la máxima autoridad de la entidad o, en caso de delegación, por el/la secretario/a general o quien haga sus veces, a cargo de implementar el Portal de Transparencia Estándar de la entidad, así como recabar y actualizar la información publicada en este canal digital; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la designación del funcionario responsable del Portal de Transparencia Estándar se efectúa mediante resolución de la máxima autoridad de la entidad o del funcionario en quien se haya delegado tal facultad, debiendo publicarse en el Portal de Transparencia Estándar y colocarse copia en lugar visible de la sede central y de sus órganos desconcentrados; asimismo, de acuerdo con el numeral 6.3 de los Lineamientos aprobados por Resolución Directoral Nº 11- 2021-JUS/DGTAIP, la resolución de designación debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano y en los portales institucionales de la entidad; Que, mediante Resolución de Gerencia Regional Nº 118-2023-MML-ALC-GRML-GR, de fecha 9 de agosto de 2023, se designó al señor Juan Jorge Navarrete Monge, en su calidad de Jefe del Área de Planeamiento, Estadística e Informática, como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Gobierno Regional Metropolitano de Lima; no obstante, desde el 20 de agosto del año en curso, se encuentra impedido de ejercer sus funciones; Que, mediante el Memorando Nº D000576-2025- GRML/SRPP de fecha 21 de agosto de 2025, la Subgerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto informó que el señor Jorge Louis Arana Romero ha sido propuesto como responsable del Portal de Transparencia Estándar, precisando que se desempeña como Técnico en Soporte Informático bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios (CAS); al respecto, mediante Informe Nº D000447-2025-GRML/ARH de fecha 22 de agosto de 2025, el Área de Recursos Humanos con fi rmó que dicho servidor presta servicios en el Gobierno Regional bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 1057; Que, por lo expuesto en el considerando precedente, es necesario realizar la designación de los funcionarios responsables de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Gobierno Regional Metropolitano de Lima y se deje sin efecto la Resolución de Gerencia Regional Nº 118-2023-MML-ALC-GRML-GR, de fecha 09 de agosto de 2023; Que, los numerales 5.1 y 5.2 de las Disposiciones Generales del Manual de Normas y Procedimientos NP Nº 002-MML/PGRLM-GR V4 “Actualización del Portal de Transparencia del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana” (hoy Gobierno Regional Metropolitano de Lima), aprobado mediante Resolución de Gerencia Regional Nº 013-2022-MML-PGRLM-GR de fecha 20 de enero de 2022, establecen que cada unidad orgánica del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana deberá designar a su(s) coordinador(es), quien(es) se responsabilizará(n) de remitir a la Subgerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto la información respectiva para su actualización, según plazos establecidos en la presente norma y procedimiento para ser publicada en el Portal de Transparencia del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana. Asimismo, señala que el Jefe del Área de Planeamiento, Estadística e Informática de la Subgerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto o quien se designe como responsable, será el Coordinador General responsable de revisar y veri fi car la información remitida por la(s) Unidad(es) Orgánica(s);