Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (12/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 72

72 NORMAS LEGALES Viernes 12 de setiembre de 2025 El Peruano / trasporte de pasajeros en automóvil colectivo de ámbito nacional e interregional e interprovincial, establece que: “El MTC y los gobiernos regionales aprueban mediante resolución ministerial y ordenanza regional, respectivamente, el listado de rutas a que se re fi ere el numeral 12.2 del artículo 12 del presente Reglamento; en el plazo máximo de treinta (30) días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia de la resolución directoral que aprueba “lineamientos para determinar la insu fi ciencia de oferta del servicio de transporte regular de personas en vehículos M3 en las rutas que se encuentran en el ámbito de competencia del MTC y de los gobiernos regionales”. Solo se puede autorizar el servicio temporal de transporte terrestre de pasajeros en automóvil colectivo de ámbito nacional e interregional e interprovincial en caso de insufi ciencia de oferta, una vez que se apruebe el listado de rutas a que se re fi ere el numeral 12.2 del artículo 12 del presente Reglamento (…)”; Que, en relación a la opinión favorable del Ministerio de Transportes y comunicaciones (En adelante, MTC), el artículo 129 de su Reglamento de Organización y Funciones, señala que a través de su Dirección de Servicios de Transporte Terrestre, tiene como funciones: “a) Evaluar y otorgar la autorización, permiso, modi fi cación y cancelación de los servicios de transporte terrestre de personas y mercancías de ámbito nacional e internacional por carretera; así como gestionar los registros sobre dichos servicios, en el marco de la normatividad vigente; (…) e) Brindar asistencia técnica a los gobiernos regionales, en asuntos de carácter técnico relativos a las autorizaciones de servicios, administración del Registro Nacional de Transporte Terrestre y otras actividades relacionadas a los servicios de transporte terrestre; f) Participar en la formulación de normas, reglamentos y otras disposiciones relacionadas con las actividades de transporte terrestre y ferroviario, en el ámbito de su competencia; (…) h) Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia (…)”; Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante el Informe N° 0029-2025- MTC/17.02.01-LBCR de fecha 26 de mayo de 2025 procedió a concluir: “5.1. De acuerdo a la revisión de la Memoria Descriptiva “Elaboración del Listado de Rutas para Transporte de Ámbito Regional en el departamento de San Martín en cumplimiento del D.S. N° 003-2022-MTC – Reglamento del servicio temporal de transporte terrestre de pasajeros en automóvil colectivo”, presentado por la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de San Martín, se concluye que, ha cumplido con la aplicación correcta de la metodología dispuesta en la Directiva N° 006-2022- MTC/18 y su modi fi cación. 5.2. El Gobierno Regional de San Martín ha obtenido como resultado, un Listado de veintisiete (27) Rutas Óptimas para el Servicio Temporal de Transporte Terrestre de Pasajeros en Automóvil Colectivo de Ámbito Regional, por insu fi ciencia de oferta del servicio de transporte regular de personas en vehículos de la categoría M3 en su jurisdicción”. Siendo que, recomendó que: “Remitir la opinión favorable a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de San Martín, con la fi nalidad de dar continuidad a su procedimiento de aprobación del Listado de Rutas para el Servicio Temporal de Transporte Terrestre de Pasajeros en Automóvil Colectivo de Ámbito Regional por insu fi ciencia de oferta del servicio de transporte regular de personas en vehículos de la categoría M3 en la región San Martín”; Que, al respecto, la Unidad de Servicios de Transporte Terrestre de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones San Martín, a través del Informe Técnico N° 020-2025- GRSM/DRTC-OZTCBM-USTT de fecha 05 de junio de 2025 concluyó: “4.1. Conforme a la evaluación técnica desarrollada y en estricto cumplimiento de la Directiva N°006- 2022-MTC/18 y su modi fi catoria, se emite opinión favorable al listado de rutas evaluadas para la prestación del servicio temporal de transporte en automóvil colectivo de ámbito interprovincial”; recomendando así: “(…) 1. Proceder con la aprobación del listado de rutas mediante Ordenanza Regional, conforme al procedimiento establecido. 2. Remitir el presente informe y sus anexos al Consejo Regional para su aprobación. 3. Publicar el listado aprobado para conocimiento de los transportistas y usuarios”;En el Informe Técnico N° 018-2025-GRSM/DRTC- OZTCBM de fecha 09 de junio de 2025, emitido por la Ofi cina Zonal de Transportes Bajo Mayo – Tarapoto de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones San Martín, se concluyó que: “4.1 De todo lo expuesto, y en conco rdancia con el INFORME TÉCNICO N°020-2025- GRSM/DRTCOZTCBM-USTT, en el cual se realizó mediante la revisión de rutas existentes, análisis de demanda insatisfecha, información de entidades locales y verifi cación de la insu fi ciencia de oferta en determinadas zonas. Como resultado, se determinó que existe insufi ciencia de oferta del servicio regular de transporte de personas, lo cual justi fi ca la necesidad de autorizar rutas temporales en automóvil colectivo. 4.2 La responsable de la Unidad de Servicio de Transporte Terrestre remite opinión favorable al listado de rutas evaluadas, conforme a la Directiva Nº 006-2022- MTC/18 y su modi fi catoria. En la cual recomienda lo siguiente: • Proceder con la aprobación del listado de rutas mediante Ordenanza Regional, conforme al procedimiento establecido. • Remitir el presente informe y sus anexos al Consejo Regional para su aprobación. • Publicar el listado aprobado para conocimiento de los Transportistas y usuarios”; Con Informe Técnico N° 001-2025-GRSM/DRTC- DTT de fecha 10 de junio de 2025, la Dirección de Transporte Terrestre de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones San Martín, concluyó que: “4.1. De acuerdo a la revisión de la Memoria Descriptiva “Elaboración del Listado de Rutas para Transporte de Ámbito Regional en el departamento de San Martín, en cumplimiento del D.S. N° 003-2022-MTC – Reglamento del servicio temporal de transporte terrestre de pasajeros en auto colectivo” presentado por la DRTC- SM, la DSTT concluye que se ha cumplido con la aplicación correcta de la metodología dispuesta en la Directiva N° 006-2022-MTC/18 y su modi fi cación. 4.2. Se ha obtenido como resultado (con opinión favorable), un listado de Veintisiete (27) Rutas Óptimas para el servicio temporal de transporte de pasajeros en automóvil colectivo de ámbito regional, por insu fi ciencia de oferta del servicio de transporte regular de personas en vehículos de la categoría M3 en la Región San Martín, (…)”, recomendando: “Se recomienda a su despacho derivar el presente y sus actuados hacia la Gerencia General del Gobierno Regional de San Martín a fi n de ser remitido a la O fi cina Regional de Asesoría Legal para la evaluación del marco normativo y proyección de la Ordenanza Regional, la misma que deberá ser enviada a la Secretaría del Consejo Regional para continuar con el procedimiento administrativo correspondiente de aprobación del listado de rutas mediante Ordenanza Regional según lo establecido en el Reglamento”; Que, mediante Informe Legal N° 315-2025-GRSM/ ORAL, de fecha 02 de julio del 2025, la O fi cina Regional de Asesoría Legal del Gobierno Regional San Martín, OPINA FAVORABLEMENTE por la emisión de la Ordenanza Regional que aprueba el Listado de Rutas para el Servicio Temporal de Transporte Terrestre en Automóvil Colectivo de Ámbito Interprovincial; ya que, será del alcance Regional y, conforme a las disposiciones establecidas en el Reglamento del Servicio Temporal de Transporte Terrestre de Pasajeros en Automóvil Colectivo, aprobado con Decreto Supremo N° 003-2022-MTC.; Que, mediante Acta N° 008-2025-GRSM/CRPSM02 de fecha 04 de agosto de 2025, los consejeros regionales que conforman la Comisión de Desarrollo Económico del Consejo Regional de San Martín, integrado por: Leslie Ventura Becerra (Presidente), Roel Lester Isuiza Chujandama (Vicepresidente) y Jessica Paola Hildebrandt Paúcar (Secretaria) en reunión de trabajo trataron en agenda la propuesta de aprobación mediante Ordenanza Regional de “El Listado de Rutas para el Servicio Temporal de Transporte Terrestre en Automóvil Colectivo de Ámbito Interprovincial; ya que, será del alcance regional y, conforme a las disposiciones establecidas en el Reglamento del Servicio Temporal de Transporte Terrestre de Pasajeros en Automóvil Colectivo, aprobado con Decreto Supremo N° 003-2022-MTC”, llegando a los siguientes acuerdos: “Después de un haber escuchado la exposición del funcionario Econ. Jonathan Joerly Tuesta Montoya director de