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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (10/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de setiembre de 2025 El Peruano / PODER EJECUTIVO COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de personal del Viceministerio de Comercio Exterior para participar en evento a realizarse en la República Oriental del Uruguay RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 247-2025-MINCETUR Lima, 5 de setiembre de 2025 VISTOS, el Memorándum N° 735-2025-MINCETUR/ VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; así como negociar, suscribir y poner en ejecución los acuerdos o convenios internacionales en materia de comercio exterior, integración, cooperación económica y social y otros en el ámbito de su competencia; Que, en el marco de sus funciones, el MINCETUR ha identificado que lograr el perfeccionamiento y la profundización del Acuerdo de Complementación Económica N° 58 (ACE N° 58), a nivel bilateral con la República Oriental del Uruguay, constituye un paso clave en la estrategia integral del Perú en consolidar su presencia en la región; por consiguiente, el MINCETUR y el Ministerio de Relaciones Exteriores del Uruguay acordaron los Términos de Referencia que define los lineamientos para un proceso de negociación; Que, mediante Nota DGIM N° 122/2025, de fecha 7 de agosto de 2025, el Ministerio de Relaciones Exteriores del Uruguay convoca a la Primera Ronda de Negociación para la ampliación y profundización del ACE N° 58 entre la República del Perú y la República Oriental del Uruguay, a realizarse en la ciudad de Montevideo, del 15 al 19 de setiembre de 2025; Que, las negociaciones para el perfeccionamiento y profundización del ACE N° 58 entre el Perú y Uruguay, permitirá consolidar la política comercial del Perú y el progreso de los temas de Acceso a Mercados y Requisitos Específicos de Origen; así como, la negociación de nuevos capítulos de Facilitación del Comercio, Inversiones, Comercio de Servicios, Propiedad Intelectual y Asuntos Legales e Institucionales, con la finalidad de modernizar el Acuerdo considerando la coyuntura actual del comercio internacional; Que, resulta de interés institucional la participación de los siguientes funcionarios y profesionales del Viceministerio de Comercio Exterior: señor José Luis Castillo Mezarina, Director General de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales, quien tendrá a su cargo la conducción de la posición peruana; señora Hortencia Elva Rosa Rodríguez Pastor, Asesora del Viceministerio de Comercio Exterior; señora Angela Rossina Guerra Sifuentes, Directora de la Dirección de Norteamérica y Europa de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales; señora Vanessa Del Carmen Rivas Plata Saldarriaga, profesional de la Dirección de Asuntos Multilaterales de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales; y señor Rudy Martín Silva Pacherre, profesional de la Dirección de Coherencia Jurídica y Defensa de los Compromisos Comerciales Internacionales de la Dirección General de Gestión Jurídica Comercial Internacional, para garantizar la plena participación del Perú y la defensa de los intereses nacionales durante la Primera Ronda de Negociación antes referida; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y sus modificatorias; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N º 0 4 7 - 2 0 0 2 - P C M , m o d i fi c a d o p o r e l D e c r e t o S u p r e m o N° 056-2013-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del siguiente personal del Viceministerio de Comercio Exterior, en las fechas que se indican, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participe en el evento a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial: Nombres y Apellidos Unidad Orgánica Fecha de viaje José Luis Castillo MezarinaDirector General de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales14 al 20 de setiembre de 2025 Hortencia Elva Rosa Rodríguez PastorAsesora del Viceministerio de Comercio Exterior14 al 20 de setiembre de 2025 Angela Rossina Guerra SifuentesDirectora de la Dirección de Norteamérica y Europa14 al 20 de setiembre de 2025 Vanessa Del Carmen Rivas Plata SaldarriagaDirección de Asuntos Multilaterales14 al 20 de setiembre de 2025 Rudy Martín Silva PacherreDirección de Coherencia Jurídica y Defensa de los Compromisos Comerciales Internacionales14 al 20 de setiembre de 2025 Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, están a cargo del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos Clase Económica US$Zona GeográficaViáticos por día US$Total Viáticos US$ José Luis Castillo Mezarina1 724,00América del Sur370,00 x 6 2 200,00 Hortencia Elva Rosa Rodríguez Pastor1 724,00América del Sur370,00 x 6 2 200,00 Angela Rossina Guerra Sifuentes1 724,00América del Sur370,00 x 6 2 200,00 Vanessa Del Carmen Rivas Plata Saldarriaga1 724,00 América del Sur370,00 x 6 2 200,00 Rudy Martín Silva Pacherre1 724,00América del Sur370,00 x 6 2 200,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo primero de la presente Resolución, presenta a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en el evento al que asiste; asimismo, presenta la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN Ministra de Comercio Exterior y Turismo 2436859-1