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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (26/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Viernes 26 de setiembre de 2025 El Peruano / Artículo 2.- Financiamiento La ejecución de las disposiciones del Reglamento Interno de la Comisión Multisectorial y el funcionamiento de la misma se fi nancian con cargo al presupuesto institucional de cada uno de los miembros que la conforman, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 3.- Publicación Se dispone la publicación de la Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2442392-1 Declaran el 3 de octubre de cada año como el “Día Nacional del Arroz Peruano”, y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0376-2025- MIDAGRI Lima, 25 de setiembre de 2025VISTOS: La Carta Nº 013-2025-APEAR/PRESIDENCIA de la Asociación Peruana de Productores de Arroz; el O fi cio N° 003375-2025-GR.LAMB/GRA de la Gerencia Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Lambayeque; el Memorando N° 1042-2025-MIDAGRI-DVDAFIR/ DGDAA y el Informe Técnico N° 044-2025-MIDAGRI- DVDAFIR/DGDAA/SASH de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología; y, el Informe N° 1310-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), establece que este Ministerio ejerce la rectoría sobre las políticas nacionales propias de su ámbito de competencia, las cuales son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0302-2025-MIDAGRI se aprueba el documento denominado “Marco Orientador de Cultivos para la Campaña Agrícola 2025/2026” (MOC 2025/2026), como un instrumento de orientación a los productores de la agricultura familiar, que contribuya al ordenamiento de la oferta agrícola nacional con énfasis en el análisis de siete cultivos prioritarios para el país: arroz, papa, maíz amarillo duro, maíz amiláceo, maíz choclo, quinua y yuca; Que, el artículo 89 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del MIDAGRI, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI, establece que la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología (DGDAA) es el órgano de línea encargado de promover el desarrollo productivo y comercial sostenible de los productos agrícolas, su acceso al mercado nacional e internacional, así como promover la oferta de productos agrícolas a nivel nacional con valor agregado, competitiva y sostenible, incluyendo la reconversión productiva y la sostenibilidad de los sistemas de producción agrícola en concordancia con la normativa vigente y en coordinación con los sectores e instituciones competentes en la materia; Que, mediante la Carta Nº 013-2025-APEAR/ PRESIDENCIA la Asociación Peruana de Productores de Arroz (APEAR), solicita al MIDAGRI se institucionalice ofi cialmente el “Día Nacional del Arroz Peruano”, considerando su signi fi cativa relevancia económica, productiva y social para nuestro país;Que, asimismo, mediante el O fi cio N° 003375-2025- GR.LAMB/GRA, la Gerencia Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Lambayeque solicita al MIDAGRI se o fi cialice el “Día Nacional del Arroz Peruano” a razón que el arroz es un producto que no solo constituye una parte fundamental de nuestra canasta familiar, sino que también representa un pilar esencial para la seguridad alimentaria y la economía agrícola del Perú, especialmente del pequeño productor peruano; Que, mediante el Memorando N° 1042-2025-MIDAGRI- DVDAFIR/DGDAA la DGDAA traslada al Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego el Informe Técnico N° 044-2025-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDAA/SASH a través del cual se sostiene que la declaratoria o fi cial del “Día Nacional del Arroz Peruano”, generaría bene fi cios para la cadena productiva, tales como: a) Mayor visibilidad del arroz como cultivo estratégico para la seguridad alimentaria nacional; b) Promover el consumo interno, dinamiza el mercado interno y la generación de ingresos económicos a los productores de la Agricultura Familiar; c) Posicionamiento institucional y promoción del valor cultural del arroz peruano; d) Visibilizar la participación del MIDAGRI, en la implementación, fortalecimiento y consolidación integral de la cadena de valor del arroz; y, e) Generar una plataforma de posicionamiento del arroz peruano en los mercados nacionales y del exterior; Que, asimismo, el citado informe técnico señala que la declaratoria del “Día Nacional del Arroz Peruano” guarda relación directa con el MOC 2025/2026, en la medida que dicho instrumento reconoce al arroz como un cultivo de importancia estratégica para la seguridad alimentaria y la economía rural, estableciendo lineamientos para su producción sostenible y competitiva; en ese sentido, sustenta que dicha declaratoria contribuiría a reforzar los objetivos del MOC 2025/2026, promoviendo la articulación de acciones de sensibilización, difusión y valorización de la cadena productiva del arroz, en concordancia con las prioridades sectoriales, proponiendo como fecha para el evento el 3 de octubre de cada año, en tanto en dicha fecha se organiza el Congreso Internacional del Arroz y la I ExpoArroz, eventos que congregan a actores nacionales e internacionales de la cadena arrocera, lo cual constituye una oportunidad estratégica para generar sinergias, potenciar la participación de la agroindustria y posicionar al Perú como un referente en la producción y transformación del arroz; Que, a través del Informe N° 1310-2025-MIDAGRI- SG/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica otorga su conformidad legal para la expedición de la Resolución Ministerial que declare el “Dia Nacional del Arroz Peruano” en el marco de lo previsto en la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Que, la institucionalización del 3 de octubre como el “Dia Nacional del Arroz Peruano” permitirá resaltar de manera sostenida los aportes de la cadena arrocera a la seguridad alimentaria, la generación de empleo y la dinamización de economías locales, fortaleciendo la articulación entre productores, industria y Estado; Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, del Director General de la Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología, y del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Texto Integrado de su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI; y la Resolución Ministerial N° 302-2025-MIDAGRI que aprueba el Marco Orientador de Cultivos para la Campaña Agrícola 2025/2026; SE RESUELVE:Artículo 1.- Acciones de apoyo y promoción productiva Se dispone la ejecución de actividades sectoriales transversales orientadas a optimizar la comercialización del arroz, fortalecer la cadena de valor y diversi fi car su consumo.